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Milei Sulei el Magnifico Iluminado, su justicia cruel con trabajadores y jubilados y la resistencia civil

Milei Sulei quiere aplicar su ley o ideología a ultranza, sometiendo a un tremendo sufrimiento a los argentinos. En su afán de abatir la inflación que prometió, concretó un enorme atraso del dólar, disimulado con un falso IPC INDEC. Que no quiere corregir, porque provocaría un fogonazo inflacionario, que lo malquistaría con su base electoral. Por ello profundizando al extremo el ajuste, pretende que la economía se ajuste al dólar Milei Sulei, teniendo como variable de ajuste lo laboral.
Milei Sulei el Magnifico Iluminado

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Hay personas y personajes que parece estar destinados a ser direccionados por su mismo apellido, como parece ser el caso del presidente Javier Milei. Cuyo apellido fónicamente suena igual que Mi Ley, lo que parece haber contribuido a su mesianismo consistente en tratar de aplicar su ley, su ideología anarco libertaria -que no se aplicó en ningún lugar del mundo- cueste lo que cueste. De allí que sus gobernados que la soportan con cada vez más penuria, bien pueden hablar del gobierno de Milei Sulei.

El Magnífico Iluminado, que ha transformado la república en una parodia, al exigir a los legisladores suyos y allegados, de que a los proyectos de ley que envía Milei Sulei al Congreso, “primero se los vota y luego se los lee”. Y además maneja a los gobernadores de provincias, hambreados como consecuencia de la política económica que lleva adelante, como si fueran sus “hijitos”, como él denomina a sus perros, a cambio de tirarles un hueso.

A eso se suma sus DNUs, Decretos Necesidad y Urgencia a mansalva, aprovechando del abuso de ellos que otros hicieron antes. Y el hecho que Milei Sulei no gobierna el día a día, sino que se dedica a escribir y en la RPO, Residencia Presidencial de Olivos, ya escribió dos libros y está escribiendo el tercero. Además de los múltiples viajes que concreta a diversos países del mundo para difundir su ideología anarco libertaria, a costa del Estado.

Quien gobierna realmente el día a día es “El Jefe”, su hermanísima Karina, elegida por nadie, salvo su hermanísimo Javier. Y lo hace asistida en las sombras por las eminencias grises también elegidas por nadie, Eduardo “Lule” Menem y Martín Menem, como un mustio revival de los 90’. Siendo notable en tal sentido, según lo dice el mismo Clarín, que es Lule quien recibe en su despacho a Karina y su primo Martín.

Se trata en consecuencia de una democracia que parece derrotada, y hace recordar a la anaciclosis del filósofo griego Polibio (200 a.C.) y lo que él denominaba la oclocracia, considerándola el peor de los gobiernos. Según la RAE se trata “del gobierno de la muchedumbre, la plebe o las masas, considerado una forma degenerada y corrupta de la democracia. Se caracteriza por decisiones impulsadas por emociones, pasiones, manipulación demagógica e irracionalidad, a menudo resultando en caos, violencia y la anulación de derechos individuales.”

Y eso es lo que está sucediendo por parte del gobierno de Milei Sulei, que accedió al poder no por sus virtudes, sino gracias al rotundo fracaso de los pésimos gobiernos anteriores. Tras la nueva irrupción del FMI en el 2018, qué con sus recetas ortodoxas inaplicables para el caso argentino, provocó una inflación en continuo crecimiento, a lo que se sumó luego en el 2020 la pandemia, y luego la sequía del 2023.

Milei Sulei el Magnifico Iluminado, para impresionar y conformar a las masas que emocionalmente lo habían votado, y fulminar la inflación que había prometido abatir, concretó un atraso cambiario como nunca antes en la historia. Disimulado con un vetusto y falso IPC, con el que también disimula la notable cuantía de la caída de la recaudación, de los haberes de los trabajadores en actividad y jubilados, y dibuja un aumento del PIB que está lejos de ser tal.

De esa manera subsidió las importaciones y gravó las exportaciones, lo que provocó un notable desbalance cambiario, del que fue salvado dos veces por Donald Trump. A cambio de un seguidismo a EEUU en las relaciones internacionales de Argentina, nunca antes vista en su historia.

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Proclamándose incluso en el marco del demencial conflicto de Medio Oriente, como el gobernante más sionista del mundo. Abrazándose de esta manera con el premier israelí Benjamín Netanyahu; quien tiene un pedido de captura internacional por parte de la CPI (Corte Penal Internacional) por el genocidio que perpetró en Gaza.

