El esperpento en versión continuada del caso AMIA en búsqueda de un casus belli contra Irán

Esperpento son muchas de las cosas que hace el diputado José Espert, pero en realidad es una persona, cosa, u obra literaria, grotesca, estrafalaria, de mala apariencia. Que se caracteriza por la deformación grotesca de la realidad, acentuando sus rasgos más absurdos y degradantes. Así es el caso judicial AMIA desde su origen, y ahora ha dado comienzo un nuevo episodio con un fallo de la Cámara de Casación y la consecuente sanción y disposición del juicio en ausencia..
El esperpento en sesión continuada del caso AMIA en búsqueda de un casus belli contra Irán

El 11 de abril 2024 comenzó un nuevo episodio esperpéntico en relación con la trágica voladura de la AMIA. Cuya situación esperpéntica esencial, consiste en sostener que fue la cúpula del gobierno de Irán reunida, la que ordenó el atentado de la AMIA. En base al testimonio del auto contradictorio Testigo “C”, que dijo y se desdijo de muchas cosas, sin explicar como estuvó presente en esa reunión, cuando años antes había sido detenido y destituido en su función como agente de inteligencia iraní.

La calidad de esas pruebas las puso en evidencia el juez de Londres, que en el 2003 rechazó de plano la extradición del embajador iraní en Argentina, Hadi Soleimanpour, solicitada por el juez federal federal Juan José Galeano. Por considerar qué las 400 hojas enviadas por este juez, eran solo informes de inteligencia en las que no había encontrado ningún elemento para proseguir con la causa. Razón por la que Soleimanpour fue exculpado, debiendo Argentina cargar con las costas, negándose posteriormente Interpol a pedir su captura internacional, por considerar el asunto cosa juzgada.

Pero si esa supuesta reunión realmente ocurrió, y las pruebas fueran irrefutables, se trataría de un acto de agresión por parte de la República de Irán. Que obligaría a Argentina a un acto de retaliación, o al menos a llevar el asunto al Consejo de Seguridad de la ONU. Y no dejarlo en manos de un juez de cuarta categoría, y un fiscal de quinta categoría de Comodoro Py. Pero justamente esto es lo que permitió que: “siga el baile, siga el baile, en la tierra en que nací, la cumparsa de los jueces, de Comodoro Py”.

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“Cumparsa” que a lo largo de 31 años, con distintos episodios esperpénticos, sirvió tanto para un fregado como para un barrido, en relación con la geopolítica de EEUU y/o Israel. Siendo un antecedente notable al respecto, la pretensión de Netanyahu que la presidenta Fernández de Kirchner llevara la causa de la AMIA al Consejo de Seguridad de la ONU, a principios del año 2015.

En el marco de la disputa que sostenía fieramente con el presidente de EEUU, Barack Obama. Quien en función de atraer a la Republica de Irán hacia Occidente, estaba negociando un acuerdo nuclear con Irán, que le permitía enriquecer uranio para uso civil al 3,65 %. Frente la pretensión de Israel -que cuenta con un arsenal nuclear clandestino- que se desmantelara íntegramente el desarrollo nuclear iraní, que aún persiste.

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De esa manera Netanyahu pretendía ponerle un petardo en los pies de Obama, porque en la negociación que este estaba llevando a cabo, habían intervenido funcionarios iranies, sindicados a su vez como los autores intelectuales del atentado de la AMIA. Generando de esa manera un escándalo que abortara esa negociación, en coincidencia con la visita a Washington que estaba por concretar Netanyahu, para exponer su total oposición a esa negociación ante el Congreso. Saltando olímpicamente por sobre el presidente Obama como si no existiera.

Para lograr ello, el fiscal Alberto Nisman, a la par que concretó un pedido en tal sentido ante secretario Legal y Técnica de la presidencia de la Nación, Carlos Zanini, por otro lado efectuó su estruendosa denuncia penal contra la presidente Fernández de Kirchner, por el Memorándum de Entendimiento firmado por Irán.

Pretendiendo qué como respuesta a este estímulo negativo, la presidente, sobreactuando, se allanara a esa presentación ante el referido consejo, según confesaron incluso amigos israelíes de Nisman, tras el suicidio de este. El que se produjo como consecuencia de que preventivamente, el ex agente Jaime Stiuso, al servicio de la CIA, lo había proveído intencionalmente de pruebas falsas para esa denuncia, a los efectos de provocar este luctuoso desenlace por parte del denunciante.

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De esa manera la CIA, evitó el golpe que Netanyahu pretendía aplicarle al presidente Obama. Y lo transformó en un doble golpe contra Fernández de Kirchner: el de la denuncia contra ella, y la muerte del denunciante. En ese crucial año electoral para presidente, en el cual la sustitución de Fernández de Kirchner por Macri, permitió la reversión a favor de EEUU, de la “alianza estratégica integral” con China que había firmado la entonces presidente.

El nuevo episodio esperpéntico

El comienzo este nuevo episodio esperpéntico, que puede resultar muchísimo más grave que la trágica muerte de un fiscal, ante los hechos que se suceden en Medio Oriente con la 4ta Guerra del Golfo o de los “Doce días”, consintió en el fallo Nº 270/24 de la cámara de Casación Penal, Sala II, en la causa “Galeano, Juan José y otros s/ recurso de casación” (N° CFP 9.789/2000/TO1/CFC3), integrada por los jueces Carlos Mahiques, Diego Barroetaveña, y Angela Ledesma.

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Quienes cinco años después, revisaron el fallo dictado el 28 de febrero de 2019, por los jueces del Tribunal Oral en lo Criminal Federal nro. 2, Jorge Gorini, Néstor Costabel, y Karina Perilli, en dicha causa conexa a la de la AMIA. Conocida como la del “encubrimiento del atentado de la AMIA”, derivada de la principal dedicada a la investigación del atentado.

En la que se juzgó a los jueces, fiscales, y funcionarios del Poder Ejecutivo, que pagaron un soborno de USD 400 mil a Carlos Telledin, para que confesara que había entregado la Trafic con que presuntamente se concretó el atentado, a un grupo de la policía bonaerense, señalándolo como la “conexión local” del mismo, lo que luego se demostró que era falso. Y por supuestamente haber encubierto la pista siria.

La sentencia por peculado y encubrimiento dictada por el Tribunal Oral, tenía 13 imputados y/o condenados: Juán José Galeano ex juez federal, a 6 años de prisión; Eamon Müllen ex fiscal federal, a 2 años de prisión; José Barbaccia, ex fiscal federal, a 2 años de prisión; Hugo Anzorreguy, ex secretario de la SIDE, a 4 años y 6 meses de prisión; Patricio Finnen, ex funcionario de la SIDE, absuelto; Ruben Beraja, ex presidente de la DAIA, absuelto; Carlos Telleldin, sindicado de haber facilitado la Trafic para cometer el atentado suicida, a 3 años y 6 meses de prisión; Ana María Boragni, su ex esposa, a 2 años de prisión; Victor Stinfale, abogado de Telleldin, absuelto; Carlos Menem, presidente cuando ocurrió el atentado, absuelto; Juan Carlos Anchezar, Alte retirado, ex subsecretario de la SIDE, a 3 años de prisión; Carlos Castañeda, comisario de la Policía Federal a cargo de del Departamento de Protección del Orden Constitucional, a 3 años de prisión; y Jorge Palacios, comisario de la División de Operaciones Federales Especiales de la Policía Federal, absuelto.

La oportunidad del fallo de Casación

Como se dijo la cámara de Casación emitió su mencionado fallo el 11 de abril 2024, en el contexto de la denuncia contra Israel por parte de Sudáfrica, de estar perpetrando un genocidio en Gaza, efectuada a fines del año anterior. Avalada en marzo de ese año por la relatora especial de la ONU sobre la situación de los derechos humanos en los Territorios Palestinos Ocupados, Francesca Albanesi.

Y unas semanas antes que el fiscal de Corte Penal Internacional, pidiera la detención del premier de Israel Benjamín Netanyahu, y su ministro de Defensa, Yoav Galant, acusados de crímenes de guerra y crímenes contra la humanidad. Habiendo objetivamente sido funcional este nuevo episodio esperpéntico del caso AMIA, para tratar de disimular esas gravísimas acusaciones recaídas contra Israel y sus dirigentes. Y para disimular el bochornoso proceso judicial y la total ausencia de frutos concretos por parte de la justicia bananera de Comodoro Py.

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Casualmente, Netanyahu llegó a premier de Israel en 1996, como líder de la oposición contra el gobierno laborista de Isaac Rabín, que había firmado los Acuerdos de Oslo con la OLP (Organización Liberación Palestina) que habría paso al Estado Palestino. Impulsado por los atentados terroristas suicidas previos de Hamas, y los de la Embajada y AMIA en Argentina.

Y tras el asesinato en noviembre del año anterior de Rabin, por parte de un fundamentalista judío que se abrió paso en su guardia de corps como si esta no existiera. Y a partir de allí, ha primado en el gobierno de Israel, 20 años durante los últimos 29 años, 17 años como primer ministro. Con una integración de su gobierno cada vez más desembozadamente allegadas a las facciones ultra fundamentalistas, que niegan la posibilidad de un estado palestino, con el sueño de plasmar el Eretz Israel o Gran Israel.

La intrusión jurídica de Mahiques avalado por Barroetavaña con el fallo de Casación

En el primer voto del fallo de Casación, correspondió al juez Mahiques. Quien más allá de los cargos por encubrimiento y peculado dirigidos contras los encartados, se puede decir que comportándose como un bandolero jurídico de Comodoro Py, intrusionó la causa. Al despacharse a partir del punto VIII, a lo largo de 40 carillas -como Alí Baba y los 40 ladrones- respecto la supuesta responsabilidad de Irán en el atentado, que nada tenía que ver con los temas en debate en ella.

Casualmente, Mahiques había sido sobreseído un par de meses hábiles antes, a fines del año anterior, o sea mientras elaboraba su voto, por el escándalo de la causa Lago Escondido.  Por su colega de Comodoro Py, el juez federal Sebastián Ramos, y por su parte el fiscal federal Ramiro González, no apeló esa decisión.

El esperpento en sesión continuada del caso AMIA en búsqueda de un casus belli contra Irán
El multivérsico juez de la Cámara de Casación Carlos Mahiques, gentileza Perfil

Concretamente, incurriendo en un prejuzgamiento alevoso, el bandolero jurídico Mahiques, tras enumerar los integrantes de la cúpula gubernamental de Irán, desde su presidente Alí Rafsanjani para abajo, sentenció en su voto que: la motivación de ese atentado (no la única), y la del cometido dos años antes contra la sede de la embajada de Israel se originó principalmente en la decisión unilateral del gobierno argentino (motivado en un cambio de la política exterior de nuestro país operado entre fines de 1991 y mediados de 1992) de rescindir tres contratos de provisión de material y tecnología nuclear acordados con la República Islámica de Irán”.

Y agregó: “El atentado de 1994 en Buenos Aires fue organizado, planificado, financiado y ejecutado bajo la dirección de las autoridades del Estado Islámico de Irán, en el marco de la Jihad Islámica, y con la intervención principal de la organización política y militar Hezbollah. Fue otra de las tantas expresiones de lo que algunos teóricos de la filosofía y sociología política denominan ‘Islamofascimo’ o ‘Islamoanarquismo’, en los que el acto terrorista se asume como un medio o técnica de la guerra revolucionaria sin limitaciones espaciales o temporales”.

Y seguidamente, mostrando una ignorancia histórica intencional o no, el bandolero jurídico Mahiques se encargó de enumerar los supuestos atentados en que habría incurrido Irán en otras partes del mundo. Ocultando que el primer mega atentado dinamitero, no solo en Medio Oriente sino en el mundo, fue perpetrado por judíos.

