GUERRA DE MALVINAS 1982: ¿La alta traición del canciller Nicanor Costa Méndez?

No hay un secreto mejor guardado por parte de los grandes medios de comunicación argentinos de cualquier tendencia, en los 40 años de democracia, que los tremendos y lapidarios cargos que hizo contra el canciller Nicanor Costa Méndez el denominado Informe Rattenbach (CAERCAS – Comisión de Análisis y Evaluación de las Responsabilidades en el Conflicto […]

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No hay un secreto mejor guardado por parte de los grandes medios de comunicación argentinos de cualquier tendencia, en los 40 años de democracia, que los tremendos y lapidarios cargos que hizo contra el canciller Nicanor Costa Méndez el denominado Informe Rattenbach (CAERCAS – Comisión de Análisis y Evaluación de las Responsabilidades en el Conflicto del Atlántico Sur) señalándolo como uno de los principales responsables de la derrota militar en la Guerra de Malvinas de 1982.

Se podría decir qué según dicho informe, Costa Méndez, que había sido canciller durante la dictadura del Gral. Juan Carlos Onganía, no pegó una. Al haber arrastrado a la Junta Militar y al país todo a una aventura diplomática militar, con el plan “Ocupar para negociar”, en cual no se cumplieron ninguna de las premisas diplomáticas de las que era responsable el canciller Costa Méndez, que había sido educado en su niñez y adolescencia en Inglaterra.

Ver Kissinger: Cómo evitar otra guerra mundial y su vínculo con Malvinas

Brevemente, como se puede ver en la transcripción del Informe Ratenbach, que seguidamente Stripteasedelpoder.com  efectúa literalmente y con la misma tipografía del informe, en lo relativo a la actuación del entonces canciller, sus principales furcios, determinantes de la posterior derrota militar fueron:

  • Se enemistó con los países No Alineados, cuyos votos eran claves en el Consejo de Seguridad de la ONU.
  • Propicio el plan “Ocupar para negociar”, basado en el “hands off” y la supuesta “alianza estratégica” con EEUU, por el combate común contra la insurgencia en Centroamérica; y en la postura del almirante Jorge Anaya, que sostenía que al Reino Unido solo le interesaba el petróleo, y en consecuencia se podía concretar un canje de petróleo por soberanía.
  • Entregó las “tarjetas blancas” válidas para viajar a las islas Malvinas, que desencadenaron el incidente de la isla Georgia, considerado en el informe Rattenbach, el “Sarajevo del Atlántico Sur”, haciendo referencia al incidente que desató la 1ra Guerra Mundial.
  • En base a ese incidente, avaló un adelantamiento de la recuperación militar de las islas, sin existir una preparación definitiva para ello.
  • Demoró el cubrimiento de la embajada ante la ONU hasta último momento, donde designó a su íntimo amigo Eduardo Roca.
  • En vez de demorarlo, apuró en el Consejo de Seguridad de la ONU el trámite de la resolución 502, que fue la respuesta diplomática fulminante que vino desde Inglaterra, condenando la recuperación argentina a la par que desplegaba su Task Force.
  • Además en dicho trámite reconoció la agresión por parte de Argentina, en respuesta de la agresión inglesa de 150 años atrás, perdiendo así los pocos votos que podía haber obtenido allí.

Ver Candidata Inés Weinberg de Roca (II): su esposo fue uno de los artífices de la derrota diplomática y militar de Malvinas

En base a eso y otras notables falencias, el Informe Rattenbach imputó a Costa Méndez con el delito de mal desempeño e incumplimiento de sus deberes como funcionario. Y señaló además sus vínculos con multinacionales petroleras, que había aportado el autor de esta nota ante esa comisión.

Ver MALVINAS: 41 años de entrega sin entender lo que realmente pasó en 1982

Dando cuenta también que habían desaparecido de la cancillería todos los papers o informes elaborados por el canciller, relacionados con este trágico y tremendo asunto. Que los había retirado, con la excusa de la escritura de su libro al respecto (MALVINAS – Esta es la historia) y nunca fueron recuperados.

Ese cúmulo de desaciertos por parte de nuestro canciller, sin ningún acierto de por medio, que permitió que EEUU y el Reino Unido pudieran instalar tras la derrota militar argentina, una base aérea en Malvinas al servicio de la OTAN, para contrarrestar la expansión de la URSS en el Atlántico Sur, lleva a la hipótesis si en realidad el canciller argentino educado en Londres, no se desempeñó como un topo anglo estadounidense, incurriendo así nada menos que en el infamante delito de alta traición, previsto en nuestra Constitución Nacional.

