Chocobar: Macri y Bulrrich habrían cometido los mismos delitos que CFK y deberían pasar a prisión preventiva

El primer día de febrero sucedió un hecho de enorme gravedad para el sistema republicano El presidente Mauricio Macri acompañado de la ministra de Seguridad Patricia Bullrich recibió en su despacho de la Casa Rosada al policía municipal Luis Chocobar Quien en base a las contundentes pruebas recolectadas acababa de ser procesado por homicidio agravado hellip

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El primer día de febrero sucedió un hecho de enorme gravedad para el sistema republicano. El presidente Mauricio Macri, acompañado de la ministra de Seguridad Patricia Bullrich, recibió en su despacho de la Casa Rosada al policía municipal Luis Chocobar. Quien en base a las contundentes pruebas recolectadas, acababa de ser procesado por homicidio agravado por exceso de legítima defensa, por un juez de la justicia nacional. Cuestionaron así pública y notoriamente la decisión de este, intimidándolo, demostrando su apoyo público al imputado por ese grave delito, e interfiriendo abiertamente en las decisiones de otro poder. Ambos habrían incurrido así en los delitos de encubrimiento, entorpecimiento funcional, y abuso de autoridad, los mismos que le fueron imputados a la ex presidenta Fernández de Kirchner y ex funcionarios con motivo del Memorándum con Irán, con el agregado de apología del delito. Por lo que conforme la doctrina Irurzun, los dos deberían estar en prisión preventiva, ante la posibilidad que obstaculicen la investigación. Explicando también esta política de ostensible encubrimiento de los excesos de las fuerzas de seguridad, la imposibilidad de averiguar la verdad real en los casos de Santiago Maldonado y Rafael Nahuel. 

Por Redacción  – 6/2/2018

Gran repercusión tuvo en los medios de comunicación y las redes sociales, la recepción en su despacho en la Casa Rosada, y el apretón de manos que le brindó el presidente Mauricio Macri al suboficial de la policía municipal de Avellaneda, Luis Oscar Chocobar, el primero de febrero pasado.

Se trata del policía que mató a un joven delincuente de 18 años de edad, de nombre Juan Pablo Kukoc, a principios de diciembre del año pasado, quien había atacado a un turista norteamericano para robarle su cámara fotográfica. Como consecuencia de ello finalmente Chocobar fue imputado por el juez Enrique Velásquez, titular del Juzgado de Menores Nº 1 de Capital Federal, por homicidio agravado por exceso de legítima defensa, más un embargo de cuatrocientos mil pesos.

Al salir esta noticia judicial, rápidamente la Presidencia de la Nación con la intervención de la ministra de Seguridad Patricia Bullrich, organizó  una inusitada reunión entre el flamante procesado por el Poder Judicial, y la máxima autoridad del Poder Ejecutivo, mofándose abiertamente de la división de los poderes con la presuntamente se organiza la República Argentina.

El presidente Macri dándole un fuerte apretón de manos le expresó al suboficial procesado: “estoy orgulloso de que haya un policía como vos… Quedate tranquilo porque hiciste lo que hay que hacer y te vamos a ayudar a resolver tu situación”. Y luego alterando enteramente los hechos de la imputación, y como sí la agresión a un turista norteamericano resultara un agravante, escribió en su página de Facebook:

“Luis Oscar Chocobar defendió a un turista estadounidenses que había sido brutalmente apuñalado en un intento de robo… ayer nos enteramos que Luís será embargado por $ 400 mientras se resuelve la causa por la muerte de unos de los ladrones. Hoy lo recibí en la Casa Rosada. Quería ofrecerle todo mi apoyo, decirle que lo acompañamos y que confiamos en que la Justicia en otra instancia lo liberará de todo cargo reconociendo su valentía.”Mauricio Macri, Patricia Bullrich, Luis Chocobar, Casa Rosada, Santiago Maldonado y Rafael Nahuel, doctrina Irurzun, Gatillo Facil

Por su parte la ministra de Seguridad Bullrich, sesgando aún más los hechos en una forma inadmisible para una autoridad de su rango y especialidad expresó: “El agente Chocobar actuó en cumplimiento del deber policial. Frente a una situación en la que había una persona agredida con múltiples heridas, a los gritos, dio la voz de alto, persiguió al delincuente hasta hacer cesar el delito con el objetivo de que esa persona no agreda y mate a otro… lo vamos a ayudar en la defensa legal, tanto nosotros como la provincia de Buenos Aires. Hemos tomado contacto para analizar los papeles, consideramos que el juez va a entender nuestro razonamiento”.