Con la voladura en 1945 del Hotel King David de Jerusalén, donde residía la delegación inglesa, por parte de la banda terrorista Irgun, que se festeja como una fecha patria en Israel. Cuyos líderes, Isaac Shamir y Menacher Begin, llegaron a primer ministros de Israel, a la par que se jactaban de su pasado terrorista, del que se horroriza el bandolero jurídico Mahiques.

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Mahiques ocultó también que los mega atentados  perpetrados por la Yihad Islámica en el Líbano en 1982, contra la embajada de EEUU y los cuarteles de marines de EEUU y paracaidistas franceses, fueron en el marco de la ocupación del Líbano por parte de Israel. Y menos aún mencionó la masacre de refugiados palestinos musulmanes en Chatila y Sabra por parte de cristianos, que facilitó Israel como potencia ocupante, y por ello fue responsabilizada del mismo.

Cuando por entonces Irán estaba centrado exclusivamente en defenderse de Irak en la prolongada 1ra Guerra del Golfo, que duró ocho años (1980 – 1988). Con un Irak apoyado por EEUU, al que incluso llegó a facilitarle armas químicas para ese cometido. Como un intento de revertir la “revolución de los Ayotallah” que había derrocado al títere de EEUU, el Sha de Irán Reza Pahlevi.

Mahiques, enumeró también asesinatos selectivos que atribuyó a Irán en Europa. Pero nada dice del mega atentado en Oslo y la masacre en la isla de Utoya, perpetrados simultáneamente en Noruega el 2011, en el aniversario de la voladura del Hotel King David. Por el noruego proisraelí antimusulmán Anders Breivik, quién tras detonar un coche bomba en el edificio del primer ministro, a sangre fría asesino en dicha isla, uno por uno, a 85 integrantes de la juventud laborista que propiciaba el boicot contra Israel, en apoyo a la causa palestina.

De esa manera, prejuzgando, sin otorgar el mínimo derecho a la defensa, lo que hizo el bandolero jurídico Mahiques, fue dar vuelta un concepto, y calificar a Irán  no de “terrorismo de Estado”, sino de “Estado terrorista”, tal como luego título su tapa el diario Clarín. Y negar a la par que el atentado de la AMIA, se trataría supuestamente en tal caso, de un hecho  o crimen de agresión por parte otro estado. Y así en vez de llevar la cuestión al Consejo de Seguridad de la ONU, lo dejó  cargo de la “justicia universal”. Que podría ejecutarse en cualquier lugar del mundo, como EEUU e Israel, o Comodoro Py.

El esperpento en sesión continuada del caso AMIA en búsqueda de un casus belli contra Irán

Por su parte el juez Barroetaveña, en el punto “f” de su voto se adhirió al bandolerismo intrusivo de Mahiques, expresando sinuosamente: “f. Finalmente, en el espíritu de garantizar el avance de las investigaciones que se llevan a cabo ante otras judicaturas en los expedientes vinculados a esta causa, compartimos los lineamientos desarrollados por el doctor Mahiques en el punto XVIII de su sufragio, al que nos remitimos por razones de brevedad”.

En concreto, con dicho fallo la Cámara de Casación, o del perdón, redujo la pena del ex juez federal Galeano de 6 a 4 años de prisión efectiva; mantuvo la pena de 2 años prisión condicional a los fiscales federales Müllen y Barbaccia; condenó a Patricio Finnen a 2 años de prisión condicional; redujo la pena de Telleldin, a 1 año y 9 meses de prisión condicional; absolvió  a Boragni, su ex esposa; y también a Anchézar y Castañeda.

Y dispuso en XVI, por mayoría, con los votos de Mahiques y Barroetaveña:EXHORTAR a los tribunales inferiores en los términos dispuestos en el acápite XVIII del voto que lidera la sentencia”.  El que como se vio, de contrabando establece la responsabilidad de la cúpula gubernamental del atentado de la AMIA y Embajada. Pero no se trata del punto XVIII, que es posterior referido a las “reservas del caso federal”, sino VIII.

Lo cual se vio reflejado inmediatamente en las tapas de los diarios supuestamente “serios” e “independientes” del día siguiente 12 de abril. Tal como se puede ver en Clarín, y otro tanto en LA NACION e Infobae, etc. Sin advertir que ese calificativo de «Estado terrorista», también resulta peligroso para Israel, con sus guerras preventivas por sorpresa; sus asesinatos selectivos a mansalva, incluso de científicos;  y el uso del terror y el hambre que está haciendo en el «campo de concentración» de Gaza. Con vistas seguramente que a través de esos insoportables tormentos sus habitantes decidan abandonar su territorio, y así permitirle al presidente Trump su anunciada concreción de la «Riviera de Gaza», y a Israel apoderarse de sus yacimientos de gas offshore.

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El esperpento en sesión continuada del caso AMIA en búsqueda de un casus belli contra Irán

Expresando al respecto en ella Clarín, apoyando con total estulticia el bandolerismo intrusivo de los jueces Mahiques y Barroetaveña: “En una resolución considerada histórica, el Tribunal ratificó que el ataque a la AMIA fue planeado y ejecutado por Irán y por la organización terrorista Hezbollah. También dijo que el atentado es un delito de Lesa Humanidad que no prescribe y que sus responsables pueden ser juzgados en cualquier lugar del mundo…”

Los “prontuarios” de Mahiques y Barroetaveña

A esta altura, cabe precisar como ya se anticipó, que el bandolero jurídico Mahiques, fue uno de los protagonistas del escándalo del viaje de la judicatura, medios,  y espías, al recoleto Lago Escondido en octubre del 2022. Junto con su hijo, Juan Bautista Mahiques, jefe de Fiscales porteños; Julián Ercolini, el juez federal que lleva la  interminable causa del suicidio de Nisman, quien a su vez proponía falsear  comprobantes para acreditar que el viaje no había sido una dádiva, igual que habría falseado la pericia de Gendarmería que acredita un presunto homicidio; Pablo Yadarola, juez federal en lo penal económico; Pablo Cayssials, juez del estratégico fuero en lo contencioso administrativo; Marcelo D’Alessandro, exministro de Justicia y Seguridad de la CABA; Leonardo Bergroth, exfuncionario de la SIDE; Tomás Reinke,  asesor en comunicación; y los directivos del Grupo Clarín Pablo Cassey Jorge Rendo.

El bandolero jurídico Maiques, es también un saltimbanqui en la justicia, a través de distintas jurisdicciones. Fue juez de un Tribunal Oral Criminal de la CABA; luego del Tribunal de Casación Penal de la provincia de Buenos Aires; y posteriormente juez de la Cámara de Casación nacional. Seguidamente con un pedido de licencia, se desempeñó como ministro de Justicia de la provincia de Buenos Aires, nombrado por la ex gobernadora, María Eugenia Vidal.

Tras reintegrarse a la Cámara de Casación nacional, gracias a los oficios del presidente Mauricio Macri y el Consejo de la Magistratura afín, logró saltar a la cámara de Casación Federal. Pero su juramento fue rechazado por los integrantes de esta, hasta lograr que el Senado aprobara esa designación.

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Por su parte el juez Barroetaveña, como digno integrante de Comodoro Py, tampoco se ha librado de contar con algún escandalete, con los que los jueces de Comodoro Py u otras jurisdicciones, abonan sus carreras nunca descendentes. Como integrante del Consejo de la Magistratura, con su ausencia impidió que se investigara el escándalo del viaje de la judicatura al Lago Escondido.

Y con el mismo Mahiques, sentenciaron en la causa Cuadernos que Angelo Calcaterra, el CEO de IECSA socio de Odebrecht, no había pagado sobornos, sino concretado solo aportes electorales. Y como juez en San Isidro, estuvo a cargo en sus inicios de la interminable causa del asesinato de María Marta García Belsunce.

También en julio 2023, los jueces Barroetaveña y Guillermo Yacobutti se opusieron a las querellas, y permitieron que el juez Mariano Borinsky integre el tribunal que debe revisar el sobreseimiento del ex presidente Mauricio Macri en el caso del espionaje a los familiares de los marinos del ARA San Juan. En el que estaba involucrada la pareja de Barroetaveña, la ex espía e integrante de los Tribunales Orales Federales de Córdoba, Maria Noel Costa.

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En diciembre de 2017, el ministro de Defensa Aguad la había designado al frente de la Dirección Nacional de Inteligencia Estratégica del Ministerio de Defensa (DNIEM). Allí, además de encargarse de la inteligencia militar externa, Costa se dedicó a espiar a los familiares de los 44 marinos muertos en el hundimiento del submarino ARA San Juan, hecho ocurrido el 15 de noviembre de ese año. Según denunció en octubre 2020 ante la Comisión Bicameral de Inteligencia, el ex subsecretario de Inteligencia del macrismo y actual secretario de Estrategia Nacional, José Luis Vila, la DNIEM al mando de la cordobesa Costa, se dedicó a espiar a funcionarios públicos.

Además Barroetaveña, por su condición de juez de la Cámara Federal de Casación Penal, tiene estrecha relación con Luis Savino, presidente del Centro de Estudios Americanos (CEA) y es un asiduo concurrente a las cenas anuales del organismo que opera para la embajada de EE.UU. Por caso, en septiembre del año pasado, el juez federal Barroetaveña y su pareja la jueza federal Costa; participaron de la cena anual en la que se distinguió a Abigail Dressel, vicejefa de Misión de la embajada de EEUU con el Premio Puentes de América. Que podría también denominarse como puentes para lo que se denomina lawfare.

Traslado del jefe barrabrava de Talleres: una operación de Bullrich para raspar a Llaryora, instalar a Fassi, y forzar la ley de Barras
A la izquierda el juez Barroeteveña y a la derecha su pareja la jueza María Noel Costa
El impulso de Mahiques al juicio en ausencia avalado por Barroetaveña

Como si eso no fuera suficiente, el bandolero jurídico Mahiques en un fallo paralelo dictado días antes, N° 269, caratulado “Telleldín, Carlos Alberto s/ recurso de casación” (CFP 8.566/1996/TO1/CFC1-CFC3) con un tono ya no tan asertivo respecto la presunta responsabilidad de Irán en el atentado, a la par de absolver definitivamente a Telledin como partícipe en el atentado, exhortó a los Poderes Ejecutivo y Legislativo “a que, cada uno en su esfera de actuación, formulen, evalúen, impulsen, propongan y sancionen una reforma legislativa que permita a futuro la aplicación del juicio en ausencia para sucesos como el que motivó esta causa”.

El esperpento en sesión continuada del caso AMIA en búsqueda de un casus belli contra Irán
CFCP – SALA II causa N° CFP 8.566/1996/TO1/CFC1-CFC3 Telleldín, Carlos Alberto s/ recurso de casación fs 118

En dicha causa, N° 487/00 “Telleldin, Carlos Alberto s/homicidio agravado por medio idóneo peligro común”, el Tribunal Oral Federal N° 3 integrado por Andrés Fabián Basso, Javier Feliciano Ríos, y Fernando Herminio Canero, con el fallo del 26 de marzo del 2021, había absuelto a Carlos Telleldin como partícipe secundario del atentado de la AMIA. Y expresó en su final al respecto:

“Tal es así que, la única certeza que hemos podido adquirir a lo largo del juicio, ha sido la de que Telleldin fue el último tenedor del motor que fuera encontrado entre los escombros de la AMIA, luego solo han quedado interrogantes imposibles de responder con los elementos reunidos en los más de seiscientos sesenta cuerpos e innumerables legajos que integran la causa. Posiblemente, esta enorme incertidumbre obedezca a los insondables avatares que ha sufrido esta investigación, por razones que permanecen alojadas en la conciencia de quienes decidieron torcer su rumbo.”

