El trance, o momento crítico y decisivo que enfrenta la casta política en el Congreso, es la cuestión jubilatoria. Que no está, como se quiere hacer creer al común de la gente, ni en el DNU 274/24 con el que el presidente Milei modificó en marzo la ley de movilidad jubilatoria del 2021. Ni en la ley del Congreso vetada por Milei, que modificó a dicho DNU como una insidiosa manera de convalidarlo.
El trance reside que de esa forma el presidente Milei, con la complicidad del Congreso, por ignorancia indebida de muchos de sus integrantes, y la aviesa intención de otros “estadistas” como Miguel Pichetto, impiden que las jubilaciones puedan aumentar sustancialmente de aquí en más, por efecto de la anterior movilidad jubilatoria sancionada en el 2021 y derogada con el DNU, como consecuencia de la sustancial caída de la inflación.
A los efectos de con esos recursos futuros robados o sustraídos a los jubilados, poder contar con un superávit financiero. No a los efectos de contener la inflación, como proclama el discurso oficial, sino para ostentarlo ante los acreedores financieros, principalmente externos, a los efectos que nos vuelvan a prestar. Ese es el verdadero efecto que busca Milei y su equipo económico con el DNU 274/24, y sus cómplices en el Congreso con la vetada ley 27.756, que en manera alguna se atreven a sincerarlo, para gobernar con la verdad ante la sociedad.
Cuyos integrantes anulan DNUS de fondos reservados de la SIDE, en “defensa propia”, como dijo Macri, para que nos los trolee Milei. O se indignan por dichos del ministro Cuneo Libarona por cuestiones de género. Y mientras que unos quieren meter presos a los Montoneros, y visitan y pretenden liberar a criminales de lesa humanidad que no se han resocializado, otros quieren expulsar a esos visitantes. Pero no se preocupan por los intereses genuinos de las mayorías populares, que supuestamente representan, y menos aún averiguan respecto lo sutiles métodos de despojo que tiene la economía moderna.
Y por eso vino un Milei, pero incluso ahora se muestran incapaces para conocer y revelar las verdaderas intenciones de este. Con la que pretende robar o despojar a los jubilados a lo largo de 25 años, o sea toda una generación, según sus mismas cifras, de 370 mil millones de dólares en relación con la movilidad del 2021. Monto al que habría que sumar nada menos que otros 690 mil millones , si llegara a funcionar al tope a lo largo de ese periodo, la regla del tope del crecimiento del haber jubilatorio establecido en la movilidad 2021. Esos son los enormes límites de las cifras que están en juego.
Por su parte la vetada ley 27.756 que se pretende defender en el Congreso, aun funcionando bajo el supuesto módico del crecimiento real del salario de un 1,5 % anual, representará estimativamente en relación con la movilidad 2021, un despojo o robo a los jubilados a lo largo de 25 años del orden de los 215 mil millones de dólares. Al que habría que sumarle otros 390 mil millones, si funcionara al tope la regla del tope de la movilidad 2021.
El defecto momentáneo de la movilidad 2021
El defecto que tenía la movilidad sancionada en el 2021, es que usaba indicadores muy atrasados. El de la recaudación previsional de hasta 15 meses atrás, y el de la variación salarial de hasta seis meses atrás. Es retraso de los indicadores, ante un inflación permanentemente creciente por efecto de los estúpidas recetas del FMI, hizo que permanentemente los haberes jubilatorios se vieran erosionados mes a mes.
Ver El tremendo despojo perpetrado por Milei a la “casta” de los jubilados con la ayuda de Fernández y Macri
Ver El plan estúpido del FMI y Macri que causó un enorme estrago en la economía
Los Las caras y nombres de los 202 diputados que convalidaron la supremacía del FMI
Sin contar las mermas previas, en el año 2022 las jubilaciones aumentaron un 72 %, y los precios un 95 %, provocando una merma del poder adquisitivo de los haberes jubilatorios del 11 %. Y en el 2023 las jubilaciones aumentaron un 111 %, mientras que los precios un 211 %, lo que provocó otra caída del poder adquisitivo de las jubilaciones de un 32 %.
Solo esos dos años sumaron así una formidable caída del poder adquisitivo de un 43 %, cercano a la mitad, en solo 24 meses. Y por esa razón, como un mero paliativo, aparecieron los bonos previsionales a favor de las jubilaciones mínimas, para que sus beneficiados no se hundieran abiertamente en la indigencia.