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Milei Sulei el Magnifico Iluminado, empecinadamente se niega a sincerar dicho atraso cambiario, para no provocar un fogonazo inflacionario, que provocaría un desengaño final en su masa de votantes. Lo que ha llevado a parecerse a Procusto, el posadero griego que tenía una famosa cama, en la que ajustaba a sus huéspedes. Tronchando sus piernas si se excedían a ella, o estirándolos hasta que la abarcaran totalmente.

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Ese proceso de ajuste procustiano de la economía a un dólar atrasado, es el verdadero ajuste que Milei Sulei está llevando a cabo. Con la despótica pretensión que toda ella, con un enorme sufrimiento económico social, se ajuste al dólar Milei Sulei. Instaurando una especie de dictadura mileista, imitación de la dictadura del proletariado marxista, en base a la utopía de un futuro lejano, en el cual no todos los hombres serán iguales como la marxista; pero si -lejos de ello- tendrán supuestamente mejores posibilidades de realizarse.

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Ese notable atraso cambiario, puso a su vez en marcha un industricidio, al que Milei Sulei está decidido a llevarlo adelante. Y por ello ha decidido enfrentarse frontalmente con la burguesía argentina, que lo apoyó en su ascenso al poder. Y por eso, si antes la trataba como integrada por héroes que evadían y fugaban divisas, ahora la critica por ser prebendaria, como si eso no fuera parte del juego capitalista desde siempre.

De esa manera Milei Sulei el Magnifico Iluminado y Gran Reformador, está decidido a convertirnos en una nueva Australia; que tiene la mitad de la población de Argentina, pero el doble de nuestra superficie. Con una economía sin industrias, basada en un 60 % en servicios, pero con una intensa actividad agropecuaria y minera, que le aporta el equilibrio en sus cuentas externas.

En consecuencia, la variable de ajuste de la reforma de Milei Sulei, es la clase laburante, y para ello lo primero que hizo este año, es lograr que tortuosamente el Congreso sancione la ley de precarización laboral. Para poder llevar a cabo una movilidad laboral descendente, que olvidada enteramente de la justicia social consagrada en la constitución nacional -a la que repudia- permita la instalación del modelo económico australiano basado en servicios, agro, y gran minería.

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El Dr. Miguel Rodríguez Villafañe, ex juez federal, abogado constitucionalista cordobés, y periodista de opinión, publicó recientemente sendos artículos. En uno de ellos hace una radiografía de esa movilidad laboral descendente, que Milei Sulei pretende implantar en el marco de la actuación de la justicia, vulnerando la constitución nacional, con el título La justicia cruel con trabajadores y jubilados.

Y el otro referido al derecho a la resistencia civil, que preconizó hace casi dos siglos el estadounidense Henry David Thoreau, en su Ensayo sobre la resistencia al gobierno civil. Quien por oponerse a la guerra y la esclavitud se negó a pagar impuestos y fue por ello encarcelado, y fue el inspirador de Leon Tolstoi, Mahatma Gandhi, y Martin Luther King, artículos que Stripteasedelpoder.com reproduce seguidamente.

Henry David Thoreau (Concord, 12 julio 1817- 6 mayo 1862)

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La justicia cruel con trabajadores y jubilados

Por Miguel Rodríguez Villafañe

La mal llamada ley de “Modernización Laboral” Nº 27.802 (B.O. 13/03/26), terminó por dinamitar la justicia para los trabajadores. En ella se estableció, que los jueces que resuelvan causas de índole laboral deberán, de forma obligatoria, adecuar sus decisiones a los precedentes establecidos por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en la materia”. Y agrega, “el apartamiento infundado de los magistrados respecto de dichos criterios configurará una causal de mal desempeño en sus funciones, (Título III, capítulo IV, art. 89).

Jurisprudencia vinculante

En nuestro país no rige la obligación del respeto por las decisiones precedentes, tomadas previamente por otros tribunales superiores, que resolvieron un problema semejante. Esta modalidad (stare decisis) es propia del sistema jurídico de los países del common law, originado en Inglaterra. Argentina tiene el sistema jurídico, en el que existe un obvio respeto por la jurisprudencia, pero ésta, como principio, no obliga, salvo situaciones especiales, por ejemplo, en casos resueltos en fallos plenarios.

En este aspecto, la Ley 27.802 determina que: “en materia de fallos plenarios, … Los criterios de aplicación obligatoria o sugerida para la resolución de aspectos concernientes a las causas judiciales, no podrán ser establecidos por otro instrumento que no sea sentencia plenaria”, (Título III, capítulo IV, art. 88). O sea, cuando son causas en temas no laborales se aplica este criterio, y de una manera discriminatoria e inconstitucional, sólo en materia laboral es obligatoria la aplicación de la jurisprudencia de la Justicia de la Nación (CSJN).