Por su parte, el ministro de Seguridad bonaerense, Cristian Ritondo, anticipó que el policía contará con todo el apoyo institucional: “Defendió a un turista poniendo en riesgo su vida cumpliendo con su compromiso de servir y proteger y terminó embargado. Tendrá nuestro apoyo para que triunfe la justicia”.

Los hechos

Ocurrieron el 8 de diciembre del año pasado a la mañana, en el barrio La Boca, en la esquina Olavarría y Garibaldi. El joven Juan Pablo Kukoc, junto con un cómplice menor de edad, ambos egresados de la escuela de delito de un instituto de menores, apuñalaron al turista estadounidense Joe Wolek para robarle su cámara de fotos. Al darse Kukoc a la fuga, fue interceptado por vecinos de la zona en la esquina de Olavarría e Irala, logrando que el delincuente sin desplegar ninguna actitud agresiva, les entregue la cámara.

Por su parte el policía de la municipalidad de Avellaneda con evidentemente escaso entrenamiento Luis Oscar Chocobar, salió de su casa de civil con una mochila en la espalda, y primero imprudentemente le apuntó con su arma al turista herido, creyendo que era el delincuente. Y luego emprendió la persecución de Kukoc, y al llegar a Olavarría e Irala donde los vecinos forcejeaban con Kukoc para rescatar la cámara, le dio la voz de alto disparando tres tiros al aire.

Kukoc entonces continuó la fuga huyendo por Irala, perseguido por Chocobar a los balazos. Quién imprudentemente y sin rigor profesional alguno, empuñando el arma con una sola mano, lo siguió disparando con  su pistola otros seis disparos, con riesgo de herir a un transeúnte. Y a dos cuadras del hecho, al llegar a Suarez e Irala, consiguió herir y derribar al delincuente con un balazo en la pierna izquierda que le rompió el fémur.

Seguidamente mientras Kukoc se trataba de dar vuelta en el suelo, desde siete metros de distancia le descerrajó otro innecesario balazo que resultó ser mortal. Al ingresar por un costado del torso, por sobre la cresta ilíaca, afectando el colon, el intestino, y otros órganos, razón por lo que fue internado en el Hospital Argerich. Mientras que el suboficial de la policía de Avellaneda fue detenido para su declaración de indagatoria sobre lo sucedido. Tres días después, el 11 de diciembre, Chocobar fue excarcelado. Y al día siguiente, el 12 de diciembre, Kukoc murió en el hospital.

El diario Clarín, insospechado de animosidad contra el Gobierno -en todo caso todo lo contrario- dio una versión en detalle de los hechos, que claramente habla de que se trata de al menos de un lamentable caso de gatillo fácil, si no es un homicidio simple. Lo cual le habría exigido al Poder Ejecutivo actuar con el máximo de prudencia. Tratando de interpretar el fallo del juez, sin dejarse llevar por los dichos del imputado.

https://www.clarin.com/policiales/declaracion-policia-expediente-dispare-venia-miedo_0_Sy16SXWUG.html

Dado que se acreditó que no existía una situación de flagrancia, porque la comisión del delito ya había cesado; la cámara objeto del delito se había recuperado; el delincuente no había tenido una actitud agresiva contra los comerciantes civiles que lograron esto; la faena que había emprendido Chocobar por su propia cuenta, solo procuraba atrapar al delincuente; y al recibir el segundo balazo que resulto mortal, este yacía inerme en el suelo.