Ver MALVINAS: cómo EEUU embocó a Galtieri y emboscó a Argentina
Ver MALVINAS 1982: la guerra planificada por EEUU y la OTAN y ejecutada por el Reino Unido
Ver MALVINAS 1: la guerra de 1832 planificada por el Reino Unido y ejecutada por EEUU
Ver MALVINAS 2: el ataque de la USS Lexington de EEUU que  abrió paso a la ocupación británica

En próximas y sucesivas notas Stripteasedelpoder.com esclarecerá este vital asunto, que aporta una perspectiva enteramente distinta en relación con la Guerra de Malvinas de 1982, el conflicto de Malvinas, y asuntos conexos, como la enorme deuda externa que apareció súbitamente previo a la guerra 1982, transcribiendo seguidamente los durísimos cargos reprochados a Costa Méndez en el Informe Rattenbach, y las consideraciones relacionadas contra él, con sus vínculos correspondientes.

Ver Para qué sirve la deuda externa (I) para impedir la autodeterminación de los pueblos
Ver Para que sirve la deuda externa (II) las tres guerras de Argentina y de nuevo la deuda 

Informe Rattenbach

I Parte Introducción

Los supremos intereses de la Nación

S E C R E T O

El 2 de abril de 1982 la Nación y el mundo se enteraron sorpresivamente que las Fuerzas Armadas Argentinas habían desembarcado en las Islas Malvinas y que nuestro Pabellón se izaba en ellas, reafirmando nuestros derechos soberanos después de 150 años de usurpación por parte de Gran Bretaña.

Esta fecha quedará grabada en la historia: LAS MALVINAS, QUE SON PARTE DE LA REPÚBLICA ARGENTINA, VOLVÍAN A SU PATRIMONIO, aunque breve tiempo después, nuestro pabellón tuvo que ser arriado, superado el esfuerzo por el enemigo.

Para resultar victoriosos en una confrontación internacional, no sólo vale tener derechos, sino que también hacen falta poder, buena conducción, organización y fuerzas bien adiestradas, equipadas y aprovisionadas. La fuerza, empleada equivocada e inoportunamente, no es el medio idóneo para hacer valer los derechos frente al adversario y ante toda la comunidad internacional.

Es absolutamente necesario aclarar en forma completa y veraz lo sucedido. Así lo exigen la soberanía nacional agraviada, la dignidad de la República Argentina y el honor de sus Fuerzas Armadas.

Esta Comisión decidió, en consecuencia, actuar con profundidad y firmeza, evitando lo superficial y los detalles intrascendentes que pudieran apartarla de los grandes interrogantes.

Ello obliga a considerar si realmente los altos mandos de la Nación tomaron las decisiones adecuadas, si actuaron como los conductores necesarios para un pueblo adulto en grave y crítica situación y si tuvieron la sensatez requerida para elegir los caminos idóneos a fin de alcanzar el objetivo final perseguido: LAS MALVINAS ARGENTINAS.

Si ellos no apreciaron correctamente las posibilidades del país, ni previeron las consecuencias ulteriores, de muy poco han servido el entusiasmo nacional, el sacrificio de los hombres que yacen en las Islas y en el fondo del mar, y el coraje de los que supieron empuñar honrosamente sus armas en tierra, mar o aire.

La justicia deberá aplicarse con el rigor que corresponda a quien hubiese procedido con negligencia o impericia, tanto en lo político cuanto en lo militar, más aún cuando esto hubiese ocurrido en ejercicio de las altas responsabilidades de gobierno. Es obligación irrenunciable de esta Comisión contribuir a la reparación y la satisfacción a la República por los graves perjuicios causados a las vidas humanas y al patrimonio de la Nación, y por la honda frustración ocasionada al espíritu patrio y a la unidad de los argentinos, mediante la determinación de quienes pudiesen resultar responsables de no haber cumplido los deberes correspondientes a sus investiduras