Lo referido, también implica una delegación de facultades legislativas en la Corte, que viola el principio de división de poderes, porque las resoluciones de ese tribunal operan como ley de aplicación obligatoria para el juez.

El sistema difuso de control de constitucionalidad que rige en nuestro país, permite que todos los jueces puedan declarar la inconstitucionalidad de una ley, decreto, ordenanza, etc., cuando considera que violan la Constitución Nacional.

Sin embargo, ahora, en materia laboral, queda la obligación de aplicar un precedente de la Corte, que condiciona la libertad de actuar del juez. En otros términos, se impone una renuncia al conocimiento y deber de conciencia que tiene todo juez para señalar las incongruencias legislativas o administrativas a través del control de constitucionalidad, pero cuando discrepe con lo que dice la CSJN, sólo puede dejar a salvo su criterio, más debe aplicar lo decidido en las sentencias de la CSJN.

Esto constituye, además, un supuesto de denegación de justicia, ya que cada juez al decidir en un caso concreto, en su jurisdicción y competencia, debe ser libre e independiente de todo otro poder, incluso del propio poder judicial jerárquico.

La ley 27.802 agrega, que el juez laboral, de no ajustarse a lo que dice la CSJN, se considerará que es una “causal de mal desempeño en sus funciones”, que le puede costar ser separado de su cargo.

Hace desaparecer la Justicia Laboral Nacional

Asimismo, la ley hace desaparecer los Tribunales Nacionales Laborales, porque han sido éstos, en donde, especialmente, en favor del derecho de los trabajadores, se opusieron al gobierno de Milei, que pretendió legislar, por medio de Decretos de Necesidad y Urgencia (DNU), en contra de los derechos que protegen a la clase trabajadora.

Así, el gobierno, por la ley 27.802, crea la Justicia Laboral, en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y cierra definitivamente, 30 juzgados de primera instancia Laborales Nacionales, disuelve una Sala de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo. Los juzgados y salas restantes, (50 juzgados laborales y 10 Salas) quedan como un “fuero residual” destinado a la extinción, luego que se resuelvan las causas pendientes que se tramitan, (arts. 90 y 91).

La medida viola el art. 110 de la Const. Nac., ya que suprime cargos de jueces nacionales con estabilidad en su función y es arbitraria e irrazonable porque se dejan cesantes 1.600 empleados formados y con experiencia en la materia, sin ventaja alguna en la prestación del servicio de justicia y con un gasto tremendo e innecesario, en un gobierno que dice que “no hay plata”.

Criterio vinculante que no se aplica en materia previsional

Pero resulta que el principio de jurisprudencia obligatoria de los fallos de la CSJN, no se aplica en materia previsional. Así, en los juicios promovidos por jubilados, en los que hay una jurisprudencia reiterada de la CSJN en casos similares, lo mismo se los obliga a litigar por años hasta llegar al máximo tribunal. Deben soportar que el Estado, además, les robe a las personas mayores, uno de los más preciados de sus bienes, como es el tiempo, no es lo mismo cobrar, adecuadamente, cuando corresponde y otra cosa es que se le abone ocho años después.

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A su vez, como el Estado cuando se lo demanda, litiga sin obligación de pagar las costas, dilata todo lo posible el caso, aunque, haya jurisprudencia de la CSJN muy firme en el tema. Luego, cuando la persona mayor gana el juicio, el Estado también dilata aún más los pagos que corresponden, con el argumento de que hay que prever las partidas de los pagos pertinentes, en el presupuesto del año siguiente o les ofrece pagar con bonos.

En su momento, la Ley Nacional 27.423 de honorarios de abogados en la justicia federal, en diciembre de 2017, avanzó en el tema y determinó, en el art. 36, que “en las causas de seguridad social… Las costas se impondrán de acuerdo a lo normado por el Código Procesal Civil y Comercial de la Nación”, o sea, de conformidad al art. 68, que manda a “la parte vencida en el juicio pagar todos los gastos de la contraria”. Pero, inmediatamente después, el presidente Mauricio Macri dictó el DNU 157, en febrero de 2018, por el que derogó el artículo 36 y, en consecuencia, los jubilados siguen teniendo que abonar las costas (honorarios y gastos) de los juicios que ganaron.