Horas después de esa inusitada recepción de Chocobar en Casa Rosada, fue publicado en los medios de comunicación el video que fue determinante para el procesamiento de Chocobar, por parte del juez Velázquez. Se trata del registro de la cámara de vigilancia ubicada en Irala y Suarez, que expone la corrida y caída del joven abatido por la espalda por el policía, por el balazo en la pierna izquierda, y su remate posterior mientras se revolvía en el suelo. Sin existir señal alguna que existiera una amenaza contra el suboficial u otra persona por parte del delincuente abatido.

Según el expediente, Chocobar declaró que disparó contra Kukoc, porque este giró su cuerpo con la intención de agredirlo, pero no dijo que yacía en el suelo, a siete metros de donde ejecutó el último y mortal disparo. Posteriormente, el policía relató que ejecutó los disparos sosteniendo el arma con una sola mano, ya que la otra la utilizaba con la intención de protegerse la cara por el temor que el delincuente lo atacara con su arma blanca en su rostro:

Este detalle fue reprochado por titular del Juzgado de Menores Nº 1 de Capital Federal, el juez Velásquez, quien intervino en la causa a partir de la captura del compinche de Kukoc, que era menor de edad.  En su resolución el juez expresó:

“En punto a la falta de recaudos al momento de efectuar los disparos, cabe destacar que el propio Chocobar expuso que al disparar lo hizo blandiendo su pistola con una sola mano, ya que con la otra se cubría el rostro para defenderse ante una posible agresión de Kukoc, situación que lo coloca en un obrar, cuanto menos, alejado de una actitud profesional exigible a cualquier personal policial… disparar sosteniendo el armamento con una sola de sus manos disminuye de manera considerable la efectividad y puntería de los disparos efectuados”.

“… el argumento de Chocobar de querer proteger su integridad física utilizando una de sus manos, luce cuanto menos poco creíble, ya que la agresión a la que era pasible no era inminente… de las imágenes captadas por el domo instalado en la esquina de Irala y Suárez, se observa que al momento de recibir los disparos, Kukoc corría por esa última arteria, sin darse vuelta en ningún momento, y se encontraba a varios metros de distancia del oficial Chocobar”.

En un implícito reproche a quienes tenían la obligación de capacitar debidamente a Chocobar, antes de munirlo de estado policial y dotarlo de un arma moral, el juez expresó que desconoce, “de qué tipo de agresión pretendía éste cubrirse colocando una de sus manos delante de su rostro alejado de una actitud profesional…  lo exigible a Chocobar en este tipo de situaciones está por encima de lo exigible a otro ciudadano, pues se trata de un profesional en actividad que ha sido capacitado y equipado por el Estado para abordar y resolver de la mejor manera posible esas situaciones… dada su profesionalidad, se le exige una más ajustada valoración ante la necesidad de la defensa, pues se supone que dispone de los conocimientos, entrenamiento y medios técnicos para hacer una planificación más fina y precisa de la violencia“.

La injerencia de Macri y Bullrich en el Poder Judicial

Por ese motivo, Velásquez imputó a Chocobar por homicidio agravado por exceso de legítima defensa. No obstante un día después, el imputado fue recibido nada menos que por el presidente de la Nación Macri, y la ministra de Seguridad Bullrich. Quien al salir de la entrevista, criticando acerbamente el fallo del juez, y falseando los hechos expresó:

“… nosotros consideramos que no hay una legítima defensa, porque la legítima defensa es de alguien que se defiende. En este caso el agente Chocobar actuó en cumplimiento del deber policial frente a una situación en la que había una persona agredida con múltiples heridas. A los gritos, dio la voz de alto, persiguió al delincuente hasta hacer cesar el delito con el objetivo de que esa persona no agreda y mate a otro”.

No obstante que Chocobar no estaba de servicio en esos momentos, y se hallaba fuera de su jurisdicción, que es la municipalidad de Avellaneda. Y pese no ser de su jurisdicción la situación de Chocobar, Bullrich dijo que había conversado con el juez Velázquez “y si bien tenían interpretaciones diferentes, el magistrado dio a entender que su postura no es inflexible y podría analizar el tema.”