IV Parte – Determinación de las responsabilidades

Capítulo IX – Responsabilidades en el nivel político nacional

Poder Ejecutivo Nacional y Gabinete Nacional

Ministro de Relaciones Exteriores y Culto
  1. La actuación del Canciller en el Conflicto tuvo una importancia relevante y vital, ya que el objetivo político se lo obtendría, fundamentalmente, como corolario de una acción diplomática oportuna y eficaz. Surge de lo actuado que el Dr. Costa Méndez tomó conocimiento anticipado de la intención de la Junta Militar de ocupar las Islas.
  2. Se considera que le caben las siguientes responsabilidades:

a) NO ADOPTAR LAS PREVISIONES PARA PRODUCIR LOS MOVIMIENTOS ADECUADOS DE SU PERSONAL, DE MANERA QUE LOS CARGOS CLAVES PARA UN CONFLICTO DE ESTA NATURALEZA ESTUVIESEN DESEMPEÑADOS POR FUNCIONARIOS DE LA MÁXIMA IDONEIDAD Y EXPERIENCIA.

Lo expresado precedentemente se funda, básicamente, en los capítulos y títulos que se mencionan a continuación, y en los elementos de juicio en que éstos se sustentan.

1) Capítulo II, título LA GESTIÓN DEL DR. COSTA MENDEZ y CONCLUSIONES
2) Declaraciones de los Doctores, Roca y Ortíz de Rozas.

b) NO APRECIAR DEBIDAMENTE LA REACCIÓN INTERNACIONAL QUE PODÍA PRODUCIRSE EN CASO DE OCUPACIÓN DE LOS ARCHIPIÉLAGOS, EN PARTICULAR POR PARTE DE GRAN BRETAÑA Y ESTADOS UNIDOS PESE A ESTAR ALERTADO ANTICIPADAMENTE DE LA INTENCIÓN DE EFECTUAR DICHA OCUPACIÓN.

Lo expresado precedentemente se funda, básicamente, en los capítulos y títulos que se mencionan a continuación, y en los elementos de juicio en que éstos se sustentan:

1) Capítulo II, título CONCLUSIONES.
2) Capítulo IV, título CONCLUSIONES.
3) Capítulo V, título CONCLUSIONES.
4) Capítulo VIII, título FALLAS DE ORDEN POLÍTICO.

c) PRODUCIR, COMO RESULTADO DE LA ÚLTIMA RONDA DE NEGOCIACIONES CON GRAN BRETAÑA (NUEVA YORK, 26/27-FEB-82), UN COMUNICADO AMPLIATORIO QUE RESULTO INOPORTUNO ;ADEMAS DE IMPRUDENTE POR LA VELADA AMENAZA DE SU CONTENIDO; LO CUAL ALERTO A GRAN BRETAÑA ACERCA DE LA INTENCIÓN DE LA OCUPACIÓN MILITAR.

Lo expresado precedentemente se funda básicamente en los capítulos y títulos que se mencionan a continuación y en los elementos de juicio en que éstos se sustentan:

1) Capítulo II, título CONCLUSIONES.
2) Capítulo IV, título EL INCIDENTE DE LAS ISLAS GEORGIAS DEL SUR- LA MARCHA DE LOS ACONTECIMIENTOS (Párrafo 188).

d) CONDUCIR INADECUADAMENTE LA CRISIS DE LAS ISLAS GEORGIAS Y, CONTRARIAMENTE A LO QUE EN ESE. MOMENTO CONVENÍA -COMO ERA MINIMIZAR EL CONFLICTO-, CONTRIBUIR A PRECIPITAR LOS EFECTOS DE AQUELLA EN PERJUICIO DEL OBJETIVO DE RECUPERAR LAS ISLAS MALVINAS. EL INCIDENTE PUDO HABER SIDO SUPERADO POR LAS VÍAS DIPLOMÁTICAS, SIN COMPLICACIONES QUE PUDIESEN AFECTAR LA DIGNIDAD NACIONAL, A DIFERENCIA DE LO QUE SE PRETENDIÓ AFIRMAR EN SU MOMENTO.

Lo expresado precedentemente se funda, básicamente, en los capítulos y títulos que se mencionan a continuación y en los elementos de juicio en que estos se sustentan:

1) Capítulo II título CONCLUSIONES
2) Capítulo IV título CONCLUSIONES
3) Capítulo VII título FALLAS DE ORDEN POLÍTICO Y CONCLUSIONES.
4) Declaración del Dr. Costa Méndez, y ampliación.

e) REALIZAR EL DIA 02-ABR-82, ANTE EL GABINETE NACIONAL UNA EVALUACIÓN ERRÓNEA ACERCA DE LA VOTACIÓN EN EL CONSEJO DE SEGURIDAD, AL CONCLUIR QUE ESTA RESULTARÍA FAVORABLE A LA ARGENTINA.

