La deuda externa a traído una perversión adicional, que consiste en que desde Nueva York se fija el valor de nuestra moneda con el dólar denominado CCL (Contado Con Liquidación). Que bien podría denominarse “Curro Contra Laburantes” por el alza continua de los precios que provoca, al arrastrar tras sí al dólar Blue.
Se trata de una operatoria para sacar capitales del país, comprando un título en pesos para venderlo en dólares en el exterior. Por eso su “fórmula magistral” es la siguiente, aunque nada tenga que ver con la economía real interna de Argentina.
Absurdamente se trata de la cotización de un título en dos mercados enteramente diferentes, con enormes asimetrías. Por eso el Dólar CCL en estos tiempos de enormes desbarajustes, ha adquirido una perversa dinámica. Consistente en que cuando el título sube la cotización en dólares en el exterior, sube proporcionalmente mas en pesos en Argentina. Y cuando baja su precio en el exterior, baja menos en Argentina.
Razón por la cual en definitiva, el resultado de esa fórmula, con pesos en el dividendo que varían proporcionalmente más o menos que los dólares en el divisor, es que el dólar CCL siempre sube. Y arrastra al dólar Blue o informal, que es lamentablemente el parámetro que los argentinos tenemos internalizados en nuestra psiquis, como consecuencia de los corralitos, quiebra de bancos y financieras, e hiperinflaciones que hemos soportado una tras otra en los últimos 50 años.
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La dominancia del Dólar CCL sobre el Dólar Blue, es muy fácil de demostrar, mediante el siguiente gráfico en donde se ha dividido el precio del Dólar CCL por el Dólar Blue. O sea tomando a este último como parámetro, a partir de las cotizaciones de ambos tras las PASO 2019. Oportunidad en la que ante el advenimiento de un nuevo gobierno, se desato una tormenta cambiaria que hasta la fecha lo único que ha hecho es acentuarse.
La línea azul es el cociente entre el CCL y Blue, y de esa manera los valores superiores a uno, es cuando el CCL está por arriba del Blue. Y los valores inferiores a uno, resaltados con el área coloreada, es cuando es el Blue el que esta por arriba del CCL. Y a simple vista se observan tres cosas:
- Que las subidas del dólar CCL son mucho más pronunciadas que sus caídas, alcanzado picos en que supera hasta casi un 30 % al Blue, mientras que este solo en algunas ocasiones supera al CCL un 15 %.
- Que las subidas previas del Dólar CCL, son las que impulsan las posteriores subidas del Dólar Blue, con un efecto de momentáneo sobre rebote.
- Que el área correspondiente a los valores mayores a uno del CCL, es visualmente mucho mayor que el área correspondiente a los valores menores que uno del Blue, destacada con el color.
En cuanto a este último punto, la suma de los valores netos mayores a uno, correspondientes al CCL, a lo largo del periodo del gráfico hasta el 5 de mayo, superan en un 179 % a las áreas netas menores a uno, correspondientes al Blue.
Lo que se agrava sustancialmente, si se consideran las áreas a partir del 1 de marzo de 2020, oportunidad en que el ex ministro Martín Guzmán, comenzó la renegociación de la deuda externa pública con los acreedores privados liderados por Larry Fink, el CEO de BlackRock. Trepando en este periodo la diferencia entre los valores positivos del CCL y los negativos del Blue a un 217 %.
La cuestión se agrava si se compara la diferencia que existió en el periodo previo de restricción cambiaria, ocurrido entre principios de 2013, cuando Ambito comenzó a publicar la cotización del Dólar CCL, y fines del 2015, cuando advino al gobierno de Cambiemos, con su promesa de liberar el corralito cambiario a costa de endeudamiento externo.
En dicho periodo por contrario, la dominancia era largamente del Dólar Blue sobre el Dólar CCL, ya que la diferencia fue de menos – 96 % en contra de este. Dato que revela una aviesa conducta por parte de quienes como BlackRock, pueden echar abajo las cotizaciones de los títulos en Nueva York, y manipular el alza de los títulos de los pesos en Argentina, tal como sucede casi abiertamente desde que comenzó la referida renegociación de la deuda con los acreedores.
Ver DOLAR: la crisis la generó la pésima negociación de la deuda del ministro Guzmán
Esto resulta en última instancia posible, por el total abandono por parte del Congreso de cumplir con su deber de “fijar el valor de la moneda”. Tal como lo expone el artículo que publicamos a continuación de Miguel Julio Rodríguez Villafañe, ex juez federal, abogado constitucionalista, miembro del Observatorio de la Deuda Pública Argentina, y periodista de opinión.
Redacción
Inaceptable que el FMI fije el valor de nuestra moneda
En Argentina, es bueno analizar la realidad legal del valor de nuestra moneda y las trampas que se ocultan, por quienes deciden, realmente, el valor de nuestro dinero, a espalda de quienes, por omisión, tienen la responsabilidad de hacerlo. En esto debo recordar algunos conceptos que ya referí en otra nota.
En Argentina la facultad de emitir moneda y determinar el valor respecto de las extranjeras, es potestad exclusiva del Estado Nacional, y es concretamente, el Congreso de la Nación (Diputados y Senadores) el autorizado a “hacer sellar moneda, fijar su valor y el de las extranjeras”, (art. 75 inc. 11 C.N.).
Además, el Congreso Nacional, entre otros aspectos básicos, tiene la responsabilidad, como deber ineludible, de “la defensa del valor de la moneda”, (art. 75 inc. 19 de la C.N.).