Pero aun considerando este supuesto cumplimiento de su deber, conforme expresa el juez Velázquez en su fallo, citando un reciente fallo de la Cámara Federal de Casación Penal, rigen normas específicas para el empleo de las armas de fuego por parte de las fuerzas de seguridad:

“… el análisis de la causal debe efectuarse teniendo en cuenta… las obligaciones que emanan de los Principios Básicos sobre el Empleo de la Fuerza y de Armas de Fuego por los Funcionarios Encargados de hacer cumplir la ley’ (adoptados por el Octavo Congreso de las Naciones Unidas sobre Prevención del Delito y Tratamiento del Delincuente) en cuanto establece en su disposición Nro. 5 que:

“Cuando el empleo de las armas de fuego sea inevitable, los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley: a) Ejercerán moderación y actuarán en proporción a la gravedad del delito y al objetivo legítimo que se persiga; b) Reducirán al mínimo los daños y lesiones y respetarán y protegerán la vida humana; c) Procederán de modo que se presten lo antes posible asistencia y servicios médicos a las personas heridas o afectadas'”.

Pero Bullrich despreciando estos principios que debería conocer muy bien, en la nota se refirió a otro “principio que venimos construyendo desde el comienzo del gobierno, que es el de un cambio cultural donde las cosas estén en su orden justo… basada en la filosofía de cuidar a quienes nos cuidan”. Si aparentemente ningún limitante al respecto.

Según afirma el oficialista diario LA Nación en la nota “Fuerte gesto del Gobierno en apoyo de los policías y contra el garantismo” (2/2/18) “la señal emitida por la Casa Rosada apuntó a trazar un límite público a las decisiones de magistrados que otorgan beneficios judiciales a ladrones”.

Y con tono intimidatorio La Nación trasmitió: “fuentes oficiales confirmaron a LA NACION que en los próximos días serán estudiadas las resoluciones tomadas por el juez Velázquez, para decidir la posibilidad de presentar en su contra una denuncia por mal desempeño”. No obstante existir una pacífica jurisprudencia que sostiene que los jueces no pueden ser enjuiciados con motivo de su fallo.

Agrego además que “fuentes de la Casa Rosada dijeron a LA NACION que la reunión fue un gesto del Presidente a las fuerzas de seguridad para que no retrocedan ante el delito. Y una señal hacia el Poder Judicial: Macri quiere “cambiar la filosofía” garantista de algunos jueces”.

La nota proseguía diciendo que “un allegado al primer mandatario”, falseando nuevamente los hechos, y hablando de una hipotética reforma del Código Penal, que aún no se plasmó e incluso invade una potestad del Poder Legislativo, que parece querer imponerse anticipadamente, expresó:

“No se puede poner en un mismo nivel la acción de un efectivo policial que la de un civil, que no tiene estado policial. Si el policía actúa correctamente no se puede plantear como exceso en legítima defensa, como dice el juez. El policía cuando está frente a un delito tiene obligación de actuar para hacer cesar el delito y eso tiene que quedar claro en la futura reforma del código. El delincuente se tiró encima del policía luego de apuñalar a otro”.

https://www.lanacion.com.ar/2105952-fuerte-gesto-del-gobierno-en-apoyo-de-los-policias-y-contra-el-garantismo

A la par lo que ya parece ser una constante en la degrada sociedad argentina, los medios oficialistas con TN a la cabeza y las redes sociales dominadas por los troll, salieron a apoyar la postura presidencial, trayendo a colación los antecedentes negativos del juez Velázquez. De supuestos acosos laborales y sexuales y otras supuestas inconductas, que el Consejo de la Magistratura castigó con un apercibimiento. Y por haber dejado libres a otros menores de edad que incurrieron en  homicidios, cuando la ley no dice otra cosa.

Bulrrich y Macri recargados

Posteriormente, tratando de contrarrestar la conmoción y controlar los daños causados en la opinión pública con la aparición del video en que se ve a Chocobar ultimando a Kukoc, la ministra Bulrrich concedió una confusa entrevista al periodista Ernesto Tennenbaum.

En la cual repitiendo como un lei motiv “el policía actuó como debía actuar”, dijo que Chocobar había cumplido con la doctrina policial respecto a enfrentamientos con armas punzantes, al mantenerse a 6 metros de distancia, y no haber intentado reducir físicamente a Kukoc. Lo cual en manera alguna lo autoriza a ultimarlo, resultando además esto innecesario por estar postrado inerme en el suelo.