Lo expresado precedentemente se funda, básicamente, en el capítulo y título que se menciona a continuación y en los elementos de juicio en que éste se sustenta:

1) Capítulo V, CONCLUSIONES.

f) NO PRODUCIR LAS ACCIONES OPORTUNAS Y ADECUADAS QUE SUS ALTAS FUNCIONES LE IMPONÍAN, RESPECTO DE LAS ALTERNATIVAS DIPLOMÁTICAS Y MILITARES QUE SE DESARROLLARON, TALES COMO:

1) DADA LA SITUACIÓN IMPERANTE EN LA REGIÓN AUSTRAL, NO ASESORAR AL PEN NI AL COMIL ACERCA DE LOS PELIGROS DE ABRIR UN SEGUNDO FRENTE DE CONFLICTO EN ESOS MOMENTOS.

2) ALERTADO SOBRE LA INTENCIÓN DE RECUPERAR MILITARMENTE LAS ISLAS, NO REQUERIR PROGRESIVAMENTE AL PRESIDENTE, PRECISIONES ACERCA DEL ACCIONAR DE LA JUNTA TENDIENTE AL LOGRO DEL OBJETIVO Y, CONSECUENTEMENTE NO ASESORAR NI CLARIFICAR LAS PROBABLES ALTERNATIVAS QUE PODÍAN DERIVARSE COMO RESULTADO DE LA OCUPACIÓN.

3) NO DISCERNIR ACERTADAMENTE LA NATURALEZA DE LAS RELACIONES ENTRE LA ARGENTINA Y LOS EE.UU. INDUCIENDO DECISIVAMENTE A LA JUNTA A LANZAR LA OPERACIÓN, EN EL CONVENCIMIENTO DE QUE ESA POTENCIA NO PERMITIRÍA UNA CONFRONTACIÓN BÉLICA, CONTRIBUYENDO CON ESA GRAVE FALENCIA A CREAR EN EL GOBIERNO LA FALSA SEGURIDAD DE UN AMPARO POLÍTICO QUE EN REALIDAD NO EXISTÍA Y AGRAVANDO ASÍ EL ERROR DE SUPONER QUE GRAN BRETAÑA NO PRODUCIRÍA UNA RESPUESTA MILITAR, COMO EFECTIVAMENTE DESARROLLO EN REALIDAD.

4) NO EFECTUAR UNA APRECIACIÓN Y EVALUACIÓN DE LA SITUACIÓN MUNDIAL CON LA PROFUNDIDAD NECESARIA, QUE PERMITIERA COMPRENDER NUESTRA UBICACIÓN EN EL MARCO DE LOS ACUERDOS INTERNACIONALES, LA SITUACIÓN DE GRAVE AISLAMIENTO DEL PAÍS Y LAS DERIVACIONES INCONTROLABLES QUE EL CONFLICTO PODÍA DESATAR.

5) NO SEÑALAR ADECUADAMENTE LA CAPACIDAD DIPLOMÁTICA DEL REINO UNIDO, NI SUS PROBLEMAS POLÍTICOS INTERNOS, TALES COMO LA DIFÍCIL SITUACIÓN DEL PARTIDO GOBERNANTE Y LA PRÓXIMA DESACTIVACIÓN DE UNA PARTE DE LA FLOTA BRITÁNICA.

6) PROPICIAR EL ADELANTO DE LA OPERACIÓN AZUL, LO CUAL FUE EL INICIO DE UNA SERIE DE IMPROVISACIONES POLÍTICAS Y MILITARES QUE CONTRIBUYERON A LA DERROTA PROPIA.

7) NO EVALUAR ADECUADAMENTE Y EN CONSECUENCIA NO ASESORAR CON JUSTEZA LA DESFAVORABLE SITUACIÓN ANTE EL CONSEJO DE SEGURIDAD, Y NO PRODUCIR LOS HECHOS DIPLOMÁTICOS POSIBLES Y NECESARIOS PARA EVITAR LA RESOLUCIÓN 502, QUE CONSTITUYO PARA GRAN BRETAÑA EL RESPALDO JURÍDICO Y POLÍTICO PARA EL ENVIÓ DE LA FUERZA DE TAREAS Y SU POSTERIOR ACTITUD INTRANSIGENTE EN LAS NEGOCIACIONES.