Pero como en la vida todo cambia, todo cambia dinámicamente, al irse registrando en el 2024 una notable caída de la inflación respecto los años anteriores, esos indicadores atrasados reportarán a la inversa, aumentos reales de los haberes jubilatorios, muy por encima de la inflación, acercándolos a los niveles de poder adquisitivo que tenían en el 2021.
Como se expone seguidamente, una proyección basada en las optimistas promesas del desarrollo de la economía formuladas por el mismo Milei, con la anterior movilidad los haberes jubilatorios crecerían este año un 188 % contra una inflación del 125 %, un 28 % más. Y en el 2025 lo harían un 63 %, contra una inflación del 46 %, un 12 % más. En el 2026 un 36 %, contra una inflación del 30 %, un 6 % más. Y en el 2027 un 22 %, contra una inflación del 17 %, un 5 % más.
Totalizando una suma a favor de los jubilados del 48 % más, que en términos acumulados sería un 55 % más. Y de esta manera como puede apreciar seguidamente, el poder adquisitivo de las jubilaciones al terminar el actual mandado de Milei, se ubicaría solo un 2 % por debajo de la inflación histórica acumulada. Volviendo a los niveles previos a la reforma jubilatoria de Macri, el principal cómplice de Milei en esta cuestión, junto con su compañero de fórmula, el “hombre de estado” Pichetto.
Ver Pichetto y Bossio, los líderes opoficialistas en el Congreso carpeteados por el PRO
Y eso es precisamente lo que quiso evitar el presidente Milei, con su DNU 274 de marzo pasado. En el que incurrió en el delito de falsedad ideológica en instrumento público, al haberlo dictado alevosamente para perjudicar a los jubilados, no para beneficiarlos como se expresa falazmente en sus considerandos, razón por la que se debería someterlo a juicio político.
Concretando así un enormísimo robo o despojo de sus haberes futuros, para ofrecérselos a los acreedores y banqueros como garantía del pago de los servicios de la deuda, mediante la obtención de un déficit financiero cero. Robo o despojo que incluso podría ser cuestionado de inconstitucional, al violar abiertamente el principio de progresividad de los derechos laborales y jubilatorios fijados en las convenciones internacionales. Sin importarle a Milei un comino si los jubilados siguen hundidos en la indigencia, agudamente bajo la línea de pobreza, hasta su fallecimiento.
Sacrificando así a millones de ellos, en el altar de la deuda, pudiendo remedar macabremente el dicho del presidente Nicolas Avellaneda de la Generación del 80, que Milei tanto admira. Afirmando que la sagrada deuda se pagará con el hambre, las lágrimas, y las muertes de los jubilados, que ni siquiera pueden comprar los remedios que por su edad necesitan.
Ante ello, los integrantes del Congreso deberían dejar de estar en Babia, y de transitar por los cerros de Ubeda. Y en vez de dar la pelea para conseguir un dificultoso dos tercios de los votos en Diputados, para revalidar la vetada ley 27.756 frente a la alianza de Milei – Macri, para que conforme el Gatopardo, algo cambie para que todo siga igual, deberían con una simple mayoría en ambas cámaras anular el DNU 274/24. Que es la pieza criminal esencial con la que se quiere hacer que el despojo a los jubilados, concretado entre los años 2022/23 por una formula defectuosa ante los efectos de una inflación en permanente aumento, se extienda para siempre en el tiempo.
El nefasto efecto del DNU 274/24 y de la ley vetada 27.756 vetada
En el siguiente gráfico se ha efectuado una proyección de la posible evolución de los haberes jubilatorios hasta diciembre del año 2027, en que finalizará el mandato del presidente Milei, en base a tres variables básicas: La de la anterior movilidad sancionada en el 2021; la del DNU 274/24 de Milei que derogó a ella; y la de la flamante Ley 27.756 que sancionó recientemente el Congreso y vetó Milei. Que adoptó la principal premisa del DNU de este, con algunos retoques tendientes a modificar parte de sus brutales efectos.
El gráfico, como una continuación del insertado en la nota El tremendo despojo perpetrado a los jubilados por Milei con la complicidad de Macri y Fernández, está confeccionado mediante una modelación matemática basada en las actuales proyecciones optimistas del gobierno de Milei. Con una inflación decreciente, que según el REM (Relevamiento Expectativas del Mercado) del BCRA, llegaría a un 10 % anual a fines de 2027. Y bajo el supuesto, tal como promete Milei y adoptó la OPC (Oficina Presupuesto del Congreso) que anualmente la variación salarial superara un 1,5 % anual a la inflación.