Despues criticó dicho video, diciendo que estaba recortado y editado, y además trató absurdamente de extender el estado de flagrancia por parte de Kukoc, hasta el infinito. Con el pobre argumento que como portaba un cuchillo, podía apuñalar a otra persona o tomar un rehén. Lo cual tampoco podía hacer si se encontraba postrado en el suelo.

Luego la siguió diciendo que no se trataba de legítima defensa, sino cumplimiento del deber por el “estado policial”  de Chocobar, pese que estaba de civil sin haber tomado el servicio, y fuera de su jurisdicción. Y agregó “estamos cambiando esta doctrina, hay jueces que no lo entienden” vamos  a cambiar el Código Penal, vamos a sacar la figura de legítima defensa que solo cabe en un ínfimo contexto” cuando se trata del cumplimiento de un deber.

No obstante ser claro el Código Penal al respecto, dado que el art 34 que versa sobre la inimputabilidad, señala claramente que la legítima defensa no es aplicable a quien ejerce la violencia en cumplimiento de un deber. Pero por su parte el articulo siguiente (35) dispone que “el que hubiere excedido los límites impuestos por la Ley, por la autoridad, o por la necesidad, será castigado con la pena fijada para el delito por culpa o imprudencia”.

Y esta sería la situación que atraparía  a Chocobar, si se le concede el deber de haber actuado por su “estado policíal”. Y la responsabilidad de lo sucedido se haría extensiva hacia arriba, por su falta de capacitación en el uso de armas, y uso racional de la violencia.

Tratando además de justificar esta inaudita intromisión en otro poder, Bullrich la siguió diciendo desde falsedades, tal como el afirmar que “policía en enfrentamiento, policía que iba preso”. U obviedades, como la que se debe establecer la presunción de inocencia a favor de las fuerzas de seguridad, como si ella no rigiera para todos los ciudadanos”.

Insinuando en su intermedio un extremo peligroso, al afirmar: “Estamos construyendo la doctrina de que el Estado realiza las acciones para impedir el delito, lo cual puede llevar a cualquier extremo, sin considerar la gravedad del delito y los posibles daños colaterales.

Y en consonancia con esto, llegando al centro de la cuestión,  Bullrich trató de explicar la inusitada injerencia del Ejecutivo en el caso de Chocobar, atentando directamente contra la división de los poderes, por una especie de estado de necesidad. En el cual resulta indispensable incentivar de cualquier manera el uso de armas por parte de la policía, asegurándoles la impunidad, más allá de las formalidades de las leyes y división de los poderes, al expresar:

“… mientras la Justicia decide se va construyendo una doctrina policial de convertir al policía en victimario ¿y sabe la consecuencia? Suben los asaltos, suben los crímenes, porque cuando uno baja la barrera y el policía es el victimario y el victimario no lo es, entonces el delito crece y así ha crecido el delito en Argentina durante años… nosotros vamos a cambiar esa doctrina: la doctrina en la que el policía se inmoviliza y mira para otro lado porque sino es culpable.”

Entonces, el juez que haga lo que quiera. Nosotros como política pública vamos a llevar adelante la defensa de la policía en acción… Es una política pública. Es así, a usted le puede gustar o no”. Asegurando en tal sentido: “El presidente de la Nación lo que hace es avalar esta idea en la figura, en la persona de Chocobar, como lo podría haber hecho con cualquier otro”.