El esperpento en sesión continuada del caso AMIA en búsqueda de un casus belli contra Irán
Causa n° 487/00 “Telleldin, Carlos Alberto s/homicidio agravado por medio idóneo peligro común” TOF n°3 Reg. n° fs 830

Ese motor fue encontrado por integrantes de las Fuerzas de Defensa de Israel que colaboraban en el rescate. Y el tribunal se refería así a la enorme confusión en relación con los distintos componentes encontrados de la presunta Trafic empleada en el atentado. Ya sea en el lugar del hecho, o en los escombros depositados sin vigilancia alguna detrás de la Ciudad Universitaria, pertenecientes a distintos, modelos, años, y pinturas, etc, como si se tratara de un Frankestein mal armado.

A ello se sumó que solo dos dudosos testigos habían visto la Trafic asesina, presunta característica del terrorismo islámico: Nicolasa Romero, una enfermera del Hospital Churruca de la Policía Federal, que incluso declaró haber visto el rostro de su conductor suicida, lo que se demostró que era imposible. Y Carlos Heidenreich, que apareció tardíamente para confirmarla, de origen judío. Ante una mayoría de testigos que negó haberla visto.

Mientras que por su parte la defensora oficial de Telleldin, sostuvo firmemente la hipótesis de que hubo una implosión interna, que provocó el derrumbe del edificio. Proveniente de material de construcción embolsado que había ingresado al interior de la AMIA, con motivo de las refacciones edilicias que se estaban ejecutando.  De manera similar a lo que había sucedido en el atentado a la embajada israelí.

Ver AMIA: Defensora oficial (1) demolió la tesis del coche bomba y terrorismo islámico
Ver AMIA: Defensora oficial (2) la explosión fue en el volquete e internamente

Y que la explosión se había producido por simpatía con otros explosivos dispuestos en el volquete que estaba en el frente de la AMIA, como para tratar de simular la existencia de un coche bomba con conductor suicida, matriz que acreditaría su concreción por el terrorismo islámico. Habiendo presuntamente a esos efectos, insertados componentes de Trafic tanto en las bolsas que estaban en el interior, como el volquete en el exterior.

El juicio en ausencia

La cuestión del juicio en ausencia, aprobado con nombre y apellido por el Congreso para el caso AMIA, hacer recordar el cuento anónimo hindú “Los brahmanes y el león”, que bien podría renombrarse “Los jueces y legisladores y el león”. Que narra que había cuatro brahmanes que eran amigos. Tres habían alcanzado el confín de cuanto los hombres pueden saber, pero les faltaba cordura. El cuarto sólo tenía cordura.

Un día se reunieron ¿De qué sirven los saberes, dijeron, si no viajamos, si no logramos el favor de los reyes, si no ganamos dinero? Ante todo, viajemos. Cuando habían recorrido un trecho, dijo el mayor: “Uno de nosotros, el cuarto, es un simple, que no tiene más que cordura. Sin el saber, con mera cordura, nadie obtiene el favor de los reyes. Por consiguiente, no compartiremos con él nuestras ganancias. Que se vuelva a su casa.”

Postura digna de un integrante de la casta, que no fue aceptada por el resto. Siguieron su camino y en un bosque hallaron los huesos de un león. Uno de ellos dijo: -Buena ocasión para ejercitar nuestros conocimientos. Aquí hay un animal muerto; resucitémoslo. El primero dijo: -Sé componer el esqueleto. El segundo dijo: -Puedo suministrar la piel, la carne y la sangre. El tercero dijo: -Sé darle vida.

Ante ello el brahmán cuerdo observó: -Es un león. Si lo resucitan, nos va a matar a todos. -Eres muy simple -dijo el otro-. No seré yo el que frustre la labor de la sabiduría. -En tal caso, respondió el brahman cuerdo, aguarda que me suba a este árbol. Y el final del cuento es que el león resucitado mató a los tres brahmanes sabios, y solo se salvo el cuerdo.

Algo parecido sucede con los brahmanes o legisladores argentinos, que sancionaron una ley de juicio y ausencia con nombre y apellido AMIA, con carácter retroactivo para enjuiciar a la cúpula iraní, lo que fue objetado por constitucionalistas argentinos. En el marco de la tremenda crisis que existe en Medio Oriente, en donde EEUU e Israel buscan desde hace tiempo tener a mano cualquier casus belli para atacar a Irán. Poniendo así al país expresamente en el medio de ese demencial conflicto.

En forma infinitamente más riesgosa que lo hizo el director argentino de la OIEA, Rafael Grossi, con sus sesgados informes.  Con los cuales -con la resolución de la Junta de Gobernadores de la OIEA de por medio- le suministró a Israel la supuesta justificación para efectuar su reciente “ataque preventivo” por sorpresa contra el país persa, en la 4ta Guerra del Golfo o de los “Doce días”.

Las particularidades del juicio en ausencia

Una consulta a alguna IA informa que EEUU no acepta el juicio en ausencia, conforme la interpretación constitucional, que a su vez es la fuente de nuestra constitución, porque resulta indispensable la presencia física del imputado. Y solo se puede proseguir si este se ausenta después de iniciado el juicio.

Por su parte en Europa las cosas están más complicadas.  España solo lo aplica para faltas o delitos leves, y lo mismo en forma aún mucho más restrictiva lo hace Alemania. En Austria es solo para delitos que no superen los 3 años de prisión, y con restricciones. Por su parte Francia e Italia recibieron condenas por parte del Tribunal Europeo de los Derechos Humanos, y tuvieron que modificar su legislación, por las formas de notificar al imputado de la existencia del juicio, y las restricciones que habían impuesto para realizar un nuevo juicio a pedido del condenado.

Estableciendo dicho tribunal que para que el juicio en ausencia sea válido, el imputado debe ser “efectivamente notificado” del proceso y la audiencia, y renunciar en forma expresa o tácita, de forma inequívoca, a su derecho de estar presente. Cabe en consecuencia preguntar como hará la bananera justicia de Comodoro Py, para cumplir con ese estándar internacional.

Pero no hay aflicción alguna al respecto. Dado que la flamante ley argentina, no solo contradice a algunos países europeos, al permitir el juicio en ausencia solo para delitos gravísimos que están bajo el alcance de la Corte Penal Internacional. Sino que también contradice también frontalmente la postura del tribunal europeo, que exige la efectiva notificación del proceso y la audiencia, al permitir que avance el juicio en ausencia (artículo 343 ter) sí:

“a) Conociendo la existencia del proceso en su contra no se presentare… b) Se hubieren hecho intentos razonables por tenerlo a derecho, con resultado infructuoso”. Tales como: “I. Transcurridos cuatro (4) meses desde el dictado de una orden de captura nacional o internacional… II.  El requerimiento de extradición ha sido denegado”.

Para peor, las mismas restricciones establece (artículo 431 septies) para que el condenado pueda acceder a un nuevo juicio, conforme lo dictaminado por el tribunal europeo. Que solo resulta posible en la flamante ley argentina, si el condenado “no hubiere tomado conocimiento del proceso en su contra”, o por no haber podido concurrir por “un grave y legítimo impedimento”.

La DAIA y el juicio en ausencia

El primer proyecto de juicio en ausencia lo elaboró la DAIA en el 2013, redactado por su entonces secretario general Santiago Kaplun. En el marco de la polémica por el Memorándum de Entendimiento con Irán, y las acciones de inconstitucionalidad intentadas contra el mismo. Y fue inmediatamente adoptado por la oposición de aquel momento.

Concretamente el primer proyecto en el año 2014, fue presentado por el diputado y rabino Sergio Bergman, secundado por Patricia Bullrich, casada con el vicepresidente del Museo del Holocausto Guillermo Yanco, y Laura Alonso. Y el segundo fue presentado por los “cordobesistas” Juan Schiaretti, por entonces diputado y ex gobernador de Córdoba, acción que recientemente se encargó de ensalzar su esposa y senadora por Córdoba Alejandra Vigo. Secundado por los diputados Carlos Caserio, y Blanca Rossi.

Cabiendo apuntar al respeto, la notable capacidad de lobby que tiene la DAIA, que supuestamente es una “delegación” de “asociaciones israelitas argentinas”. Pero en realidad, obtenido ese monopolio, opera como una delegación del Ministerio de la Diáspora israelí. Por lo cual debería ser calificada como “agente extranjero”, como hacen las naciones que se precian de tales.

Según el notorio integrante de esa colectividad, Horacio Verbistky: “La DAIA fue fundada en 1935 con el objetivo explícito de enfrentar al fascismo y a la judeofobia, pero ambas actividades fueron progresivamente abandonadas en aras de beneficiar la política exterior de Israel y sus postulados de seguridad estratégica.”

Quien también señaló el “prontuario” de sus directivos:  Rubén Beraja (vaciamiento Banco Mayo, imputado de encubrimiento en causa AMIA). Aldo Donzis (violación a una menor). Waldo Wolff (saltó a la política cabalgando sobre el cadáver del fiscal Nisman). Ariel Cohen Sabban (el escándalo sexual con Esmeralda Mitre). Jorge Knoblovits (vinculado con Yabran, y el intento de sobornar a un testigo a favor de este). Y  finalmente el educador Mauro Berenstein, de perfil bajo, quien no obstante se encargó de sincerar la misión de la DAIA como agente extranjero: “nuestro desafío es explicarle al no judío cuál es la postura de Israel.”

Cimadevilla el juicio en ausencia y el esperpento del caso AMIA

El impulso de la DAIA del juicio en ausencia, supuestamente iba a ser finiquitado por el flamante titular de la Unidad Especial de Investigación del atentado de la AMIA, perteneciente al ministerio de Justicia, el ex senador radical Mario Cimadevilla. Quien había sido designado por el presidente Mauricio Macri poco después de asumir, en enero 2016 (Decreto 108/2016) con rango de secretario de Estado.

No obstante, lejos de concretar eso, las tensiones entre el ministro de justicia Germán Garavano y el secretario precipitaron en el año 2018 la disolución de esa Unidad Especial por parte del jefe de Gabinete Marcos Peña. A la par que su hasta entonces titular Cimadevilla, se despachó con un explosivo informe titulado “InfAMIA. Informe de disolución de la Unidad Especial de Investigación”. Cuyo contenido explosivo fue enteramente desdeñado por parte de la prensa que se dice seria e independiente.

En cuya introducción, el abogado y ex senador por Chubut afirmó: “Desde el momento mismo en que se me ofreció, y acepté, la titularidad de esa Unidad Especial de Investigación, tuve muy en claro que la tarea que se me encomendaba no iba a estar exenta de cuestionamientos, entorpecimientos, operaciones difamatorias, amedrentamientos y todo tipo de maniobras obstructivas; porque cuando un atentado de las características del perpetrado contra la sede de la mutual judía en nuestro país atraviesa casi un cuarto de siglo sin ser investigado como para exhibir resultados tangibles y concretos, es porque el Estado y sus distintas dirigencias (los gobiernos) no han tenido decisión para hacerlo.”

Y continuó más adelante: “La investigación -hasta donde se le permitió avanzar- ha dado un panorama aproximativo del sustrato del atentado, puesto en evidencia por su enmascaramiento, por las asociaciones de intereses que lo motivaron, y por la inexplicable actuación judicial durante las últimas décadas.”

“Perpetuada por el síndrome de Diógenes de la Justicia Argentina, la misma seguirá incrementando masas estériles de información acumulada, sin estrategias de exploración e interpretación, ni tácticas esbozables de sistematización investigativa y con nula voluntad de rozar intereses del poder real.”