8) NO ENFATIZAR ANTE EL GOBIERNO NACIONAL LA ADVERTENCIA DE LOS EE.UU. SOBRE EL APOYO QUE BRINDARÍAN A GRAN BRETAÑA EN CASO DE CONFLICTO, FORMULADA EL DIA 01-ABR-82, Y NO RESALTAR ESTE GRAVE HECHO A LA JUNTA MILITAR, TENIENDO EN CUENTA LA RELACIÓN ESPECIAL Y LOS LAZOS POLÍTICOS, ÉTNICOS Y CULTURALES QUE UNEN A LOS EE.UU. CON GRAN BRETAÑA, A DIFERENCIA DE LOS QUE AQUÉL PAÍS TENIA CON AMÉRICA LATINA, TODO LO CUAL ANULABA TAMBIÉN EL SUPUESTO SEGURO POLÍTICO DE LA NEUTRALIDAD DE WASHINGTON EN EL CONFLICTO.

Lo expresado precedentemente se funda, básicamente, en los capítulos y títulos que se mencionan a continuación, y en los elementos de juicio en que éstos se sustentan:

1) Capítulos II, IV y V, con sus conclusiones.
2) Capítulo VIII, títulos FALLAS DE ORDEN POLÍTICO Y CONCLUSIONES
3) Declaración del Embajador Takacs.

9) ADOPTAR DURANTE LAS NEGOCIACIONES ACTITUDES Y PRESUPUESTOS EFECTISTAS E INCONDUCENTES QUE FUERON CERRANDO LOS CAMINOS PARA UNA NEGOCIACIÓN RAZONABLE.

Lo expresado precedentemente se funda, básicamente, en los capítulos y títulos que se mencionan a continuación y en los elementos de juicio en que éstos se sustentan:

1) Capítulo II, título CONCLUSIONES (Párrafos 87 y 88).
2) Capítulo III, título LA PLANIFICACIÓN ESTRATÉGICA A PARTIR DEL 02-ABR-82.
3) Capítulo V, título LA GESTIÓN DEL GRAL. HAIG.

h) NO HABER ASESORADO NI CONDUCIDO ACERTADAMENTE LAS NEGOCIACIONES, EN LAS OPORTUNIDADES CONCRETAS QUE SE TUVIERON PARA LOGRAR UNA SOLUCIÓN FACTIBLE DEL DIFERENDO.

Lo expresado precedentemente se funda, básicamente, en los capítulos y títulos que se mencionan a continuación, y en los elementos de juicio en que estos se sustentan:

1) Capítulo II, título CONCLUSIONES.
2) Capítulo IV, TÍTULO CONCLUSIONES.
3) Capítulo V, Títulos CONCLUSIONES
4) Capítulo VIII, Títulos FALLAS DE ORDEN POLÍTICO.

i) NO ASESORAR DEBIDAMENTE, CON RESPECTO A LA RESOLUCIÓN 502, SOBRE LA CONVENIENCIA DE SU ACATAMIENTO POR VÍA DE LA NEGOCIACIÓN OBLIGATORIA, PARA EVITAR UNA CONFRONTACIÓN BÉLICA EN CONDICIONES ABSOLUTAMENTE DESFAVORABLES.

Lo expresado precedentemente se funda, básicamente, en los capítulos y títulos que se mencionan a continuación, y en los elementos de juicio en que éstos se sustentan:

1) Capítulo II, título CONCLUSIONES.
2) Capítulo V, títulos CONCLUSIONES

  1. Aunque escapa al nivel de consideración en cuanto a su análisis evaluación por parte de la Comisión, es deber de ésta señalar la responsabilidad que le cabe al personal superior del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto en su quehacer específico, toda vez que -en general- se advierte una limitada competencia en su asesoramiento especializado y en su labor profesional durante el Conflicto.
  2. El expediente CM VI/38/83 incluye los asesoramientos producidos por el Ministerio, que fueron reunidos y remitidos a requerimiento de la comisión. Prácticamente en la mitad de los escasos documentos emitidos, se expresa: no se registra quién lo ha producido y, eventualmente no se conoce la fecha de su elaboración.

Debe destacarse el acierto y solvencia del Memorándum del 14-ABR-82, producido por el Jefe del Departamento Europa Occidental. En cuanto al resto, son simples papeles de trabajo carentes, en general, de toda idea novedosa u original, que por su solidez pudiera haber sido valiosa para la gestión diplomática en desarrollo.