Macri y Bullrich habrían cometido los mismos delitos reprochados a CFK y otros

Distintos juristas críticos dijeron que por la recepción de Chocobar en la Casa Rosada avalando su comportamiento, Macri podría ser acusado de apología del delito. Pero además podrían recaer sobre él y su ministra Bullrich, las mismas figuras penales que a fines de año la Cámara de Apelaciones penal federal le reprochó a la ex presidenta Fernández de Kirchner y otros ex funcionarios, con motivo del Memorandum de Entendimiento con Irán, convenido para tratar de esclarecer el atentado de la AMIA. Cuya acusación contra distintos mandatarios y funcionarios de dicho país ha recibido críticas de los sectores más impensados, como las que hizo el ex asesor de Guido Di Tella, Carlos Escude

Ver Caso AMIA: el politólogo judío Carlos Escudé afirma que no hay pruebas contra Irán y se burló de Nisman

Conforme la denuncia contra la ex presidenta formulada por el fiscal Alberto Nisman, pocos días antes de morir a principios del 2015, esos delitos consistirían en entorpecimiento funcional, abuso de autoridad, y encubrimiento agravado, art 241, 248, y 277 del Código Penal. Causando ambas asuntos, la denuncia y muerte de Nisman, un notable daño al Gobierno kirchnerista, que se vio reflejado en el  balotaje de finales de ese año, en el que por muy escaso margen se impuso Cambiemos. Quedando así controvertido paradojalmente el famoso interrogante propio de la investigación criminal, cui bono ¿a quién beneficio la denuncia y muerte de Nisman?

Ver Denuncia de Nisman: el verdadero motivo a favor de Israel que contradice a Bonadío y sus vueltas de tuerca

Ver Memorandum con Irán: la prueba de la falsedad de la denuncia de Nisman y que todo es obra de Stiusso

Ver El suicidio de Nisman predispuesto por Stiuso y sus móviles locales e internacionales

La Cámara ratificó de esa manera el más que dudoso procesamiento que había dispuesto el “juez de la servilleta” Claudio Bonadio, nada menos que por “traición a la patria” a los imputados encabezados por CFK. Un juez con notables antecedentes de traición a la justicia, como hizo en la causa por el contagio masivo de miles de pacientes con HIV y hepatitis C. De la que fue apartado por su arbitrarias decisiones a favor de los imputados, y 30 años después de esos penosos hechos, aún no ha sido resuelta.

Y que también cuenta con el terrible antecedente, semejante al de Chocobar, de haber ultimado por la espalda y  sangre fría a dos delincuentes, que supuestamente trataron de asaltarlo en el año 2001. De los que salió impune, por supuestamente haber actuado en legítima defensa, o sea el mismo argumento a su favor que intentó esgrimir Chocobar. Por lo que Bonadío paso de ser el juez de la servilleta, al juez de la Glock.

Ver El juez y verdugo pistolero Claudio Bonadio

El artículo 237 del Código Penal dispone: “Será reprimido con prisión de un mes a un año, el que empleare intimidación o fuerza contra un funcionario público… para exigirle la ejecución u omisión de un acto propio de sus funciones.

El artículo 238 del mismo agrega: “La prisión será de seis meses a dos años… 2) Si el hecho se cometiere por una reunión de más de tres personas; 3) Si el culpable fuere funcionario público… En el caso de ser funcionario público, el reo sufrirá además inhabilitación especial por doble tiempo del de la condena”. Y esto es lo que hicieron ostensiblemente con el juez Velázquez, el primer mandatario Macri, y la ministra Bullrrich, disgustados con sus fallos.

A su vez el artículo 241 dispone: “Será reprimido con prisión de quince días a seis meses: 1) El que perturbare el orden… en las audiencias de los tribunales de justicia o dondequiera que una autoridad esté ejerciendo sus funciones; 2) El que… impidiere o estorbare a un funcionario público cumplir un acto propio de sus funciones.” O se sea que se trata de una figura subsidiaria de la correspondiente a los artículos anteriores, que también alcanzarían a Macri y Bullrich.

Por su parte el artículo 248 dispone: Será reprimido con prisión de un mes a dos años e inhabilitación especial por doble tiempo, el funcionario público que… no ejecutare las leyes cuyo cumplimiento le incumbiere”. Que en este caso sería la de no interferir en el Poder Judicial, y cumplir con la división de los poderes fijada en la Constitución

Por último el artículo 277 dispone: “1.- Será reprimido con prisión de seis (6) meses a tres (3) años el que, tras la comisión de un delito ejecutado por otro, en el que no hubiera participado: a) Ayudare a alguien a eludir las investigaciones de la autoridad o a sustraerse a la acción de ésta. b) Ocultare, alterare o hiciere desaparecer los rastros, pruebas o instrumentos del delito, o ayudare al autor o partícipe a ocultarlos, alterarlos o hacerlos desaparecer…”.