“En efecto, la investigación del atentado a la AMIA ha quedado amarrada a previas determinaciones de hipótesis de verdad sentadas por flojas decisiones anteriores, que no acusan ingenuidad epistemológica, sino simple inercia, hipocresía, cobardía o directa complicidad institucional. El entramado de delitos, negocios y negociados, relaciones malsanas y clandestinas, intereses económicos, estratégicos y diplomáticos en el que se pergeñó, ejecutó, enmascaró y encubrió al atentado contra la AMIA ha sido apenas rasguñado con las investigaciones simuladas durante más de dos décadas.”

“La masacre de la mutual judía en la Argentina se vincula con otros “delitos de época y de poder”, sobre cuyo conjunto las investigaciones oficiales, periodísticas e individuales han generado una masa de información que pudo ser explorada y sistematizada. Frente a crímenes de esta magnitud no hay derecho al secreto, ni al misterio, ni a la preservación de los amigos. La Verdad y la Justicia no pueden seguir esperando que llegue un momento más oportuno. La Verdad y la Justicia a veces son inoportunas, pero siempre son innegociables e irrenunciables.”

Y terminó la introducción diciendo: “Agradezco al Presidente Macri haberme “formalmente” encomendado la investigación de este atroz atentado, porque con ello me permitió atisbar la cadena de delitos aberrantes asociados al Estado y me dio la oportunidad de organizar y dirigir un minúsculo grupo de abogados e investigadores que priorizaron la búsqueda de la verdad y su honor profesional por sobre su conveniencia personal y su propio sustento.”

“Agradezco al Presidente, también, que al disolver la Unidad Especial de Investigación de la causa AMIA me haya dispensado de ser el responsable de cumplir la enorme promesa que hizo ante su primera Asamblea Legislativa. Al menos, agradezco que la Unidad Especial de Investigación AMIA haya desaparecido sin tener que convertirse en una «Unidad Especial de Encubrimiento», cuando ya su Gobierno ni siquiera intentaba fingir que alguna vez hubiera tenido intención de cumplirla aquella promesa.”

Su contenido es un texto algo hermético, ilustrado con distintas infografías. En una de ellas que se reproduce seguidamente, puso en serio entredicho las pruebas de la intervención de Irán en el atentado a la AMIA, y  de la existencia de un coche bomba con un conductor suicida que se supone típica del “terrorismo islámico”.

El esperpento en sesión continuada del caso AMIA en búsqueda de un casus belli contra Irán
Informe Cimadevilla InfAMIA página 21

Respecto este último punto, incluso profundizó su crítica con otra infografía que se reproduce seguidamente. Planteando una dura crítica a la investigación del fallecido fiscal Nisman, y la  “reinvestigación” posterior de la misma UFI AMIA (Unidad Fiscal AMIA) conducida por un “triunvirato”.

El esperpento en sesión continuada del caso AMIA en búsqueda de un casus belli contra Irán
Informe Cimadevilla InfAMIA página 21

Posteriormente al ser consultado respecto su resonante informe, Cimadevilla fue más explícito al afirmar: “Yo tenía que elevar los alegatos para acusar por encubrir. Estaban el juez Galeano, fiscales y miembros de la Policía. Yo pedí que la querella del Estado acuse a todos. Pero Garavano no quería. Mullen y Barbaccia son amigos, no se los puede acusar… Nunca me lo dijo en persona Macri, pero las diligencias de Garavano tenían una orden. De hecho tampoco querían acusar al “Fino” Palacios, que fue el policía que ayudó con el rescate de Macri cuando había sido secuestrado”.

Y también agregó “Yo entiendo que la pista iraní es muy débil, pero hay que investigarla. Pero así y todo, tanto Estados Unidos, como Israel prefieren que persista el manto de dudas sobre los iraníes, que realmente se avance a fondo para conocer si realmente tuvieron algo que ver. Y el Gobierno Nacional en esto, se coloca bajo la mirada que tiene Estados Unidos”. Cuestión que el locuaz aspirante a embajador del presidente Donald Trump, Peter Lamelas, se encargó de dejar en claro, con su declarada intención de «llegar al fondo en el atentado de la AMIA».

El Congreso y el juicio en ausencia

De esa manera, tras el fallo de los jueces jurídicamente bandoleros Mahiques y Barroetaveña, fue el presidente Milei, quien justificándose en el mencionado fallo, antes de emprender el viaje a EEUU que concretó entre el 12 y 14 de julio del año pasado, envió un proyecto de juicio en ausencia para el caso AMIA a la Cámara de Diputado (9-PE-2024) con una comunicación de cortesía a la Cámara de Senadores (PE-61-2024)

El cual contaba con la firma del presidente, del Jefe de Gabinete Guillermo Francos, de la ministra de Seguridad Patricia Bullrich -que como diputada había firmado varios proyectos de ley al respecto- y del ministro de Justicia Mariano Cuneo Libarona. Y además lo incluyó para su tratamiento en las sesiones extraordinarias (143-Pe-2024) como para llevarlo en ofrenda a EEUU en  el viaje que concretó el 19 y 20 de enero para la asunción del presidente Donald Trump.

A esta altura resulta evidente que la política exterior del presidente Milei, por un lado tiene un absoluto seguidismo con EEUU, por razones de afinidad con su presidente Donald Trump, y como fuente pecuniaria de dólares, ante una economía con notables problemas en tal sentido. Y por otro lado tiene una notable adhesión religiosa y emocional con Israel, guiado de la nariz por la poderosa secta judía Jabad Lubavitch. Lo que lo hace inidóneo para conducir la política exterior, con las cualidades mínimas de prudencia, racionalidad, y equidistancia que debe contar un estadista.

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Concretamente, a partir del 2014, con motivo del proyecto y lobby de la DAIA, se fueron presentando 24 proyectos al respecto, con la firma de 102 legisladores brahmanes o legiszombis, de distinto palo político, queriendo dar vida a un león. Sin conocer las pruebas concretas existentes para ello, y sin atisbar ninguno de ellos en que embrollo geopolítico podían introducir al país.

Como se puede observar en el siguiente gráfico, donde se consigna el expediente y el número de brahmanes o legiszombies firmantes, en el 2014 se presentaron cinco proyectos, todos en Diputados. En el 2016 tres proyectos, también todos en Diputados. En 2017 dos proyectos, en este caso en Senadores. En el  2018 dos proyectos en Diputados. En 2019 un proyecto en Senadores. En  2020 dos proyectos en Diputados. En 2021 y 2022 un proyecto en esta misma cámara, respectivamente. En 2023 tres proyectos en Diputados. Y tras el fallo señero de los jueces bandoleros jurídicos Mahiques y Barroetaveña, hubo tres nuevos proyectos por parte de los legisladores brahmanes o legiszombies, uno en el Senado y dos en Diputados.

El esperpento en sesión continuada del caso AMIA en búsqueda de un casus belli contra Irán

En el siguiente cuadro de honor se distinguen los legisladores brahmanes o lesgizombis que firmaron mas de un proyecto. Incluidos también los brahmanes del Poder Ejecutivo que de una manera u otra lo impulsaron. Aparecen con tres firmas País, Assef, Bullrich, Cobos, Francos, Milei, Pichetto, Pinedo. Y con dos firmas Abal Medina, Alonso, Lipovetzky, Luenzo, Milman, Odarda, Petri, y Rozas.

El esperpento en sesión continuada del caso AMIA en búsqueda de un casus belli contra Irán

A continuación, en la siguiente tabla  se encuentra el listado de todos los legisladores brahmanes o legiszombis, que intervinieron en esos proyectos demenciales de juicio en ausencia con nombre y apellido MIA, para resucitar al león sin tomar mayores precauciones.