Asimismo, la reforma constitucional de 1994 introdujo un nuevo artículo, por el que prohíbe expresamente al Congreso “la delegación legislativa en el Poder Ejecutivo, salvo en materias determinadas de administración o de emergencia pública” y agrega la norma, que ello debe hacerse, obligatoriamente, “con plazo fijado para su ejercicio y dentro de las bases de la delegación que el Congreso establezca“, (art. 76 C.N.)
El Congreso de la Nación, el 07 de enero de 2002, dictó la Ley 25.561 por la cual eliminó la convertibilidad y declaró “la emergencia pública en materia social, económica, administrativa, financiera y cambiaria, delegando al Poder Ejecutivo nacional las facultades comprendidas en la ley, hasta el 10 de diciembre de 2003”. A su vez, mantuvo la prohibición de la “actualización monetaria”, (art. 10).
Ver El Congreso con oficialismo y oposición es el responsable del ilegal caos económico actual
Atento las facultades delegadas por el Congreso Nacional, el Poder Ejecutivo nacional quedó autorizado hasta diciembre de 2003, “para establecer el sistema que determinará la relación de cambio entre el peso y las divisas extranjeras, y dictar regulaciones cambiarias”, (art. 2). La autorización de la ley de emergencia referida tuvo prórrogas por la Ley 27.200 y después, por la Ley 27.345. La última norma llevó la emergencia hasta diciembre de 2019.
Pero el Fondo Monetario Internacional (FMI), en el acuerdo de Stand By del año 2018, exigió que la tasa de cambio debía superar a la inflación. De esa forma pasó a determinar, en los hechos, la política cambiaria, en sustitución del Congreso Nacional, en perjuicio de los intereses del país.
Luego, la Ley 27.541, de diciembre de 2019, de “Solidaridad Social y Reactivación Productiva en el marco de la Emergencia Pública”, no tiene mención alguna a la delegación del Congreso efectuada en el art 2 de la anterior ley de Emergencia, que se prorrogó dos veces. En razón de lo cual el atributo delegado al Poder Ejecutivo de fijar el valor de la moneda es inexistente en este momento.
La falta de mención a delegación alguna por tiempo determinado, como bien dice Javier Llorens, “se adecua perfectamente a lo pactado con el Acuerdo de Facilidades Extendidas con el Fondo Monetario Internacional (FMI) en el 2020, aprobado por el Congreso, con reticencias en relación con las pautas técnicas del mismo y el valor de la moneda, por orden del FMI debe seguir ajustándose por encima de la inflación. Convirtiéndose así esto, junto con las expectativas que genera el precio de los dólares paralelos fijados desde Nueva York, en la principal causa de ella.”
“Lo cual se ve sustancialmente agravado al generar el Poder Ejecutivo, sin contar con autorización alguna del Congreso, un caos cambiario, disponiendo la existencia de numerosos tipos de cambio, que van desde un valor básico oficial, hasta igualar el precio de los dólares paralelos, convalidando un pluriverso cambiario que es el verdadero motor de la inflación y del desquiciamiento de la economía monetaria Argentina”.
Luego, la Ley 27.668, de marzo de 2022, que aprobó el último acuerdo con el FMI, solo lo hizo respecto al endeudamiento, y no al programa, que dice que es cuestión del Poder Ejecutivo. O sea, que el Congreso Nacional no delegó en éste facultad alguna respecto al modo de fijar la moneda, ni convalidó lo impuesto por el FMI.
En la realidad, por ejemplo, la cotización del dólar CCL (Contado con Liquidación) o dólar blue, su valor depende, esencialmente, del precio de los títulos públicos de la deuda externa en la Bolsa de Nueva York que, en gran medida, lo determinan los grandes fondos de inversión como el Black Rock, en el que hay dineros buitres como los que administra Paul Singer y nos hizo arrodillar ante un juez de menor cuantía en Nueva York.
Atento lo mencionado, el modo actual para fijar valor cambiario de nuestra moneda respecto del dólar, viola las normas constitucionales referidas, que son superiores y obligatorias en su aplicación en la temática, atento la supremacía de la constitución nacional, (art. 31 C.N.).
Lo referido ha traído una inflación provocada por el precio de los dólares paralelos, que implicó una suerte de oficialización de los múltiples tipos de cambio, que conviven hoy en la economía argentina. Todo lo que, en definitiva, demuestra, que el crecimiento de la emisión y la base monetaria, no es la causa principal de la inflación. En realidad, ello se da por el accionar de grandes grupos de dinero que son los que realmente, en verdaderos golpes de estado de especulación financiera, empujan a una inflación ficticia en dólares, pero que, si baja el dólar, no necesariamente bajan los precios.
Por su parte, hay que superar los mensajes de algunos sectores políticos que pretenden directamente, que se asuma al dólar estadounidense como moneda, haciéndonos perder en ello, el manejo total de nuestro futuro económico.
En definitiva, es urgente que el Congreso Nacional, deje de mirar para otro lado y conforme al mandato constitucional, determine el modo de establecer el valor del signo monetario argentino, en base a criterios soberanos, con instrucciones precisas y objetivas, por tiempos determinados y el control debido del cumplimiento adecuado de lo que se disponga. No se puede aceptar que diputados o senadores nacionales se enteren por los diarios del manejo del valor de la moneda, fijado por quienes no representan la voluntad constitucional que lo hagan.-
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