El DNU 274/24 de Milei
Enumerando esas tres variables en orden en cuanto dañan a los jubilados a partir del 2024, descuella la Movilidad Milei DNU 274, al transcurrir ella (área violeta) desde casi menos – 40 % en relación con la inflación histórica acumulada -o sea pérdida efectiva de haberes- hasta menos -35 % en diciembre 2027. Concretándose esta mínima recuperación del poder adquisitivo, por efecto del atraso del índice de inflación de dos meses atrás, que según la hipótesis siempre sería mayor al mes que va sucediendo, lo que hará que los haberes mejoren tenuemente
En cuanto el Haber Mínimo con bono de esta nefasta variante (línea negra), si se mantiene nominalmente constante el bono en $ 70 mil que la integra, su poder de compra irá decreciendo por efecto de esa misma inflación. Disminuyendo de menos – 20 % actual a menos – 28 % en diciembre 2027. Convergiendo así en el tiempo hacia la Movilidad Milei DNU 274, que abarca al resto de las jubilaciones superiores a la mínima.
Cabe apuntar que este bono, otorgado principescamente a discreción por parte del Poder Ejecutivo, que bien puede disminuirlo nominalmente o quitarlo, va en contra de los fallos de la Corte Suprema. Que exigían que la movilidad jubilatoria fuera fijada por ley, lejos de la voluntad del soberano de turno, lo que derivó en la sanción de la ley de movilidad del 2008.
La ley vetada 27.756 que legalizó el DNU 274/24
Ese defecto del DNU 274 ha sido tratado de paliar defectuosamente con la ley 27.756 sancionada por el Congreso y vetada por Milei, que es a su vez la segunda variable más nefasta en contra de los jubilados. Mediante la estipulación de que el salario mínimo no puede ser inferior “al ultimo valor disponible” de la Canasta Básica Total de adulto equivalente del INDEC.
La cual en el mes de agosto en que se sancionó la ley, correspondía al mes de junio ($ 282.579 más 9 % = $ 308.011). Lo cual respecto al haber mínimo de ese mes con bono incluido ($ 295.540) representaba un insignificante aumento de $ 12.462, equivalente a menos del precio de un alfajor por día. Sin que a ninguno de los legisladores que votaron esa ley, y hoy quieren oponerse al veto -y menos aun los que votaron en contra- se les cayera la cara de vergüenza. Por sancionar algo cuya verdadera intención oculta era tratar de legalizar el feroz DNU 274 de Milei.
De esa manera la jubilación Mínima Congreso fijado por la ley de este (línea roja discontinua), ya sin bono volitivo por parte del Poder Ejecutivo, parte en el 2024 al mismo nivel de menos – 20 % del Haber Mínimo con bono . Y a fines del 2027 se ubicaría en menos – 18 %, por efecto del ajuste inflacionario con atraso de dos meses ya descripto.
Por su parte la Movilidad Congreso, con la suba adicional de un 8,1 % a partir de abril 2024 dispuesta en dicha ley, partiría de menos – 33 % en el mes de abril. Para ubicarse a fines de 2027, por efecto de los índices diferidos referidos, más el ajuste anual en el mes de marzo previsto en la misma ley, en menos – 27 %. Mordiéndole de esta manera al área violeta del DNU 274 una modesta franja de los ingresos que este quería sustraerle a los jubilados.
Dicho ajuste con un plus anual en el mes de marzo, fue dispuesto en la vetada ley 27.756, a los efectos de enmendar la falta de una verdadera movilidad en el DNU de Milei. Reprochable judicialmente, al congelar el poder adquisitivo de los haberes para siempre. Consistente el mismo en una mejora de un 50 % de la variación anual del RIPTE (Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables) respecto la inflación.
Así, sí el crecimiento real del salario fuera de 1,5 % anual adoptado por la OPC y con la que se confecciono el gráfico, para llegar no un déficit cero financiero a favor de prestamistas y banqueros, sino a un déficit cero en relación al que los jubilados han perdido respecto la inflación histórica acumulada, se necesitarían 32 años, concretándose la meta en el 2056, a la que seguramente ninguno de los jubilados actuales alcanzará.