Prohíben aplicar la “Justicia Social”

A su vez, el 09/12/2025, el llamado “Consejo de Mayo” emitió un dictamen, tomando como guía los diez puntos del “Pacto de Mayo” que firmó el Presidente Milei y casi todos los gobernadores, en la Casa de Tucumán, el 09/07/2024. En el mismo, se sostiene, que en lo que hace a la Interpretación y aplicación de la ley, “se elimina como concepto interpretativo para la aplicación de la ley, la `justicia social´”.

Por supuesto que estas recomendaciones, de ninguna manera pueden considerarse obligatorias, sin embargo, cargan un peso político muy grande sobre los jueces que, conforme como lo manda la Constitución Nacional, puedan querer aplicar, “como concepto interpretativo” la “justicia social”.

Integración de la CSJN

A lo dicho se suma las intenciones de manejar la designación de los miembros de la Corte, inconstitucionalmente, por decreto de necesidad y urgencia, como lo han hecho, Mauricio Macri y Javier Milei. Todo lo referido opera como un mecanismo incompatible con el Estado de Derecho, la democracia representativa, que busca disciplinar ilegal y políticamente al Poder Judicial.

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Derecho de Resistencia: Desobediencia Civil

Por Miguel Rodríguez Villafañe

En la reforma constitucional de 1994 fijó, en el artículo 36, una regulación específica, respecto de los golpes de estados que alteran el orden institucional, el sistema democrático y los derechos humanos consagrados. Estableciendo que esos actos serán insanablemente nulos.

Golpe de Estado con virus nuevo

Sin embargo, la vacuna institucional que se fijó manejo una cepa del virus golpista, que no tuvo presente una nueva cepa y la vacuna no es eficaz, automáticamente, para actuar ante el nuevo virus que mutó, como la actual “cepa-Milei anarco-capitalista anti Estado”.

No se puede dinamitar el Estado

La Constitución Nacional exige un acto de fe y compromiso institucional a quién asuma el cargo de presidente de la nación. Allí se establece que, al tomar posesión de su cargo el presidente prestará juramento de: “observar y hacer observar fielmente la Constitución de la Nación Argentina”, (art. 93).

Sin embargo, el presidente Javier Milei ha sostenido, que “siente un profundo desprecio por el Estado” y enfáticamente manifestó, que “el Estado es una asociación criminal”. Y agregó que, en definitiva, “hay que entrar al sistema para dinamitar al Estado”, lo que significa destrozar la estructura estatal que regula la Constitución Nacional. Aún más, dijo, que “ama ser un topo dentro del Estado que trabaja para destruirlo”.

Ha sostenido, que “entre la mafia y el Estado prefiero a la mafia. La mafia tiene códigos, la mafia cumple, la mafia no miente”. O sea, Milei sostiene, que su modelo son las organizaciones delictivas, corruptas o criminales.

También ha tratado de “ratas” a los legisladores y de “extorsionadores” a los Gobernadores de las provincias. En definitiva, un verdadero Golpe de Estado al sistema institucional.

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“Estado Perverso y Cruel”

 Además, luego haberse superado la noche oscura del “Terrorismo de Estado”, Milei ha implementado ahora, una lógica de un “Estado Perverso y Cruel”.

Con particular insensibilidad el gobierno nacional, lleva adelante un verdadero genocidio por goteo, en especial, con los mayores adultos, los discapacitados y las infancias. A ellos se los somete a no poder acceder a la comida, a los medicamentos necesarios o a tratamientos médicos adecuados.

Milei, sin dar explicaciones, ni cumplir con los pasos legales necesarios, aumenta nuestra deuda y destina todo el esfuerzo argentino a pagar intereses de deudas públicas, muchas de ellas ilegítimas y usurarias; cierra organismos estatales fundamentales de diversos tipos y dice dejará desempleados a más de 70.0000 mil empleados públicos.

También, el gobierno busca desfinanciar la salud, la educación y la política económica ha llevado al cierre de más de 22.000 empresas empleadoras en Argentina, entre noviembre de 2023 y finales de 2025, con un ritmo de casi 30 empresas por día, lo que mata la “soberanía industrial y económica de nuestro país”. Además, la crisis del sector privado formal provocó la pérdida de aproximadamente 400 puestos de trabajo registrados por día durante ese período, según datos analizados hasta principios de 2026.

A su vez, ataca instituciones básicas de derechos humanos que regula la constitución, como la “justicia social” diciendo, que “es el cáncer del sistema”, cuando es un objetivo que tiene consagración constitucional central.