  1. Sin perjuicio de lo expuesto, cabe señalar que esta Comisión recibió una denuncia -acompañada de documentación- que vincula al Dr. Nicanor Costa Méndez con Empresas multinacionales, de la cual -por encontrarse ya radicada, por separado, en la Justicia Federal- sólo se informó, oportunamente, a la Honorable Junta Militar. (Nota 101/83 S-CAERCAS, adjuntando documentación).

IV Parte – Determinación de las responsabilidades

Capítulo XIII – Encuadramiento jurídico de los responsables

Encuadramiento individual

  1. A continuación se especificará el alcance individual del encuadramiento que le corresponde a cada uno de los responsables, a tenor de las conductas ya determinadas y de la normatividad aplicable en los distintos campos anteriormente referidos.

d) DOCTOR NICANOR COSTA MENDEZ

En lo político:

Su conducta como Ministro de Relaciones Exteriores y Culto de la Nación y en base a las responsabilidades atribuidas en el Capítulo IX, párrafo 795, configura el mal desempeño en el ejercicio de sus funciones a que se refiere el Art. 45 de la Constitución Nacional, y encuadra en los incisos b) y c) del Art. 1° del Acta de la Junta Militar del 18 de junio de 1976.

II Parte – Antecedentes del conflicto

Capítulo II – Las negociaciones hasta el 02 de abril de 1982

La gestión del doctor Costa Méndez
  1. Al hacerse cargo de la Cancillería, el Doctor Costa Méndez tuvo dos reuniones con el General Galtieri, en las cuales éste le impartió entre otros temas la directiva de activar al máximo las acciones diplomáticas tendientes al reconocimiento de nuestra soberanía en Malvinas, agregando que no descartaba que se tuviese que llegar a algo más que la diplomacia. Nuestra Cancillería, cumpliendo la directiva del presidente, entregó al Embajador británico en Buenos Aires una propuesta para la reactivación de las negociaciones a ser tratadas en la próxima reunión conjunta, demorada hasta FEG-82 por problemas británicos (Canadá) y argentinos (cambio de autoridades) (Anexo II/18).
  2. En la segunda quincena de Febrero, el Presidente Galtieri le informó a Costa Méndez que se estaba analizando la posibilidad de una ocupación militar de las Islas Malvinas. Según su propia manifestación, el ex-canciller consideró que se trataba de estudios, que no había decisión de ocupar las islas y menos, por cierto, fecha de ocupación. Tampoco se le encargaba, como Ministro de Relaciones Exteriores, la preparación de apoyo diplomático para ese requerimiento, sino solamente tenerlo en cuenta.
  3. Los días 26 y 27 de Febrero se llevó a cabo la ronda de negociaciones en Nueva York, interviniendo en la delegación argentina los Embajadores Ross y Ortiz de Rozas. Gran Bretaña estuvo representada por los Ministros Luce y Fearn y el Embajador Williams, además de dos concejales de las islas. Esta delegación insistiría en dar prioridad a los deseos de los isleños.
  4. La ronda finalizó con la aparente voluntad de la delegación británica de recomendar la propuesta argentina al gobierno británico. Esta presentación, denominada “Propuesta de Reactivación”, propiciaba el establecimiento de una “Comisión Permanente negociadora” que debería reunirse todas las primeras semanas de cada mes, alternadamente en cada capital, a fin de mantener la continuidad e impulso de la negociación. (Anexo II/19).
  5. El primero de Marzo se emitió un comunicado conjunto, cuyo contenido principal fue el siguiente:

“La reunión tuvo lugar en un clima cordial y positivo. Las dos partes reafirmaron su decisión de hallar una solución a la disputa de la soberanía y consideraron en detalle una propuesta argentina sobre procedimientos para lograr mayores progresos en este sentido. Acordaron informar a sus gobiernos al respecto”. (Anexo II/20)

  1. El Doctor Costa Méndez consideró necesario emitir un comunicado ampliatorio argentino, que se publicó al día siguiente en Buenos Aires, o sea el 02-MAR. Su texto aprobado por el PEN fue el siguiente:

“La Argentina ha negociado con Gran Bretaña con paciencia, lealtad y buena fe, durante más de 15 años, en el marco señalado por las resoluciones pertinentes de la O.N.U., la resolución de la disputa de la soberanía sobre esas islas. El nuevo sistema constituye un paso eficaz para la pronta solución de esa disputa. Por lo demás, si eso no ocurriera, LA ARGENTINA MANTIENE EL DERECHO DE PONER TÉRMINO AL FUNCIONAMIENTO DE ESE MECANISMO Y DE ELEGIR LIBREMENTE EL PROCEDIMIENTO QUE MEJOR CONSULTE A SUS INTERESES”.