La cual se reduce a 16 años, si la mejora real anual del RIPTE fuera de un 3 % anual promedio. O a 8 años, si ella fuera del 6 % anual promedio. Y para concretarla por parte del próximo gobierno en sus cuatro años de mandato, el crecimiento real del RIPTE debería del 12,3 % anual promedio. O sea una vuelta al denostado populismo como nunca se ha visto en Argentina.
La continuación de la movilidad 2021
Ante ese futuro luctuoso para los jubilados, concretado con el DNU 274/24 de Milei, y su sucedáneo con la ley 27.756 vetada, se opone el futuro virtuoso de la Movilidad 2021, que tanta amargura brindó a los jubilados en los años previos con altísima inflación, si se cumplen las optimistas pronósticos macro económicos de Milei. Razón por la que alevosamente este, con la complicidad de los “pichetos” en el Congreso, se encargó de derogarla sin contratiempos.
Tal como se puede ver en gráfico, el serrucho de la línea celeste correspondiente a Movilidad 2021, como si se tratara del arma contra la mentira de la motosierra de Milei, ya en septiembre corriente, se ubicaría cinco puntos por encima de la Movilidad Congreso, ubicándose en menos – 28 %. Y luego en diciembre próximo, superaría al Haber Mínimo con bono, haciendo innecesario el bono previsional, y alcanzaría el nivel correspondiente a Mínima Congreso, menos – 20 %, con un leve retroceso posterior, dado su carácter trimestral.
Posteriormente en marzo 2025 se ubicaría en menos – 15 %, superando definitivamente la jubilación Mínima Congreso. Para proseguir a continuación el serrucho ascendente, opuesto al descendente de los años 2022 y 2023, hasta ubicarse a fines del 2027 en menos – 2 %.
Con la posibilidad de seguir mejorando los haberes jubilatorios por encima de la inflación, como sucedía antes de la aparición, junto con el FMI, de la inflación galopante, y de la derogación de la ley de movilidad del 2008, por parte de Macri a fines del 2017. En el marco de una enorme pedrea contra el Congreso, que volvería a suceder, si el común de la gente pudiera entender los sutiles mecanismos modernos con la que se las esquilma, por parte de profesionales y políticos carentes de todo sentido moral y humanitario.
El presidente Milei para justificar el veto, dijo que la ley 27.756 le costara al país 370 mil millones de dólares. Pero es la inversa, dado que esa cifra coincide con la que con su DNU 274 le pretende robar a los jubilados a lo largo de 25 años, a razón de 15 mil millones de dólares por año. Que sumarían otros 690 mil millones, si funcionara al tope la regla del 3 % anual más por sobre la recaudación previsional, prevista para diciembre de cada año en la Movilidad 2021.
Y en cuanto la vetada ley 27.756, el robo a lo largo de esos 25 años a los jubilados, si funcionara durante ellos el ajuste de marzo con un crecimiento real del RIPTE del 1,5 % anual usada en la modelización descripta, alcanzaría estimativamente la cifra de 215 mil millones de dólares. Que sumarían otros 390 mil millones, si funcionará al tope la regla del tope anual de la Movilidad 2121 antes referida
El trilema del Congreso
Es ante ese trilema es que se enfrenta hoy la casta política enquistada en el Congreso: o aceptar el veto de Milei a la ley 27.756; o insistir en la sanción de esa ley sucedánea del DNU 274 de Milei; ambos en contra de los haberes futuros de los jubilados. O anular el DNU 274 de Milei, pronunciándose a favor de los haberes futuros de los jubilados, que al menos deberían poder volver al mismo nivel de poder adquisitivo que gozaron años antes, para que no se configure un robo o despojo contra ellos.
A eso efectos además el Congreso debería encarar una profunda reforma previsional, basado en tres aspectos claves: penalizar el trabajo en negro como delito de trata; derogar la ley de despidos con que se justifica el trabajo en negro; y universalizar el seguro de desempleo. Y en todo caso, si aun fuera necesario, debería solventar el déficit cero apelando a la disminución de los famosos “gastos tributarios”, con los que se benefician a las empresas amigas del poder.
Y si el Congreso no llegara a estar a la altura de esos desafíos, es muy posible que vuelva un “QUE SE VAYAN TODOS” recargado, como sucedió en el 2001. Cuando el Congreso aprobó leyes parecidas a pedido del entonces ministro “Mingo” Cavallo, admirado por Milei y a quien a este aconseja.