Listado promotores juicio en ausencia en causa AMIA
ExpedienteFirmanteRepresentaPartidoMotivo
0009-PE-2024BULLRICH, PATRICIAPODER EJECUTIVOLLAPromueve juicio en ausencia
0009-PE-2024CUNEO LIBARONA, MARIANOPODER EJECUTIVOLLAPromueve juicio en ausencia
0009-PE-2024FRANCOS, GUILLERMO ALBERTOPODER EJECUTIVOLLAPromueve juicio en ausencia
0009-PE-2024MILEI, JAVIER GERARDOPODER EJECUTIVOLLAPromueve juicio en ausencia
0154-PE-2024FRANCOS, GUILLERMO ALBERTOPODER EJECUTIVOLLAPromueve juicio en ausencia
0154-PE-2024MILEI, JAVIER GERARDOPODER EJECUTIVOLLAConvoca tratamiento en extraordinarias
S-0492-2017ABAL MEDINA, JUAN MANUELBUENOS AIRESFRENTE PARA LA VICTORIA - PJPromueve juicio en ausencia
S-0492-2017COBOS, JULIOMENDOZAUCRPromueve juicio en ausencia
S-0492-2017ELIAS DE PEREZ, SILVIA BEATRIZTUCUMANUCRPromueve juicio en ausencia
S-0492-2017GUASTAVINO, PEDRO GUILLERMO ANGELENTRE RIOSFRENTE PARA LA VICTORIA - PJPromueve juicio en ausencia
S-0492-2017LUENZO, ALFREDO HECTORCHUBUTCHUBUT SOMOS TODOSPromueve juicio en ausencia
S-0492-2017ODARDA, MARIA MAGDALENARIO NEGROFRENTE PROGRESISTA - CCARIPromueve juicio en ausencia
S-0492-2017PAIS, JUAN MARIOCHUBUTFRENTE PARA LA VICTORIA - PJPromueve juicio en ausencia
S-0492-2017PEROTTI, OMAR ANGELSANTA FEFRENTE PARA LA VICTORIA - PJPromueve juicio en ausencia
S-0492-2017PETCOFF NAIDENOFF, LUIS CARLOSFORMOSAUCRPromueve juicio en ausencia
S-0492-2017PICHETTO, MIGUEL ANGELRIO NEGROFRENTE PARA LA VICTORIA - PJPromueve juicio en ausencia
S-0492-2017PINEDO, FEDERICOCIUDAD de BUENOS AIRESFRENTE PROPromueve juicio en ausencia
S-0492-2017ROZAS, ANGELCHACOUCRPromueve juicio en ausencia
S-0492-2017URTUBEY, RODOLFO JULIOSALTAFRENTE PARA LA VICTORIA - PJPromueve juicio en ausencia
0554-D-2021ENRIQUEZ, JORGE RICARDOCIUDAD de BUENOS AIRESPROPromueve juicio en ausencia
0968-D-2016SCAGLIA, GISELASANTA FEUNION PROPromueve juicio en ausencia
S-1051-2024ESPINOLA, CARLOS MAURICIOCORRIENTESUNIDAD FEDERALPromueve juicio en ausencia
S-1051-2024KUEIDER, EDGARDO DARIOENTRE RIOSUNIDAD FEDERALPromueve juicio en ausencia
S-1051-2024ROMERO, JUAN CARLOSSALTACAMBIO FEDERALPromueve juicio en ausencia
S-1051-2024SILVA, MONICA ESTHERRIO NEGROJUNTOS SOMOS RIO NEGROPromueve juicio en ausencia
S-1051-2024VIGO, ALEJANDRA MARIACORDOBAUNIDAD FEDERALPromueve juicio en ausencia
1332-D-2016CAVIGLIA, FRANCO AGUSTINBUENOS AIRESJUNTOS POR ARGENTINAPromueve juicio en ausencia
1332-D-2016GIUSTOZZI, RUBEN DARIOBUENOS AIRESJUNTOS POR ARGENTINAPromueve juicio en ausencia
1481-D-2024AGUIRRE, MANUEL IGNACIOCORRIENTESUCR - UNIÓN CÍVICA RADICALPromueve juicio en ausencia
1481-D-2024ANTOLA, MARCELAENTRE RIOSUCR - UNIÓN CÍVICA RADICALPromueve juicio en ausencia
1481-D-2024BARLETTA, MARIOSANTA FEUCR - UNIÓN CÍVICA RADICALPromueve juicio en ausencia
1481-D-2024BROUWER DE KONING, GABRIELACORDOBAUCR - UNIÓN CÍVICA RADICALPromueve juicio en ausencia
1481-D-2024CARRIZO, ANA CARLACIUDAD DE BUENOS AIRESUCR - UNIÓN CÍVICA RADICALPromueve juicio en ausencia
1481-D-2024CIPOLINI, GERARDOCHACOUCR - UNIÓN CÍVICA RADICALPromueve juicio en ausencia
1481-D-2024COBOS, JULIOMENDOZAUCR - UNIÓN CÍVICA RADICALPromueve juicio en ausencia
1481-D-2024COLI, MARCELALA PAMPAUCR - UNIÓN CÍVICA RADICALPromueve juicio en ausencia
1481-D-2024GALIMBERTI, PEDRO JORGEENTRE RIOSUCR - UNIÓN CÍVICA RADICALPromueve juicio en ausencia
1481-D-2024GIORGI, MELINASANTA FEUCR - UNIÓN CÍVICA RADICALPromueve juicio en ausencia
1481-D-2024NIERI, LISANDROMENDOZAUCR - UNIÓN CÍVICA RADICALPromueve juicio en ausencia
1481-D-2024SARAPURA, NATALIA SILVINAJUJUYUCR - UNIÓN CÍVICA RADICALPromueve juicio en ausencia
1481-D-2024TAVELA, DANYABUENOS AIRESUCR - UNIÓN CÍVICA RADICALPromueve juicio en ausencia
1509-D-2024PICHETTO, MIGUEL ANGELBUENOS AIRESHACEMOS COALICIÓN FEDERALPromueve juicio en ausencia
S-1862-2019PAIS, JUAN MARIOCHUBUTJUSTICIALISTA CHUBUTPromueve juicio en ausencia
2166-D-2022ASCARATE, LIDIA INESTUCUMANUCRPromueve juicio en ausencia
2166-D-2022ASSEFF, ALBERTOBUENOS AIRESPROPromueve juicio en ausencia
2166-D-2022HEIN, GUSTAVO RENEENTRE RIOSPROPromueve juicio en ausencia
2166-D-2022MILMAN, GERARDOBUENOS AIRESPROPromueve juicio en ausencia
2166-D-2022STEFANI, HECTOR ANTONIOTIERRA DEL FUEGOPROPromueve juicio en ausencia
2166-D-2022ZAPATA, CARLOS RAULSALTAAHORA PATRIAPromueve juicio en ausencia
2875-D-2023STOLBIZER, MARGARITABUENOS AIRESENCUENTRO FEDERALPromueve juicio en ausencia
3363-D-2025CAPOZZI, SERGIO EDUARDORIO NEGROPROExpresar beneplacito implementacion juicio en ausencia causa AMIA
3363-D-2025FINOCCHIARO, ALEJANDROBUENOS AIRESPROExpresar beneplacito implementacion juicio en ausencia causa AMIA
3363-D-2025GIUDICI, SILVANACIUDAD DE BUENOS AIRESPROExpresar beneplacito implementacion juicio en ausencia causa AMIA
3363-D-2025MILMAN, GERARDOBUENOS AIRESPROExpresar beneplacito implementacion juicio en ausencia causa AMIA
3363-D-2025RITONDO, CRISTIAN A.BUENOS AIRESPROExpresar beneplacito implementacion juicio en ausencia causa AMIA
3574-D-2020ASSEFF, ALBERTOBUENOS AIRESPROPromueve juicio en ausencia
3574-D-2020BERISSO, HERNANBUENOS AIRESPROPromueve juicio en ausencia
3574-D-2020DEL CERRO, GONZALO PEDRO ANTONIOSANTA FEUCRPromueve juicio en ausencia
3574-D-2020REGIDOR BELLEDONE, ESTELA MERCEDESCORRIENTESUCRPromueve juicio en ausencia
3574-D-2020SCHLERETH, DAVID PABLONEUQUENPROPromueve juicio en ausencia
3574-D-2020STEFANI, HECTOR ANTONIOTIERRA DEL FUEGOPROPromueve juicio en ausencia
3601-D-2020PETRI, LUIS ALFONSOMENDOZAUCRPromueve juicio en ausencia
4034-D-2014ALONSO, LAURACIUDAD de BUENOS AIRESUNION PROPromueve juicio en ausencia
4034-D-2014BERGMAN, SERGIO ALEJANDROCIUDAD de BUENOS AIRESUNION PROPromueve juicio en ausencia
4034-D-2014BULLRICH, PATRICIACIUDAD de BUENOS AIRESUNION PROPromueve juicio en ausencia
4414-D-2018PETRI, LUIS ALFONSOMENDOZAUCRPromueve juicio en ausencia
4425-D-2014CASERIO, CARLOS ALBERTOCORDOBAUNION POR CORDOBAPromueve juicio en ausencia
4425-D-2014ROSSI, BLANCA ARACELICORDOBAUNION POR CORDOBAPromueve juicio en ausencia
4425-D-2014SCHIARETTI, JUANCORDOBAUNION POR CORDOBAPromueve juicio en ausencia
4553-D-2014TONELLI, PABLO GABRIELCIUDAD de BUENOS AIRESUNION PROPromueve juicio en ausencia
4587-D-2023CAMAÑO, GRACIELABUENOS AIRESIDENTIDAD BONAERENSEPromueve juicio en ausencia
4587-D-2023GUTIERREZ, RAMIROBUENOS AIRESFRENTE DE TODOSPromueve juicio en ausencia
4587-D-2023LITZA, MONICABUENOS AIRESFRENTE DE TODOSPromueve juicio en ausencia
4587-D-2023YEDLIN, PABLO RAULTUCUMANUNIÓN POR LA PATRIAPromueve juicio en ausencia
4799-D-2023BORREGO, VICTORIABUENOS AIRESCOALICION CIVICAPromueve juicio en ausencia
4799-D-2023CAMPAGNOLI, MARCELABUENOS AIRESCOALICION CIVICAPromueve juicio en ausencia
4799-D-2023ESPIL, SANTIAGO EUGENIOBUENOS AIRESCOALICION CIVICAPromueve juicio en ausencia
4799-D-2023FERRARO, MAXIMILIANOCIUDAD de BUENOS AIRESCOALICION CIVICAPromueve juicio en ausencia
4799-D-2023FRADE, MONICA EDITHBUENOS AIRESCOALICION CIVICAPromueve juicio en ausencia
4799-D-2023LOPEZ, JUAN MANUELBUENOS AIRESCOALICION CIVICAPromueve juicio en ausencia
4799-D-2023MANZI, RUBENCATAMARCACOALICION CIVICAPromueve juicio en ausencia
4799-D-2023MARTINEZ VILLADA, LEONOR MARIACORDOBACOALICION CIVICAPromueve juicio en ausencia
4799-D-2023OLIVETO LAGO, PAULACIUDAD DE BUENOS AIRESCOALICION CIVICAPromueve juicio en ausencia
4799-D-2023STILMAN, MARIANABUENOS AIRESCOALICION CIVICAPromueve juicio en ausencia
6020-D-2016LIPOVETZKY, DANIEL ANDRESBUENOS AIRESUNION PROPromueve juicio en ausencia
6020-D-2016WECHSLER, MARCELO GERMANCIUDAD de BUENOS AIRESUNION PROPromueve juicio en ausencia
6808-D-2014ALONSO, LAURACIUDAD de BUENOS AIRESUNION PROPromueve juicio en ausencia
6808-D-2014BULLRICH, PATRICIACIUDAD de BUENOS AIRESUNION PROPromueve juicio en ausencia
6808-D-2014CACERES, EDUARDO AUGUSTOSAN JUANUNION PROPromueve juicio en ausencia
6808-D-2014PINEDO, FEDERICOCIUDAD de BUENOS AIRESUNION PROPromueve juicio en ausencia
6808-D-2014TONELLI, PABLO GABRIELCIUDAD de BUENOS AIRESUNION PROPromueve juicio en ausencia
7465-D-2018LIPOVETZKY, DANIEL ANDRESBUENOS AIRESPROPromueve juicio en ausencia
7465-D-2018MOISES, MARIA CAROLINAJUJUYJUSTICIALISTAPromueve juicio en ausencia
7465-D-2018YEDLIN, PABLO RAULTUCUMANJUSTICIALISTA POR TUCUMANPromueve juicio en ausencia
9946-D-2014ASSEFF, ALBERTOBUENOS AIRESUNIRPromueve juicio en ausencia
PE-61-2024FRANCOS, GUILLERMO ALBERTOPODER EJECUTIVOInforma proyecto ingresado Diputados
PE-61-2024MILEI, JAVIER GERARDOPODER EJECUTIVOInforma proyecto ingresado Diputados
S-1862-2019PAIS, JUAN MARIOCHUBUTALIANZA FRENTE PARA LA VICTORIAPromueve juicio en ausencia
S-482-2017ABAL MEDINA, JUAN MANUELBUENOS AIRESFRENTE PARA LA VICTORIAPromueve juicio en ausencia
S-482-2017COBOS, JULIOMENDOZAALIANZA CAMBIEMOSPromueve juicio en ausencia
S-482-2017ELIAS DE PEREZ, SILVIA B. TUCUMÁNALIANZA CAMBIEMOSPromueve juicio en ausencia
S-482-2017LUENZO, ALFREDO HECTORCHUBUTCHUBUT SOMOS TODOSPromueve juicio en ausencia
S-482-2017NAIDENOFF, LUIS P. FORMOSAUCRPromueve juicio en ausencia
S-482-2017ODARDA, MARIA MAGDALENARÍO NEGROALIANZA FRENTE PROGRESISTAPromueve juicio en ausencia
S-482-2017PAIS, JUAN MARIOCHUBUTALIANZA FRENTE PARA LA VICTORIAPromueve juicio en ausencia
S-482-2017GUASTAVINO, PEDROENTRE RÍOSFRENTE PARA LA VICTORIAPromueve juicio en ausencia
S-482-2017PICHETTO, MIGUEL ANGELRÍO NEGROFRENTE PARA LA VICTORIAPromueve juicio en ausencia
S-482-2017PINEDO, FEDERICOCIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRESALIANZA UNIÓN PROPromueve juicio en ausencia
S-482-2017ROZAS, ANGELCHACOUNIÓN POR CHACOPromueve juicio en ausencia
S-482-2017URTUBEY, RODOLFO J. SALTAFRENTE PARA LA VICTORIAPromueve juicio en ausencia

A la vuelta de su viaje a EEUU, el gobierno de Milei artículo las consabidas presiones y transacciones en el Congreso, a los efectos de obtener la aprobación de esa ley. De esa manera el 6 de febrero, la Cámara de Diputados le dio media sanción, en base al proyecto de resucitar al león enviado por el Poder Ejecutivo, con leves modificaciones introducidas en el tratamiento en comisión. Mediante una sola votación en general y particular, con 147 votos a favor, 68 en contra, y  9 abstenciones.

