El Congreso con oficialismo y oposición es el responsable del ilegal caos económico actual

La Constitución Nacional tan meneada por la oposición, instituye que es el Congreso el que establece el valor de las monedas extranjeras. Eso hizo durante la Convertibilidad, fijándola en un peso por dólar. Tras la salida de ella en el 2002, el Congreso delegó en el Poder Ejecutivo esa atribución, la que tras sucesivas prorrogas […]

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Defeccion Congreso, caos cambiario, violacion Constitución

La Constitución Nacional tan meneada por la oposición, instituye que es el Congreso el que establece el valor de las monedas extranjeras. Eso hizo durante la Convertibilidad, fijándola en un peso por dólar. Tras la salida de ella en el 2002, el Congreso delegó en el Poder Ejecutivo esa atribución, la que tras sucesivas prorrogas venció a fines del 2019.

A partir de allí se fue generando un ilegal caos cambiario, que es la verdadera causa de la actual inflación galopante. Tal como lo reconoció el economista ortodoxo Carlos Melconian -uno de los artífices de la estatización de la deuda privada durante el Plan Austral- quien en un reciente reportaje ante TN afirmó que el disparador por excelencia de la inflación es el tipo de cambio”.

El qué como se dijo, es constitucionalmente atribución directa del Congreso de la Nación. El cual no obstante desde fines de 2019 al asumir el actual Gobierno, ni la ejerció ni la delegó. Y así el país ilegalmente, por la pésima gestión del ministro de Economía Martín Guzmán, agravada por la de su sustituto el ex presidente de la Cámara de Diputados Sergio Massa, se fue hundiendo en un caos cambiario, que es el verdadero motor de la inflación a la que nadie atina como desactivar.

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Propulsado principalmente porque el precio de los dólares paralelos, denominados dólares bolsa o blues, los fijan los lobos de Wall Street, con la cotización de los bonos de la deuda en Nueva York, que cotizan a precios de default. A cuyos precios el mismo gobierno absurdamente se encarga de convalidar, con los dólares Solidario, Turista, etc. Y como si fuera poco, a ello se sumó el FMI, ordenando que la devaluación del dólar oficial deba superar a la inflación, realimentando a esta como un perro que se quiere morder la cola.

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La comparación de los índices correspondientes a las principales variables cambiarias y monetarias a partir de diciembre de 2019, muestra más que claramente que el actual proceso inflacionario que azota perversamente a la población, es producto del caos cambiario producido por la defección del Congreso de la Nación de cumplir con su deber. Tal como se puede apreciar en el siguiente gráfico.

Defeccion Congreso, caos cambiario, violacion Constitución

En el mismo, que es una verdadera imagen del caos cambiario, se puede apreciar qué entre fines de 2019 hasta septiembre 2022, el dólar CCL aumento 4,43 veces (343 %), mientras que el dólar MEP lo hizo 4,26 veces; el dólar Blue 4,23 veces; el dólar Turista aprobado a principios de octubre, 4,12 veces; y el dólar Solidario 3,3 veces.

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Por su parte la Inflación lo hizo 3,28 veces; la cotización del Peso argentino oro, que aún está vigente 2,66 veces; y el dólar oficial 2,44 veces. Por su parte la base monetaria, a la que convertida en enemigo pública nº 1 se le achaca erróneamente la inflación, solo creció 2,33 veces. O sea un 29 % por debajo de la Inflación.

Lo cual denota a la par, la gravísima defección en sus deberes y atribuciones por parte del Congreso de la Nación. Al haber posibilitado con su inacción, un enorme caos cambiario, que es el verdadero responsable del desbocado proceso inflacionario actual. Al no cumplir con su deber de fijar el valor de la moneda extranjera, que es un precio esencial en las economías modernas. Y más aún en la de Argentina con la psicopatología de sus habitantes por el precio del dólar.

Responsabilidad que es achacable tanto al oficialismo como a la oposición, dado el equilibrio de fuerzas existentes en el Congreso. En el cual en su reemplazo, se discute sobre insignificancias, bagatelas, o cosas imposibles. Como querer dolarizar la economía, no obstante que la Constitución lo impide. O hacerle pagar impuesto a las Ganancias a los jueces, que lo primero que hacen es cuidar sus bolsillos. Eso sin considerar los intercambios de reproches e injurias qué como barras bravas intercambian a diario, por si y a través de sus medios afines.