Los considerandos del salvaje decreto de veto de la ley 27.756
El presidente Milei con la hierática y extrema actuación que lo caracteriza, cometió un grave error con el veto a la ley 27.756. Que legalizaba su DNU 274, y con un veto parcial de ella, podría haber desechado parte o todo del maquillaje o cirugía estética que le había proporcionado el Congreso. Y ahora al ir por todo se puede quedar sin nada, si el Congreso utópicamente llegara a actuar dignamente respecto los casi ocho millones de argentinos que integran la clase pasiva, la mayoría de ellos en la tercera y cuarta edad.
Las diez carillas conque fundamentó ese veto, sin una pizca de humanismo, invocando solamente razones economicistas, acorde con el darwinismo social extremo que le inspira su escuela austriaca, que no se aplica ahora en ningún lugar del mundo, hace recordar la descripción que hace Laurens Van Der Post del hombre blanco en su libro El ojo oscuro en Africa, diciendo que es:
“como un gigante de un solo ojo, llevando consigo la ceguera y la escisión que le caracteriza, que son, al mismo tiempo, su fuerza, su tormento y su ruina. Con su mente aislada y escrutadora, el hombre occidental dominaba los conceptos y las abstracciones. Era el rey de la cantidad y el conductor de aquellas fuerzas sobre las cuales el conocimiento cuantitativo le confería una supremacía carente de comprensión… El gigante de un solo ojo poseía una ciencia carente de sabiduría…”
No obstante, en ese farrago de supuestas razones para justificar el veto, hay algunas perlas sin desperdicio, con las qué en algunos casos, vuelve a incurrir en falsedad ideológica, y en otros cae directamente en la sanata o la contradicción.
Afirma que la aprobación del Presupuesto es atribución del Congreso, y seguidamente añade que el mismo “se diseña en base al programa general de gobierno -que no es simplemente el programa del Presidente, sino el programa que el pueblo votó al elegir al Presidente- y al plan de inversiones públicas”.
Y tras dar cuenta que no hubo ninguna aprobación del Congreso en el Presupuesto del año en curso, por la prórroga del correspondiente al año anterior que dispuso unilateralmente el mismo, se despacha expresando que el Presupuesto vigente manipulado por él: “no contempla una partida que permita hacer frente al gasto que representaría para el Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) la medida adoptada a través del proyecto de ley sancionado”.
También apunta que el mismo, “dificultaría gravemente la sostenibilidad de las finanzas públicas, ya que significaría la necesidad de obtener una fuente de financiamiento extraordinaria, imprevista, a efectos de afrontar su costo, sea a través de deuda pública o aumento de impuestos”.
Aceptando así por un lado, que la sostenibilidad de las finanzas públicas se ha asegurado, mediante conculcar el derecho de los jubilados que surge de la ley de movilidad del 2021. Sin decir por otro lado, que de esa manera se pretende ostentar ante los acreedores, principalmente externos, a costa del ingreso de los jubilados, un superávit financiero que les asegure a estos el pago de los servicios de la deuda, para que baje el riesgo país y estos nos vuelvan a prestar.
Mas adelante se despacha grotescamente, con una parrafada increíble por parte de un licenciado en Ciencias Económicas. Diciendo literalmente que el ajuste anual previsto en marzo de cada año en la ley, “desnaturalizaría el objetivo de la movilidad prevista en la CONSTITUCIÓN NACIONAL, pues a lo largo del tiempo el aumento otorgado a los jubilados no representaría un reflejo del incremento del Índice de Precios al Consumidor (IPC) ni tampoco del aumento de la Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (RIPTE).”
“Que el mencionado defecto reside en que el aumento previsto en la norma precitada al aplicarse sobre el haber previsional ya incrementado por Índice de Precios al Consumidor (IPC), acumula los aumentos en forma distorsiva. Que el desvío sistémico se daría en el primer mes de marzo posterior a la entrada en vigencia de la ley y se acentuaría en los años siguientes al no encontrarse prevista una compensación por los años en que la variación del índice mencionado precedentemente supere a la de la Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (RIPTE).”
Con el mismo criterio, Milei debería disponer que los precios del libre mercado que propugna, no deberían superar el Indice de Precios al Consumidor. Como ya lo hizo ocasionalmente con las prepagas, a las que primero liberó enteramente sus precios, diciendo “la codicia es buena”, hagan lo que quieran con ellos.