“3. – La escala penal será aumentada al doble de su mínimo y máximo, cuando: a) El hecho precedente fuera un delito especialmente grave, siendo tal aquel cuya pena mínima fuera superior a tres (3) años de prisión… d) El autor fuere funcionario público. La agravación de la escala penal, prevista en este inciso sólo operará una vez, aun cuando concurrieren más de una de sus circunstancias calificantes.”

Macri y Bullrich en prisión preventiva, igual que los acusados por el Memorándum con Irán

El fallo de la Cámara por el Memorandum de Entendimiento con Irán, que cuenta con las firmas de Martín Irurzun y Eduardo Farah, no ratificó la demencial imputación de “traición a la patria” del juez Bonadio, para lo que se supone que debe haber una situación de guerra, que el estado argentino nunca declaró. Y reemplazo la imputación por los cargos antes mencionados.

Además basándose en la doctrina creada por el mismo Irurzum, avaló la orden de detención preventiva contra la ahora senadora Fernández de Kirchner,  previo su desafuero, y la de  varios de los procesados (Héctor Timmerman, Carlos Zannini, Luis D`Elia, Fernando Esteche, etc.), preguntándose aparatosamente al respecto: ¿Qué factores tienen aptitud para generar la proporcionalidad y necesidad de detener preventivamente a una persona, para neutralizar peligros de que entorpezca el curso normal del enjuiciamiento o se sustraiga de aquél?”

Más adelante enumeraba entre otras, La gravedad de los cargos que pesan contra los imputados es indudable. Se trata de hechos consumados bajo la autoría de algunas de las más altas autoridades políticas del país en el ejercicio del poder, en contraposición con cláusulas de la Constitución y las leyes que fijan las atribuciones y competencias del Poder Judicial y con el objetivo, logrado, de ayudar a prófugos a sustraerse del proceso donde se los imputó de haber cometido un crimen de lesa humanidad.” Que en el caso de Chocobar, al menos fue un crimen perpetrado con alevosía por parte de un integrante de las fuerzas de seguridad.

Agregando también seguidamente, el “grado de vinculación, organización y conexiones entre los autores que operan en determinados círculos (de poder público, asociativos, de estructuras criminales), como premisa de los medios para entorpecer al normal desarrollo de lo que reste por investigar o del juicio”. Que en el caso de Macri y Bullrich resulta obvio, al tratarse de las máximas autoridades del Poder Ejecutivo en ejercicio, que abierta y ostensiblemente  decidieron injerir en las decisiones del Poder Judicial, sin guardar un mínimo recaudo para ello.

Reprochando además la Cámara que CFK habría ordenado “…hay que salir a apretar a los jueces”. Siendo esto justamente lo que hicieron el presidente de la Nación, y su ministra de Seguridad, no solo para tratar de “flexibilizar” la postura del juez Villareal, sino también al asegurar que la Cámara de Apelaciones daría vuelta su fallo.

En consecuencia, el presidente Mauricio Macri y su ministra Patricia Bullrich podrían ser imputados y procesados, con la misma carátula que ha recaído sobre CFK y otros funcionarios, por el Memorándum de Entendimiento con Irán. Y además la doctrina Irurzum avala que se pida la prisión preventiva de ambos, con el previo desafuero del primero de los nombrados, dado que la ministra no cuenta con este beneficio.

La política de encubrimiento del accionar de las fuerzas de seguridad

Más allá de que la actual justicia federal, teñida de un notable color amarillo se anime a hacer esto, el episodio Chocobar ha tenido la virtud de poner en relieve, la notable actitud de encubrimiento desplegada por la ministra Bulrrich y el presidente Macri, en relación con los excesos y crímenes cometidos por integrantes de las fuerzas de seguridad durante su desempeño.