Medidas para paliar el caos cambiario, hay varias. Tales como suprimir el bimonetarismo en la bolsa de valores, donde un mismo bono de la deuda externa se cotiza en pesos y dólares, de cuya relación de precios surgen los precios de los dólares bolsa, CCL y MEP. E incluso se debería suspender la cotización de los bonos de la deuda externa, dado el bajísimo valor conque cotizan aquí y en el mundo, a precios de default. Y además está la receta tradicional de desdoblar el mercado cambiario, en uno comercial y otro financiero, y regular ambos buscando su convergencia.

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Pero además hay incluso al alcance de la mano de los argentinos, una verdadera solución al caos cambiario y la inflación, si existiera realmente una elite política en Argentina. Y no una dirigencia degradada hasta la exasperación, con una ramplonería intelectual como nunca se ha visto hasta ahora. Que acepta pasivamente, no solo que la emisión monetaria inexistente -lamentablemente yugulada con las Leliq- es la causa de la inflación.

Sino también que la causa del caos cambiario es producto de la carencia de dólares, pomposamente denominada “restricción externa”. Al mismo tiempo que el presidente del Banco Central Miguel Angel Pesce, afirma muy suelto de cuerpo, que en Argentina hay escondidos en cajas de seguridad, en latas, o bajo el colchón, 100 mil millones de dólares en billetes. En una proporción superior a la de algunas regiones de la Reserva Federal de EEUU.

Una dirigencia con algo de sabiduría, diría no importa si el gato es negro o blanco -o los billetes amarillos o verdes- si caza ratones. Igual que hizo China al asociarse productivamente con EEUU, aprovechando su ventaja comparativa de dos mil millones de brazos, que el régimen comunista debía alimentar todos los días. Para pasar ahora con su enorme desarrollo a amenazar la hegemonía de la potencia americana.

Ver DÓLAR: la locura autodestructiva de los argentinos y su solución

Por ello se podría decir que actualmente la política, sería el arte de movilizar y formalizar esa enorme masa de recursos existente, como una ventaja comparativa escondida. No solo para parar la inflación definitivamente, sino para poner en marcha un país que cuenta con una enorme disponibilidad de recursos humanos y naturales, sin tener que depender de la inversión extranjera. Que viene con la condición de quedarse con la parte del león, para llevársela puesta.

Si así no lo hicieren, tanto los integrantes del oficialismo y la oposición en el Congreso, quedarán bajo los alcances de haber incumplido con la ley y la Constitución, conforme advierte en el siguiente artículo el ex juez federal, abogado constitucionalista, y periodista de opinion, Miguel Julio Rodríguez Villafañe.
Redacción

Caos en la soberanía monetaria y defección del Congreso

Por Miguel Julio Rodríguez Villafañe

La moneda cumple un papel fundamental en la economía monetaria moderna en un Estado, ya que ella es una de las manifestaciones claras de la soberanía de una nación y de su unidad.

En Argentina la facultad de emitir moneda es potestad del Estado Nacional, y es el Congreso de la Nación el autorizado a “hacer sellar moneda, fijar su valor y el de las extranjeras”, (art. 75 inc. 11 C.N.).

A su vez, hay una explícita prohibición para que los poderes provinciales acuñen monedas, sin la autorización del Congreso Federal, (art. 126 C.N.).

La integración monetaria también permite desarrollar el adecuado intercambio comercial de las provincias entre sí y con las naciones extranjeras, (art. 75 inc. 13 C.N.).

Además, el artículo 75 inc. 19 de la C.N., al referirse a la responsabilidad del Congreso Nacional, entre otros aspectos básicos, le establece el deber de “la defensa del valor de la moneda”.

A lo que debe sumarse los pactos “Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales” y el de “Derechos Civiles y Políticos”, de jerarquía constitucional (art. 75 inc. 22 C.N.), que determinan que, todos los pueblos tienen el derecho de libre determinación, y en función de ello, “proveen a su desarrollo económico, social y cultural”.

Asimismo, la reforma constitucional de 1994 introdujo el artículo 76, que prohíbe al Congreso “la delegación legislativa en el Poder Ejecutivo, salvo en materias determinadas de administración o de emergencia pública, con plazo fijado para su ejercicio y dentro de las bases de la delegación que el Congreso establezca”.

El sistema monetario constitucional se complementa con la atribución del Congreso Nacional de “establecer y reglamentar un banco federal con facultad de emitir monedas”, (art. 75 inc. 6 C.N.).