Autogolpe de Estado a cielo abierto

Indudablemente, que el presidente Milei usa la ley cuando le conviene y no tiene ningún reparo, día a día, en incumplirla cuando él entiende que no le conviene, en un verdadero auto golpe de Estado serial con su nuevo virus y en su calidad de topo que viene a eliminar al Estado, pero con el pueblo adentro.

Vivimos una institucionalidad simulada, en la que Milei gobierna contra la Constitución, entre los muchos ejemplos lo son la cantidad de decretos de necesidad y urgencia dictados ilegalmente.

El presidente llegó al extremo, de no aceptar las leyes dictada por el Congreso de la Nación sobre el “Financiamiento Universitario” y la normativa de “Emergencia en Discapacidad” y las vetó en agosto de 2025. Más luego, no obstante, se rechazó por el Congreso el veto, el gobierno llegó a decir, que promulgará las iniciativas, pero no les asignará recursos presupuestarios para su implementación. O sea, inconstitucionalmente para Milei, las normas que no le gustan “no se cumplen”.

El gobierno nacional ahora, con la mal llamada “Ley de modernización laboral”, con complicidad de determinados sectores políticos, se ha desprotegido inconstitucionalmente a la clase trabajadora y se la somete a verdaderas indignidades inaceptables.

No se acepta informaciones contrarias a lo que el gobierno sostiene y agrega el presidente, cruelmente, que “no se odia lo suficiente a los periodistas”.

Ahora, nos implica en una guerra en Medio Oriente, sin el acuerdo del Congreso.

A su vez, el gobierno busca criminalizar la discrepancia, tilda de terroristas a los que protestan y el Presidente ordena al Poder Judicial resultados en determinadas causas pendientes, violando lo dispuesto por el art. 109 de la Constitución Nacional, que establece: “en ningún caso el presidente de la Nación puede… arrogarse el conocimiento de causas pendientes”. Así, en el discurso de apertura de las sesiones ordinarias del Congreso Nacional del año 2026 Milei, refiriéndose a la expresidenta Cristina Fernández dijo, ilegalmente: “Va a seguir presa por la causa de los cuadernos y por la causa del Memorandum con Irán”, ello frente a la presencia de los miembros de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

Derecho a la Resistencia

Después de la aprobación por parte del Senado de la Nación de la llamada ley de Modernización Laboral, el Secretario General de la Asociación Trabajadores del Estado (ATE) Nacional, Rodolfo Aguiar, llamó a “no cumplir la ley en los sectores de trabajo”. Y agregó, que “Nadie está obligado a acatar una ley que es grosera y manifiestamente inconstitucional. Que nadie espere que pidamos permiso para hacer una asamblea.

La mayoría que el Gobierno compró adentro en el Congreso no la tuvo afuera en la sociedad. Siete de cada diez argentinos rechazan la reforma laboral. Se trata de una norma que quita derechos y promueve la precarización, abarata el valor del trabajo e impulsa despidos masivos, además de desfinanciar de manera grave el sistema previsional. Están promoviendo políticas que atacan el corazón de la democracia. Con esta norma están haciendo oscuro el futuro de nuestra patria”, completó sus dichos el dirigente gremial estatal.

El derecho a la resistencia es la facultad de los ciudadanos de oponerse a órdenes, actos u omisiones de autoridades o particulares que violen derechos, libertades y garantías constitucionales e implica la “desobediencia civil” como una acción política colectiva y no violenta de resistencia.

Históricamente reconocido, con raíces en la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano de 1789 y en nuestro art. 36 de la Constitución Nacional. Ese derecho de reacción contra la pérdida de derechos constitucionales fundamentales, es “legítima defensa”. No se vincula necesariamente con un gobierno usurpador.

Ejemplos valiosos de este accionar de la sociedad es la desobediencia civil de Mahatma Gandhi. Fue una estrategia de resistencia no violenta, contra el dominio colonial británico en la India, logrando movilizar masivamente al pueblo indio, sin usar la violencia. Gandhi creía en la fuerza de la verdad y la resistencia activa pero pacífica.

En esa senda Martin Luther King Jr. fue un pilar del movimiento por los derechos civiles en EE. UU. (1950-60), utilizando la desobediencia civil no violenta para desafiar la segregación racial. A través de marchas, boicots y sentadas pacíficas, buscaba evidenciar la injusticia, forzar la negociación y generar conciencia social. La desobediencia no es ilegalidad, sino una forma superior de legalidad que armoniza la ley positiva con la ley moral o divina. En la Carta desde la cárcel de Birmingham (1963), defendió que la desobediencia es una obligación moral ante leyes injustas.-

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