Pretendiendo en la práctica,  igual que en los sangrientos tiempos del Proceso Militar -cambiando lo que hay que cambiar- otorgarles una indemnidad absoluta en su accionar. Extendiéndoles un garantismo, que a la vez se critica respecto el  delincuente, a favor de quienes detentan el monopolio legal de la fuerza. Y precisamente por ello, deben aplicarla en forma proporcional, progresiva, y racional. Y no demencial como sucedió durante el Proceso Militar, y ahora mutatis mutandi parece querer repetirse.

Con el cuento en este caso, no de la seguridad nacional, que se invocaba entonces, sino de la seguridad ciudadana, bajo la torpe invocación de que “hay que cuidar a los que nos cuidan”, inspirada en las encuestas de Jaime Durán Barba que dicen que “la gente pide que se reprima brutalmente a los delincuentes. Hemos hecho encuestas y la inmensa mayoría quiere la pena de muerte”.

Despertando así nuevamente el enano facista en la población, que antes convalidaba lo que sucedía diciendo “en algo andarían”. Y hoy  imitando a Carlos Ruckfaut dice, “hay que meter balas a los delincuentes”. A la par que la extendida exclusión social por la pobreza y marginalidad, se ha convertido en una fábrica de ellos, que trabaja las 24 horas por día, razón por la cual las balas no alcanzarían. Y por ende esa elemental receta llevaría a la larga a convertir a Argentina en Río de Janeiro o México, resultando así peor el remedio que la enfermedad.

Esa política de absoluta indemnidad a favor de las fuerzas de seguridad, la pusieron recientemente en evidencia los casos de Santiago Maldonado y Rafael Nahuel. Los dos jóvenes muertos en el sur del país, en el segundo semestre del año pasado, como consecuencia del anómalo accionar de la Gendarmería y la Prefectura respectivamente. Habiendo además esta fuerza tenido un anómalo desempeño en la averiguación del caso Maldonado, al encontrar posteriormente su cuerpo en el mismo lugar que antes habían rastrillado sin resultados.

Rafael Nahuel también fue ultimado por la espalda mientras huía cuesta arriba, por los disparos efectuados por el Grupo Albatros de Prefectura. No obstante la ministra y la prensa oficialista, se empeñan en difundir que habría habido una agresión por parte de los mapuches, de la que no hay ninguna evidencia.

Mientras que la justicia federal se mueve morosamente con pies de plomo, y parece no estar muy entusiasmada en identificar de qué arma de la prefectura provino la bala que mató Nahuel, para identificar así al prefecto homicida. A la par que los medios oficialistas anticipan que el ministerio de Bulrrich esta por sacar un conejo de la galera, encontrando rastros de polvora en las manos del mapuche muerto y otros.

En el caso de Maldonado, se cumplieron seis meses de su desaparición, y tras numerosas vicisitudes, sosteniendo desde un comienzo que Maldonado no estaba en el Pu Lof y habría muerto en otro enfrentamiento, el Gobierno se las ingenió para sacar un conejo de la galera. Al haber encontrado la Prefectura tres meses después su cuerpo rio arriba, en un lugar que antes se había registrado, sin ninguna señal concreta de haberse ahogado, por la descomposición de su cuerpo, salvo un más que dudoso test de diatomeas.

Ver Desaparición Maldonado: las evidencias de su muerte por hipotermia en manos de Gendarmería y como se habría fraguado su ahoga-miento

Ver El informe RAM y el verdadero motivo del anómalo allanamiento de Gendarmería el día que desapareció Maldonado

El posterior ascenso del ahora alférez Emmanuel Echazú, imputado en la causa de la desaparición de Maldonado, que evidencia ser un premio y un incentivo para garantizar su silencio, es otro notable ejemplo de esa política de encubrimiento. Y resultó ser un anticipo de la inusitada recepción del agente Chocobar en la Casa Rosada, por parte del presidente Macri y su ministra Bulrrich, sin haber esclarecido si el homicidio que cometió, fue por inexperiencia y ausencia de capacitación para portar armas, o si creyó que podía hacer justicia por mano propia. Convirtiendo cualquiera de estos dos desemboques, al presidente y su ministra en encubridores de ese homicidio.-

Ver Ascenso Echazú: otra evidencia de la responsabilidad de Gendarmería y el Gobierno en la desaparición de Maldonado

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