Tras ello, ataca también la fijación de la jubilación mínima hecha en la ley en base a la Canasta Básica Total para un adulto equivalente, diciendo que reviste “un defecto técnico de gravedad”. Señalando que corresponde a un varón de entre 30 y 60 años, mientras que los jubilados tienen más de 60 años.
No encontrando tampoco “sustento técnico ni justificación” el agregado de un 9 % a ese valor. Que por un lado, corresponde a dos meses atrás con una inflación que corre a mas del 4 % mensual. Y por otro lado, dicha canasta total no es total, ya que no contempla el costo de alquiler, ni de remedios, salud, ni de cuidados, que son típicas de los jubilados a medida que avanza su edad.
Además está calculada aproximadamente, mediante multiplicar el costo de la Canasta Básica Alimentaria, por la famosa “inversa del coeficiente de Engels”, que en sí es una manifestación de ignorancia. Cuyos valores según el mismo INDEC, oscilarían entre 2,17 y 2,61, y actualmente se aplica sin mayores explicaciones 2,22. Si por contario fuera 2,61, la Canasta Básica Total pasaría a ser un 18 % superior.
A continuación, justifica falazmente la decisión de derogar la movilidad del 2021, diciendo que ello “permitió una recuperación del poder de compra de los haberes jubilatorios de casi el DIEZ POR CIENTO (10%) en lo que va del año, y de casi el SEIS POR CIENTO (6%) con respecto a noviembre de 2023.” Cuando la recuperación de esos haberes se produjo precisamente por la aplicación de la movilidad 2021 derogada, en los meses de marzo y junio, donde por primera vez en ese semestre el aumento de haberes superó por unas décimas a la altísima inflación que se desarrolló durante el mismo, de un 80 %.
Lo que se ve refrendado notablemente si se consideran los reajustes correspondientes a junio y septiembre (41,5 % y 33,5 %), que acumulados representan una mejora en los haberes jubilatorios del 89 %, contra una inflación del orden del 42 %, o sea una mejora neta de un 33 %. Evidenciando esto el notable poder de recuperación de los haberes que tiene la movilidad 2021 ante la caída de la inflación, que es lo que Milei y una oposición genuflexa e inhumana quiere a toda costa evitar, a costa del hambre, las lágrimas, y las muertes de los jubilados.
Seguidamente afirma sibilinamente, dejando trasuntar cual es la verdadera intención o permuta de derechos, de la derogación de la movilidad 2021 con el DNU 274. Consistente en asegurar a los jubilados que no seguirán perdiendo por la inflación en el futuro, a cambio que renuncien a la recuperación de sus haberes por efecto de la actual caída de ella. Diciendo al respecto:
“es fundamental continuar con la movilidad jubilatoria establecida en el Decreto N° 274/24, toda vez que el mismo garantiza -por primera vez en décadas- que los jubilados nunca más perderán contra la inflación, evitándoles el flagelo que han padecido en los últimos VEINTIDÓS (22) años; y ello sin quebrar el equilibrio fiscal ni agravar la deteriorada situación del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) en el corto, mediano o largo plazo.”
Finalmente cita como antecedente el decreto del año 2010 (N° 1.482) con el cual la presidente Cristina Fernández veto la reforma jubilatoria de entonces, que establecía el 82 % móvil para jubilaciones, que ahora ni superan el 50 %. Que fue sancionada testimonialmente por el Grupo “A”, para contender contra el gobierno de entonces, en una típica pelea intra casta política, propia de la degrada dirigencia argentina. Que actualmente evidencia haber llegado a su más lastimosa y degradada expresión.-
Ver El engaño de la reparación histórica a los jubilados (I) para ocultar dos gravísimos affaires
Ver El engaño a los jubilados (II) para robar las acciones de la ANSES
Ver El engaño a los jubilados (III) que esconde una amnistía ultra secreta para los súper ricos
Ver El engaño a los jubilados (IV) con el sebo puesto a los gobernadores famélicos
Como lo pudiste constatar, nuestras investigaciones, son fundadas, independientes, con datos públicos y verificables y siempre sobre el poder real. Su producción lleva días, semanas, hasta meses de trabajo. Y son abordadas con la mayor honestidad, profesionalidad y rigurosidad periodística. Si está a tu alcance, podes colaborar con este periodismo libre, de calidad, sin injerencia de empresas o gobiernos.
Debe estar conectado para enviar un comentario.