Los brahmanes o dipuzombis que firmaron el dictamen de mayoría con que se aprobó el proyecto fueron los diputados: Laura Rodríguez Machado, Manuel Quintar, Mariano Campero, Patricia Vásquez, Alida Ferreyra, Carolina Píparo, Oscar Agost Carreño, Alberto Arancibia Rodríguez, Alejandro Bongiovanni, Gabriel Bornoroni, Gabriela Brouwer de Koning, Marcela Campagnoli, Ana C. Carrizo, Soledad Carrizo, Nicolás Emma, Alejandro Finocchiaro, Álvaro González, Fernando A. Iglesias, Silvia Lospennato, Álvaro Martínez, Gerardo Milman, Francisco Monti, Paula Oliveto Lago, Yamila Ruíz, Santiago Santurio, Margarita Stolbizer, José F. Tounier, Martín Yeza.

Con la disidencia parcial de Fernando Carbajal, Ramiro Gutiérrez, y Danya Tavela. En la siguiente tabla se encuentra el listado de los legisladores  brahmanes o dipuzombis, que en la sesión extraordinaria del 6 de febrero dieron su voto afirmativo al respecto, para la debida memoria del lector.

Listados diputados que avalaron el juicio en ausencia en causa AMIA
DIPUTADOBLOQUEPROVINCIA¿CÓMO VOTÓ?
AGOST CARREÑO, OSCAREncuentro FederalCórdobaAFIRMATIVO
AJMECHET, SABRINAProC.A.B.A.AFIRMATIVO
ALIANIELLO, EUGENIAUnion Por La PatriaChubutAFIRMATIVO
ALMIRON, LISANDROLa Libertad AvanzaCorrientesAFIRMATIVO
ANSALONI, PABLOLa Libertad AvanzaBuenos AiresAFIRMATIVO
ANTOLA, MARCELADemocracia Para SiempreEntre RíosAFIRMATIVO
ARABIA, DAMIANProC.A.B.A.AFIRMATIVO
ARANCIBIA RODRIGUEZ, ALBERTO GUSTAVOLa Libertad AvanzaSan LuisAFIRMATIVO
ARAUJO HERNANDEZ, JORGE NERIUnion Por La PatriaTierra del FuegoAFIRMATIVO
ARAUJO, MARIA FERNANDALa Libertad AvanzaC.A.B.A.AFIRMATIVO
ARDOHAIN, MARTINProLa PampaAFIRMATIVO
ARJOL, MARTINUcr - Union Civica RadicalMisionesAFIRMATIVO
ARRIETA, LOURDES MICAELAFuerzas Del Cielo - Espacio Liberal F.c.eMendozaAFIRMATIVO
ARROYO, DANIELUnion Por La PatriaBuenos AiresAFIRMATIVO
ARRUA, ALBERTOInnovacion FederalMisionesAFIRMATIVO
AVICO, BELENProCórdobaAFIRMATIVO
AVILA, JORGE ANTONIOEncuentro FederalChubutAFIRMATIVO
BACHEY, KARINA ETHELProSan LuisAFIRMATIVO
BALDASSI, HECTOR W.ProCórdobaAFIRMATIVO
BALLEJOS, NANCYProEntre RíosAFIRMATIVO
BANFI, KARINAUcr - Union Civica RadicalBuenos AiresAFIRMATIVO
BENEDETTI, ATILIOUcr - Union Civica RadicalEntre RíosAFIRMATIVO
BENEDIT, BELTRANLa Libertad AvanzaEntre RíosAFIRMATIVO
BENEGAS LYNCH, BERTIELa Libertad AvanzaBuenos AiresAFIRMATIVO
BESANA, GABRIELAProBuenos AiresAFIRMATIVO
BIANCHETTI, EMMANUELProMisionesAFIRMATIVO
BONACCI, ROCIOLa Libertad AvanzaSanta FeAFIRMATIVO
BONGIOVANNI, ALEJANDROProSanta FeAFIRMATIVO
BORNORONI, GABRIELLa Libertad AvanzaCórdobaAFIRMATIVO
BORREGO, VICTORIACoalicion CivicaBuenos AiresAFIRMATIVO
BRAMBILLA, SOFIAProCorrientesAFIRMATIVO
BROUWER DE KONING, GABRIELAUcr - Union Civica RadicalCórdobaAFIRMATIVO
BRUGGE, JUAN FERNANDOEncuentro FederalCórdobaAFIRMATIVO
CALLETTI, PAMELAInnovacion FederalSaltaAFIRMATIVO
CAMPAGNOLI, MARCELACoalicion CivicaBuenos AiresAFIRMATIVO
CAMPERO, MARIANOUcr - Union Civica RadicalTucumánAFIRMATIVO
CAPOZZI, SERGIO EDUARDOProRio NegroAFIRMATIVO
CARBAJAL, FERNANDODemocracia Para SiempreFormosaAFIRMATIVO
CARRIZO, ANA CARLADemocracia Para SiempreC.A.B.A.AFIRMATIVO
CARRIZO, SOLEDADUcr - Union Civica RadicalCórdobaAFIRMATIVO
CERVI, PABLOUcr - Union Civica RadicalNeuquénAFIRMATIVO
CHUMPITAZ, GABRIEL FELIPEProSanta FeAFIRMATIVO
COBOS, JULIOUcr - Union Civica RadicalMendozaAFIRMATIVO
COLI, MARCELADemocracia Para SiempreLa PampaAFIRMATIVO
CORREA LLANO, FACUNDOLa Libertad AvanzaMendozaAFIRMATIVO
D'ALESSANDRO, CARLOSLa Libertad AvanzaSan LuisAFIRMATIVO
DE LOREDO, RODRIGOUcr - Union Civica RadicalCórdobaAFIRMATIVO
DE SENSI, MARIA FLORENCIAProBuenos AiresAFIRMATIVO
DIEZ, ROMINALa Libertad AvanzaSanta FeAFIRMATIVO
DOMINGO, AGUSTINInnovacion FederalRio NegroAFIRMATIVO
EMMA, NICOLASLa Libertad AvanzaC.A.B.A.AFIRMATIVO
ESPERT, JOSE LUISLa Libertad AvanzaBuenos AiresAFIRMATIVO
FALCONE, EDUARDOMid - Movimiento De Integracion Y DesarrolloBuenos AiresAFIRMATIVO
FERNANDEZ MOLERO, DAIANAProC.A.B.A.AFIRMATIVO
FERNANDEZ, AGUSTINIndependenciaTucumánAFIRMATIVO
FERNANDEZ, CARLOS ALBERTOInnovacion FederalMisionesAFIRMATIVO
FERNANDEZ, ELIA MARINAIndependenciaTucumánAFIRMATIVO
FERRARO, MAXIMILIANOCoalicion CivicaC.A.B.A.AFIRMATIVO
FIGUEROA CASAS, GERMANAProSanta FeAFIRMATIVO
FINOCCHIARO, ALEJANDROProBuenos AiresAFIRMATIVO
FRADE, MONICACoalicion CivicaBuenos AiresAFIRMATIVO
GARCIA ARESCA, IGNACIOEncuentro FederalCórdobaAFIRMATIVO
GARCIA, CARLOSLa Libertad AvanzaChacoAFIRMATIVO
GARRAMUÑO, RICARDOBloque Sin DefinirTierra del FuegoAFIRMATIVO
GIORGI, MELINADemocracia Para SiempreSanta FeAFIRMATIVO
GIUDICI, SILVANAProC.A.B.A.AFIRMATIVO
GIULIANO, DIEGO A.Union Por La PatriaSanta FeAFIRMATIVO
GONZALEZ, GERARDO GUSTAVOLa Libertad AvanzaFormosaAFIRMATIVO
GUTIERREZ, CARLOSEncuentro FederalCórdobaAFIRMATIVO
GUTIERREZ, RAMIROUnion Por La PatriaBuenos AiresAFIRMATIVO
HUESEN, GERARDOLa Libertad AvanzaTucumánAFIRMATIVO
IBAÑEZ, MARIA CECILIAMid - Movimiento De Integracion Y DesarrolloCórdobaAFIRMATIVO
IGLESIAS, FERNANDO ADOLFOProC.A.B.A.AFIRMATIVO
JULIANO, PABLODemocracia Para SiempreBuenos AiresAFIRMATIVO
KLIPAUKA LEWTAK, FLORENCIALa Libertad AvanzaMisionesAFIRMATIVO
LEMOINE, LILIALa Libertad AvanzaBuenos AiresAFIRMATIVO
LITZA, MONICAUnion Por La PatriaBuenos AiresAFIRMATIVO
LLANCAFILO, OSVALDOMovimiento Popular NeuquinoNeuquénAFIRMATIVO
LLANO, MERCEDESLa Libertad AvanzaMendozaAFIRMATIVO
LOMBARDI, HERNANProBuenos AiresAFIRMATIVO
LOPEZ, JUAN MANUELCoalicion CivicaBuenos AiresAFIRMATIVO
LOSPENNATO, SILVIAProBuenos AiresAFIRMATIVO
MACYSZYN, LORENALa Libertad AvanzaBuenos AiresAFIRMATIVO
MANES, FACUNDODemocracia Para SiempreBuenos AiresAFIRMATIVO
MAQUIEYRA, MARTINProLa PampaAFIRMATIVO
MARQUEZ, NADIALa Libertad AvanzaNeuquénAFIRMATIVO
MARTINEZ, ALVAROLa Libertad AvanzaMendozaAFIRMATIVO
MAYORAZ, NICOLASLa Libertad AvanzaSanta FeAFIRMATIVO
MEDINA, GLADYSIndependenciaTucumánAFIRMATIVO
MILMAN, GERARDOProBuenos AiresAFIRMATIVO
MIRABELLA, ROBERTODefendamos Santa FeSanta FeAFIRMATIVO
MONTENEGRO, GUILLERMOLa Libertad AvanzaBuenos AiresAFIRMATIVO
MONTI, FRANCISCOUcr - Union Civica RadicalCatamarcaAFIRMATIVO
MORAN, MICAELAUnion Por La PatriaBuenos AiresAFIRMATIVO
MORCHIO, FRANCISCOEncuentro FederalEntre RíosAFIRMATIVO
MORENO OVALLE, JULIOLa Libertad AvanzaSaltaAFIRMATIVO
MORENO, MARIA DE LOS ANGELESProduccion Y TrabajoSan JuanAFIRMATIVO
NIERI, LISANDROUcr - Union Civica RadicalMendozaAFIRMATIVO
NUÑEZ, JOSEProSanta FeAFIRMATIVO
OLIVETO LAGO, PAULACoalicion CivicaC.A.B.A.AFIRMATIVO
OMODEO, PAULACreoTucumánAFIRMATIVO
OROZCO, EMILIALa Libertad AvanzaSaltaAFIRMATIVO
PAGANO, MARCELA MARINALa Libertad AvanzaBuenos AiresAFIRMATIVO
PAPONET, LILIANAUnion Por La PatriaMendozaAFIRMATIVO
PASSO, MARCELA FABIANAUnion Por La PatriaBuenos AiresAFIRMATIVO
PAULI, SANTIAGOLa Libertad AvanzaTierra del FuegoAFIRMATIVO
PELUC, JOSELa Libertad AvanzaSan JuanAFIRMATIVO
PICAT, LUIS ALBINOUcr - Union Civica RadicalCórdobaAFIRMATIVO
PICHETTO, MIGUEL ANGELEncuentro FederalBuenos AiresAFIRMATIVO
PICON MARTINEZ, NANCY VIVIANAProduccion Y TrabajoSan JuanAFIRMATIVO
PIPARO, CAROLINALa Libertad AvanzaBuenos AiresAFIRMATIVO
PONCE, MARIA CELESTELa Libertad AvanzaCórdobaAFIRMATIVO
QUETGLAS, FABIO JOSEUcr - Union Civica RadicalBuenos AiresAFIRMATIVO
QUINTAR, MANUELLa Libertad AvanzaJujuyAFIRMATIVO
QUIROZ, MARILUProChacoAFIRMATIVO
RANDAZZO, FLORENCIOEncuentro FederalBuenos AiresAFIRMATIVO
RAZZINI, VERONICAProSanta FeAFIRMATIVO
REYES, ROXANAUcr - Union Civica RadicalSanta CruzAFIRMATIVO
RITONDO, CRISTIAN A.ProBuenos AiresAFIRMATIVO
RODRIGUEZ MACHADO, LAURAProCórdobaAFIRMATIVO
RUIZ, YAMILAInnovacion FederalMisionesAFIRMATIVO
SANCHEZ, ROBERTO ANTONIOUcr - Union Civica RadicalTucumánAFIRMATIVO
SANTILLAN JUAREZ BRAHIM, JULIANALa Libertad AvanzaBuenos AiresAFIRMATIVO
SANTILLI, DIEGOProBuenos AiresAFIRMATIVO
SANTURIO, SANTIAGOLa Libertad AvanzaBuenos AiresAFIRMATIVO
SARAPURA, NATALIA SILVINAUcr - Union Civica RadicalJujuyAFIRMATIVO
SELVA, SABRINAUnion Por La PatriaBuenos AiresAFIRMATIVO
SNOPEK, GUILLERMOUnion Por La PatriaJujuyAFIRMATIVO
SOTOLANO, MARIAProBuenos AiresAFIRMATIVO
STOLBIZER, MARGARITAEncuentro FederalBuenos AiresAFIRMATIVO
TAVELA, DANYADemocracia Para SiempreBuenos AiresAFIRMATIVO
TETAZ, MARTIN ALBERTOUcr - Union Civica RadicalC.A.B.A.AFIRMATIVO
TODERO, PABLOUnion Por La PatriaNeuquénAFIRMATIVO
TORRES, ALEJANDRAEncuentro FederalCórdobaAFIRMATIVO
TORTORIELLO, ANIBALProRio NegroAFIRMATIVO
TOURNIER, JOSE FEDERICOUcr - Union Civica RadicalCorrientesAFIRMATIVO
TREFFINGER, CESARLa Libertad AvanzaChubutAFIRMATIVO
VANCSIK, DANIELInnovacion FederalMisionesAFIRMATIVO
VASQUEZ, PATRICIAProBuenos AiresAFIRMATIVO
VEGA, YOLANDAInnovacion FederalSaltaAFIRMATIVO
VERASAY, PAMELA FERNANDAUcr - Union Civica RadicalMendozaAFIRMATIVO
VIDAL, MARIA EUGENIAProC.A.B.A.AFIRMATIVO
VILLAVERDE, LORENALa Libertad AvanzaRio NegroAFIRMATIVO
YEDLIN, PABLO RAULUnion Por La PatriaTucumánAFIRMATIVO
YEZA, MARTINProBuenos AiresAFIRMATIVO
ZAGO, OSCARMid - Movimiento De Integracion Y DesarrolloC.A.B.A.AFIRMATIVO
ZAPATA, CARLOS RAULLa Libertad AvanzaSaltaAFIRMATIVO