Así, la “Carta Orgánica del Banco Central de la República Argentina (BCRA)” (Ley 24.144) dispone, que es una entidad autárquica cuya misión “primaria y fundamental” es promover, entre otros aspectos, “la estabilidad monetaria” y “deberá desarrollar una política monetaria y financiera dirigida a salvaguardar las funciones del dinero como reserva de valor”, (art. 3). También son funciones del banco, “f) Establecer y ejecutar la política cambiaria en un todo de acuerdo con la legislación que sancione el Honorable Congreso de la Nación”, (art. 4).

Leyes de emergencia

El Congreso de la Nación en enero de 2002 dictó la Ley 25.561 por la cual declaró “la emergencia pública en materia social, económica, administrativa, financiera y cambiaria, delegando al Poder Ejecutivo nacional las facultades comprendidas en la ley, hasta el 10 de diciembre de 2003”. Atento las referidas facultades delegadas por el Congreso Nacional, el Poder Ejecutivo nacional quedó facultado “para establecer el sistema que determinará la relación de cambio entre el peso y las divisas extranjeras, y dictar regulaciones cambiarias”, (art. 2). Esta ley de emergencia tuvo prórrogas por Ley 27.200 y luego, por Ley 27.345. Esta última llevó la emergencia hasta diciembre de 2019.

Pero el Fondo Monetario Internacional (FMI), en el acuerdo de Stand By del año 2018 exigió que la tasa de cambio debía superar a la inflación. De esa forma pasó a determinar la política cambiaria en sustitución del Congreso Nacional.

Luego, la Ley 27.541 de “Solidaridad Social y Reactivación Productiva en el marco de la Emergencia Pública”, de diciembre de 2019, no tiene mención alguna a la delegación del Congreso efectuada en el art 2 de la anterior ley de Emergencia. En razón de lo cual el atributo delegado al Poder Ejecutivo de fijar el valor de la moneda es inexistente en este momento.

La falta de mención a delegación alguna por tiempo determinado, con bien dice Javier Llorens, “se adecua perfectamente a lo pactado con el Acuerdo de Facilidades Extendidas con el FMI en el 2020, aprobado por el Congreso, con reticencias en relación con las pautas técnicas del mismo y el valor de la moneda, por orden del FMI debe seguir ajustándose por encima de la inflación. Convirtiéndose así esto, junto con las expectativas que genera el precio de los dólares paralelos fijados desde Nueva York, en la principal causa de ella. Lo cual se ve sustancialmente agravado al generar el Poder Ejecutivo, sin contar con autorización alguna del Congreso, un caos cambiario, disponiendo la existencia de numerosos tipos de cambio, que van desde un valor básico oficial, hasta igualar el precio de los dólares paralelos, convalidando un pluriverso cambiario que es el verdadero motor de la inflación y del desquiciamiento de la economía monetaria Argentina”.

Luego, la Ley 27.668, de marzo de 2022, que aprobó el último acuerdo con el FMI, solo lo hizo respecto al endeudamiento, y no al programa, que dice que es cuestión del Poder Ejecutivo. O sea, que no delego en éste facultad alguna respecto al modo de fijar la moneda, ni convalidó lo impuesto por el FMI.

Ver Guzmán el flautista de Hamelin del FMI con su plan inflacionario llevó el Congreso al abismo

En la realidad, la cotización del dólar CCL (Contado con Liquidación), su valor depende esencialmente del precio de los títulos públicos de la deuda externa en la Bolsa de Nueva York que, en gran medida, lo determinan los grandes fondos de inversión como Black Rock.

A su vez, lo referido ha traído una inflación provocada por el precio de los dólares paralelos, que implicó una suerte de oficialización de los múltiples tipos de cambio, que conviven hoy en la economía argentina. Después convalidados por el gobierno al tomarlo como base comparativa con el dólar oficial. Lo que en definitiva demuestra que la inflación no proviene sólo del crecimiento de la emisión y la base monetaria. Además, en realidad, esto empuja a una inflación ficticia, pero que, si baja el dólar, no necesariamente bajan los precios.

Inconstitucional modo de fijar el valor del peso argentino

Atento lo mencionado, el modo actual para fijar valor cambiario de nuestra moneda respecto del dólar, viola normas constitucionales referidas que son superiores (art. 31 Constitución Nacional).

Hay que superar los mensajes de algunos sectores políticos que pretenden directamente que se asuma al dólar estadounidense como moneda, haciéndonos perder el manejo total de nuestro futuro económico.

En definitiva, es urgente que el Congreso Nacional, conforme al mandato constitucional, determine el modo de establecer el valor del signo monetario argentino, en base a criterios soberanos, dirigidos al BCRA, con instrucciones precisas y objetivas, por tiempos determinados.

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