Seguidamente el 20 de febrero, la Cámara de Senadores aprobó la ley venida del Ejecutivo, sin cambiarle una coma. A libro cerrado, con una sola votación en particular y general, con 46 votos afirmativos, 21 negativos, y ninguna abstención. Los brahmanes o senazombis que inmediatamente después el 12 de febrero, firmaron el dictamen de mayoría convalidando el proyecto del Poder Ejecutivo con la venía de Diputados, fueron:

Juan Pagotto, Luis Juez, Edith Terenzi, Beatriz Ávila, Carlos Arce, Pablo Blanco, Mercedes Valenzuela, Carolina Losada, y Juan C. Romero. En la siguiente tabla se encuentra también el listado de legisladores  brahmanes o senazombis que dieron su voto afirmativo al respecto para la sanción de la ley, para la debida memoria del lector.

Listado senadores que avalaron el juicio en ausencia en causa AMIA
SenadorBloqueProvincia¿Cómo votó?
ABAD, MAXIMILIANOUNIÓN CÍVICA RADICALBUENOS AIRESAFIRMATIVO
ABDALA, BARTOLOMÉ ESTEBANLA LIBERTAD AVANZASAN LUISAFIRMATIVO
ALVAREZ RIVERO, CARMENFRENTE PROCÓRDOBAAFIRMATIVO
ANDRADA, GUILLERMO EDUARDOCONVICCIÓN FEDERALCATAMARCAAFIRMATIVO
ARCE, CARLOS OMARFRENTE RENOVADOR DE LA CONCORDIA SOCIALMISIONESAFIRMATIVO
ARRASCAETA, IVANNA MARCELALA LIBERTAD AVANZASAN LUISAFIRMATIVO
ATAUCHE, EZEQUIELLA LIBERTAD AVANZAJUJUYAFIRMATIVO
AVILA, BEATRIZ LUISAPOR LA JUSTICIA SOCIALTUCUMÁNAFIRMATIVO
BEDIA, VILMA FACUNDALA LIBERTAD AVANZAJUJUYAFIRMATIVO
BENSUSÁN, DANIEL PABLOFRENTE NACIONAL Y POPULARLA PAMPAAFIRMATIVO
BLANCO, PABLO DANIELUNIÓN CÍVICA RADICALTIERRA DEL FUEGO, ANTÁRTIDA E ISLAS DEL ATLÁNTICO SURAFIRMATIVO
CARAMBIA, JOSÉ MARÍAPOR SANTA CRUZSANTA CRUZAFIRMATIVO
CREXELL, CARMEN LUCILAMOVIMIENTO NEUQUINONEUQUÉNAFIRMATIVO
CRISTINA, ANDREA MARCELAFRENTE PROCHUBUTAFIRMATIVO
DE ANGELI, ALFREDO LUISFRENTE PROENTRE RÍOSAFIRMATIVO
ESPÍNOLA, CARLOS MAURICIOUNIDAD FEDERALCORRIENTESAFIRMATIVO
FAMA, FLAVIO SERGIOUNIÓN CÍVICA RADICALCATAMARCAAFIRMATIVO
GADANO, NATALIA ELENAPOR SANTA CRUZSANTA CRUZAFIRMATIVO
GALARETTO, EDUARDO HORACIOUNIÓN CÍVICA RADICALSANTA FEAFIRMATIVO
GOERLING LARA, ENRIQUE MARTINFRENTE PROMISIONESAFIRMATIVO
HUALA, MARÍA VICTORIAFRENTE PROLA PAMPAAFIRMATIVO
JUEZ, LUIS ALFREDOFRENTE PROCÓRDOBAAFIRMATIVO
JURI, MARIANAUNIÓN CÍVICA RADICALMENDOZAAFIRMATIVO
KRONEBERGER, DANIEL RICARDOUNIÓN CÍVICA RADICALLA PAMPAAFIRMATIVO
LOSADA, CAROLINAUNIÓN CÍVICA RADICALSANTA FEAFIRMATIVO
LOUSTEAU, MARTÍNUNIÓN CÍVICA RADICALCIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRESAFIRMATIVO
MANZUR, JUAN LUISFRENTE NACIONAL Y POPULARTUCUMÁNAFIRMATIVO
MENDOZA, SANDRA MARIELAFRENTE NACIONAL Y POPULARTUCUMÁNAFIRMATIVO
MOISES, MARÍA CAROLINACONVICCIÓN FEDERALJUJUYAFIRMATIVO
MONTENEGRO, GERARDO ANTENORFRENTE NACIONAL Y POPULARSANTIAGO DEL ESTEROAFIRMATIVO
NEDER, JOSÉ EMILIOFRENTE NACIONAL Y POPULARSANTIAGO DEL ESTEROAFIRMATIVO
OLALLA, STELLA MARISUNIÓN CÍVICA RADICALENTRE RÍOSAFIRMATIVO
OLIVERA LUCERO, BRUNO ANTONIOLA LIBERTAD AVANZASAN JUANAFIRMATIVO
PAGOTTO, JUAN CARLOSLA LIBERTAD AVANZALA RIOJAAFIRMATIVO
PAOLTRONI, FRANCISCO MANUELLIBERTAD, TRABAJO Y PROGRESOFORMOSAAFIRMATIVO
ROJAS DECUT, SONIA ELIZABETHFRENTE RENOVADOR DE LA CONCORDIA SOCIALMISIONESAFIRMATIVO
ROMERO, JUAN CARLOSCAMBIO FEDERALSALTAAFIRMATIVO
SALINO, FERNANDO ALDOCONVICCIÓN FEDERALSAN LUISAFIRMATIVO
SILVA, MÓNICA ESTHERJUNTOS SOMOS RÍO NEGRORÍO NEGROAFIRMATIVO
TAGLIAFERRI, GUADALUPEFRENTE PROCIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRESAFIRMATIVO
TERENZI, EDITH ELIZABETHDESPIERTA CHUBUTCHUBUTAFIRMATIVO
VALENZUELA, MERCEDES GABRIELAUNIÓN CÍVICA RADICALCORRIENTESAFIRMATIVO
VIGO, ALEJANDRA MARÍAUNIDAD FEDERALCÓRDOBAAFIRMATIVO
VISCHI, EDUARDO ALEJANDROUNIÓN CÍVICA RADICALCORRIENTESAFIRMATIVO
ZIMMERMANN, VICTORUNIÓN CÍVICA RADICALCHACOAFIRMATIVO
El pedido de elevación a juicio en ausencia del esperpento de la causa AMIA

Tras la sanción de la ley, el 8 de abril pasado el titular de la UFI AMIA, Sebastián Basso, solicitó juez federal interinamente a cargo del Juzgado Federal N° 6, Daniel Rafecas, la aplicación de la flamante ley en ausencia.

El comunicado emitido por el mencionado fiscal dice que “en línea con los dictámenes emitidos por la UFI AMIA el 25 de octubre de 2006 y el 20 de mayo de 2009, requirió el juzgamiento de Alí Fallahijan (ex presidente Irán), Alí Akbar Velayati (ex canciller iraní), Mohsen Rezai (ex Jefe Guardia Revolucionaria), Ahmad Vahidi (ex Jefe fuerza de élite “Al Quds”), Hadi Soleimanpour (ex embajador iraní en Argentina), Mohsen Rabbani (ex agregado cultural embajada en Argentina), Ahmad Reza Asghari (ex secretario en embajada en Argentina), Salman Raouf Salman, Abdallah Salman y Hussein Mounir Mouzannar (jefe Inteligencia Hezbollah)”.

Agregando, como lavándose las manos al respecto, y endilgándo la responsabilidad al fallecido fiscal Nisman: “en esas oportunidades la UFI AMIA había argumentado que el atentado fue ejecutado por la división armada y clandestina de la organización de origen libanés Hezbollah, con autorización, directivas y financiamiento de quienes por entonces se encontraban a cargo del gobierno de la República Islámica de Irán y de la representación diplomática de ese país en la Argentina”.

Según trascendió en la prensa, ya que el dictamen no se hizo público, el brahman o fiscalzombi Basso también pidió al juez Rafecas, que requiriera a Interpol la captura internacional y se lo incluyera en el juicio en ausencia al Ayotalah Alí Khamenei, la máxima autoridad política y religiosa se Irán. Algo así como pedir la detención de la Reina  Isabel con motivo del crimen de guerra del crucero Gral. Belgrano, hundido pérfidamente fuera de la zona de exclusión demarcada previamente por Inglaterra.

Ver GUERRA MALVINAS: Los mensajes secretos a través de LN con el topo Costa Méndez 10 – El crimen del Belgrano

El aceitoso fallo del juez Rafecas, si pero ni

Por su parte el juez Rafecas, debería haberse apartado al respecto, al ser asesor del Museo del Holocausto, y haber escrito obras al respecto muy estimadas por la colectividad judía. Quien cuenta además, como otro antecedente negativo al respecto, el haber procesado a la diputada nacional Vanina Biasi, por su defensa de la causa palestina, y haber comparado el accionar de Israel en Gaza con el de los nazis, no obstante contar como diputada con absoluta inmunidad de opinión.

Sin embargo, tras detallar la sarasa del fiscal brahmán Basso respecto la viabilidad del juicio en ausencia, el 26 de junio pasado, en la causa AMIA N° 8.566/96, caratulada antaño “Coppe, Juan C. y otros s/ Asociación ilícita y otros”, Rafecas se despachó diciendo:

“El acusador público afirma que la decisión de cometer el atentado fue adoptada el 14 de agosto de 1993, en la ciudad iraní de Mashhad, durante una reunión del llamado “Comité de Asuntos Especiales” del régimen iraní, compuesto por las más altas autoridades del Estado, entre ellas el entonces Presidente Alí Akbar Rafsanjani (fallecido), el Ministro de Relaciones Exteriores Alí Akbar Velayati, el Ministro de Información Alí Fallahijan y el Líder Supremo Alí Khamenei, quien emitió la orden ejecutiva o “fatwa” que habilitó la operación.”

“También participaron, convocados desde Argentina, Mohsen Rabbani y Ahmad Reza Asghari, en calidad de consultores. El plan fue diseñado por la “Oficina de Inteligencia y Seguridad” del régimen iraní, compuesta, entre otros, por los nombrados y por los jefes del Cuerpo de la Guardia Revolucionaria (Pasdaran), Mohsen Rezai y Ahmad Vahidi, jefe de la Fuerza Quds.”

Agregando más adelante: “El Sr. Fiscal describe la cadena de responsabilidades individuales en la ejecución del atentado. Se atribuye a Alí Khamenei la emisión de la orden ejecutiva; a Alí Fallahijan la coordinación de los agentes de inteligencia iraní; a Velayati la provisión de cobertura diplomática; a Rezai y Vahidi la planificación operativa a través del Pasdaran y la Fuerza Quds; a Soleimanpour el encubrimiento y la facilitación desde la Embajada iraní en Buenos Aires; a Rabbani el diseño y ejecución de la logística local; a Asghari la gestión del correo diplomático y tareas de enlace; y a Salman Raouf Salman la coordinación del grupo operativo que llevó adelante la detonación.”

Y como lavándose las manos, el juez brahman o juezombi Rafecas, sin ponderar  en manera alguna las pruebas que esgrime el fiscal brahman o fiscalzombi, continúa diciendo más adelante: “El Sr. Instructor expone los fundamentos probatorios y de contexto que sustentan las imputaciones dirigidas contra las personas que, conforme al análisis del Ministerio Público Fiscal, resultan penalmente responsables del atentado investigado.”

Agregando a lo Poncio Pilatos más adelante: “En relación al hecho concreto, el Sr. Fiscal indica que la imputación se sostiene en un conjunto de elementos de prueba directa e indirecta, entre los que se destacan: testimonios, documentos oficiales, informes de inteligencia, peritajes técnicos, intervenciones telefónicas, seguimientos migratorios y bancarios, así como declaraciones de testigos protegidos y agentes internacionales.”

Los puntos de vistas de las querellas y la defensa

Seguidamente el juezombi Rafecas se dedica a exponer los puntos de vistas de la querellas: la AMIA, que con su presidente Amos Linetzk, con patrocinio de Miguel Bronfman, adhirió al pedido fiscal. Lo mismo hizo lógicamente su impulsor, la DAIA, con su presidente Mauro Berenstein.

Por su parte “Memoria Activa”, representada por Rodrigo Borda, el apoderado de Diana Wassner, manifestó su rotunda oposición al juicio en ausencia, ante la seguridad de eso iba a ser un nuevo esperpento por parte de la justicia bananera de Comodoro Py, conforme sus antecedentes, haciendo al respecto una profunda crítica a lo actuado hasta ese momento.

Otra tanto hizo Asociación 18J – Sobrevivientes, Familiares y Amigos de las Víctimas del Atentado a la AMIA, encabezada por Juan Isidoro Degtiar y representada por Horacio Etcheverry. Quien no solo lo cuestiono por inconstitucional, sino que era la “forma de clausura artificial de la investigación, sin alcanzar un verdadero esclarecimiento de los hechos… la presente causa ha estado “supeditada a los permanentes vaivenes políticos nacionales e internacionales… y se ha promovido como parte de “una nuevo capítulo de esta interminable trama de intereses”, ajena a la obtención de justicia”.

Otro tanto hizo Agrupación por el Esclarecimiento de la Masacre Impune de la AMIA -APEMIA, que expresó su “…rotundo rechazo a la pretensión fiscal…”, por considerar, entre otras cuestiones, que “…más allá de la falta de garantías elementales para la aplicación de un proceso judicial en ausencia del imputado y de las enormes deficiencias de la ley sancionada […], lo cierto es que sorprende la premura en querer aplicar la ley de juicio en ausencia (creada a medida de la causa AMIA) cuando la investigación debería profundizarse y verificar la hipótesis acusatoria, máxime existiendo elementos de convicción obrantes en los archivos secretos que ni siquiera han sido procesados y no se encuentran disponibles (ni para la fiscalía) y otros que ni siquiera han sido debidamente analizados…” Explayándose a continuación largamente al respecto.

Por su parte la querella constituida por Luis Czyzeweski y Mario Averbuch, previo a la presentación del fiscalzombi Basso, ya había solicitado lo mismo, dando por sentado que la cúpula del gobierno iraní es la responsable del ataque. Por su parte la Defensa, a cargo defensor público oficial Dr. Hernán Diego Silva, se opuso al juicio en ausencia, planteando la inconstitucionalidad de dicha ley y formulando reserva del caso federal.

La gambeta de Rafecas

A continuación, a lo largo de 60 páginas, desde la 37, el juezombi o brahmán carente de inteligencia Rafecas hizo un largo ensayo respeto “El enfoque del Tribunal con relación al nuevo instituto reglado en la ley 27.784”. Llegando a la conclusión de que “el juicio en ausencia, lejos de significar una excepción regresiva, se presenta como una respuesta evolutiva y constitucionalmente adecuada ante la gravedad del hecho investigado, la sistemática obstaculización del proceso, y la necesidad de cerrar el ciclo de impunidad que ha marcado este expediente desde sus inicios.”

Pero seguidamente, acorde con la modificación introducida por la ley de juicio en ausencia (artículo 343 ter) que dispone -conforme la estrategia de progresividad que distingue a los hebreos- que “el juez o tribunal declarará, por auto fundado, que el proceso prosigue en ausencia”, en 3. Hecho y situación procesal de los imputados”, el juezombi Rafecas le puso un prudente freno de mano al asunto, diciendo:

“El requerimiento fiscal delimita con precisión los hechos objeto de imputación, las figuras penales presuntamente aplicables y las conductas atribuidas individualmente a cada uno de los acusados. Así, ha identificado a cada uno de los arriba nombrados como partícipes de diversos hechos con relevancia penal, cuya descripción y encuadre han sido formulados en el dictamen.”

“Sin embargo, corresponde destacar que el objeto de esta resolución no radica en analizar en profundidad las imputaciones efectuadas ni en fijar con carácter definitivo la plataforma fáctica o jurídica de los hechos investigados. Antes bien, y conforme lo establece el artículo 290 del Código Procesal Penal de la Nación, este auto interlocutorio tiene por finalidad exclusiva verificar la concurrencia de los extremos que autorizan la prosecución de la causa, en este caso bajo la modalidad prevista por la Ley 27.784 para los procesos en ausencia, para luego si dictar las resoluciones que permitan el avance hacia el contradictorio.”

“En este sentido, lo que aquí se resuelve es estrictamente la viabilidad de continuar el trámite de la causa con prescindencia de la comparecencia de los imputados, a partir de la verificación de los requisitos establecidos por el ordenamiento vigente y sobre la base del material probatorio incorporado en autos.”

“No se trata, por tanto, de emitir pronunciamiento alguno respecto del mérito sustantivo de las imputaciones, ni de anticipar el juicio que oportunamente deberá emitirse sobre la participación concreta de cada uno de los imputados en los hechos investigados., lo que deberá ser materia de un pronunciamiento posterior.”

Probablemente con su carácter de juez suplente, el juezombi Rafecas, tratará de no ser él el que se pronuncie al respecto. Pero al menos le dejó la puerta abierta a quien resulte designado en ese juzgado por el Poder Ejecutivo y del Senado. Quien seguramente, para lograr su designación como tal, asumirá con el compromiso de dar por válidas las inexistentes  pruebas judiciales, basadas en el tortuoso Testigo “C”, que supuestamente acreditan la participación de la cúpula gubernamental iraní – o sea el estado de Irán- en el atentado.

Seguidamente el brahman o juezombi Rafecas, se dedicó en su falló a hacer otras consideraciones redundantes al respecto. Y bajo el título “Requisitos de procedencia del juicio en ausencia según el artículo 431 quáter del CPPN” (fojas 114)”, hizo malabares para dar por hecho que los distintos imputados estaban en “conocimiento del proceso”, conforme la ley argentina. No obstante que como se vio previamente, la jurisprudencia suprema europea establece que debe ser “efectivamente notificado” del proceso y la audiencia, y renunciar en forma expresa o tácita, de forma inequívoca, a su derecho de estar presente.

Finalmente, ante la oposición al juicio en ausencia manifestada por casi todos los querellantes damnificados, por desconfiar absolutamente en los artilugios de la justicia bananera de Comodoro Py, el juezombi Rafecas, sin tomar aparentemente conciencia del esperpento que estaba protagonizando, se despachó diciendo entre otras afirmaciones:

“Sé que no es fácil volver a confiar. Entiendo profundamente el temor, la angustia, incluso la desilusión que puede generar la idea de atravesar nuevamente un proceso judicial, sobre todo cuando ya hubo intentos previos que no terminaron como se esperaba. Ese temor a la revictimización, a exponerse, a recrear momentos dolorosos, o a enfrentarse otra vez con un sistema que alguna vez falló, es completamente legítimo. Pero también creo que no hacer nada sería aún peor.”

De esa manera el juezombi Rafecas, sentenció, como si eso de por si no fuera un acontecimiento: “Declarar, de conformidad con el artículo 431 quáter “in fine” que el presenta proceso habrá de proseguir en ausencia contra los antes nombrados”. Agregando a la nómina a Alí Fallahijan (ex ministro de Información iraní) pero no -por ahora- al Ayatolah Khamenei. Y no haciendo “lugar al pedido de inconstitucionalidad solicitado por la defensa.”

El esperpento en sesión continuada del caso AMIA en búsqueda de un casus belli contra Irán

Por su parte la prensa gráfica supuestamente seria e independiente, se encargó de difundir ampliamente la noticia, el mismo día en el que el juezombi le puso su mocho al fallo, pero sin informar respecto sus -por ahora- limitados y condicionales alcances. Dándolo al juicio en ausencia por hecho; lo anunció con títulos catástrofe LA NACION:

El esperpento en sesión continuada del caso AMIA en búsqueda de un casus belli contra Irán

Hito institucional: Habrá juicio en ausencia contra los acusados de volar la AMIA. Lo ordenó el juez Rafecas; será el primer proceso de ese tipo en el país”. Esperemos que el asunto, que nos introduce decididamente en el medio del demencial conflicto en Medio Oriente, por parte de una elite dirigencial, legislativa, y judicial que no ve más allá de sus narices, lo que explica la notable debacle de Argentina, no derive en una nueva catástrofe.-

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