  1. Este comunicado que afectaba las relaciones exteriores del país fue emitido sin consulta previa del CJFA y del CJA, y motivó una propuesta del Embajador Williams. Posteriormente fue utilizado por Gran Bretaña como indicador de la intencionalidad argentina.
  2. De las declaraciones del Doctor Costa Méndez a esta Comisión se desprende también que en las reuniones del 09 y 16-MAR se presentaron a la Junta Militar alternativas que no contemplaban el uso de la fuerza. (Esta Comisión aprecia que, en realidad, no se trataba de alternativas, sino de la implementación de un curso de acción basado en la posibilidad de una nueva ronda de negociaciones.) (Anexo II/21)
  3. El 08-MAR-82, llegó al país el Subsecretario de Estado de EE.UU. Thomas O. Enders. En las reuniones que mantuvo con el Presidente y con el Canciller, Enders manifestó que a EE.UU. no le interesaba el caso Malvinas y que la posición de su país en este asunto era “hand off” (manos afuera). Más tarde, en el mes de agosto, Enders, en el informe a la Cámara de Representantes, declaró explícitamente que los EE.UU. nunca habían tenido, ni tenían entonces, interés alguno en establecer una base militar de ningún tipo en las islas.
Las gestiones en las Naciones Unidas
  1. El día 20-MAR-82, el Presidente Galtieri recibió al Doctor Eduardo Roca, recientemente designado embajador argentino en las Naciones Unidas. En esa audiencia, Galtieri le comunicó “LA DECISIÓN DE OCUPAR LAS ISLAS EN EL FUTURO, PORQUE NO QUEDABA OTRA SALIDA”.
  2. El cargo le fue ofrecido a Roca en el mes de Diciembre de 1981 y recién llegó a Nueva York el 24-MAR-82, cuando ya estaba en pleno desarrollo la crisis por el asunto Georgias. Roca había postergado su viaje para someterse, previamente a una intervención quirúrgica, y viajó convaleciente.
  3. En esa fecha, la situación argentina en la O.N.U. estaba comprometida por una acusación de Nicaragua sobre la intervención de elementos argentinos en la preparación de una invasión somocista, que se lanzaría desde Honduras.
  4. El incidente referido a las islas Georgias del Sur y sus consecuencias diplomáticas se mencionan en el Capítulo IV.
La resolución 502 del Consejo de Seguridad
  1. En estas condiciones, la capacidad de maniobra argentina se hacía muy difícil con los países no alineados, de los cuales, seis integraban el Consejo de Seguridad, (Declaraciones del Embajador Roca) a saber: Guyana, Jordania, Panamá, Togo, Uganda y Zaire.

Además de los ya mencionados, integraban el Consejo de Seguridad los siguientes países: Francia, Irlanda, Japón, Gran Bretaña, EE.UU., China, Polonia, España y la Unión Soviética.

  1. Posteriormente, los sucesos se precipitaron. El día 31-MAR-82, el Embajador Roca recibió instrucciones de presentar en el Consejo de Seguridad, una nota denunciando a Gran Bretaña por agresión en el caso Georgias, pero fue sorprendido 3 horas después por la de Gran Bretaña al Consejo ante una “inminente invasión argentina a las Malvinas”, cuestión de la cual no se le había informado (Anexo II/22).
  2. El 02-ABR, el Embajador Parsons pidió la reunión del Consejo. El Embajador Roca todavía no tenía instrucciones y enfrentó una situación dramática, pues su discurso le llegó a su banca desde Buenos Aires mientras escuchaba la presentación de Parsons.
  3. El Embajador argentino consiguió demorar el pronunciamiento hasta el día siguiente, en que llegaría el Canciller Costa Méndez para exponer ante el Consejo de Seguridad.
  4. ENTRE EL 02 Y EL 03 ABR, EL EMBAJADOR ROCA INTENTÓ OBTENER EL VETO DE RUSIA O CHINA. El Embajador Troianovsky (1) le contestó que era una decisión de “highest authorities”, (las más altas autoridades), es decir que no tenía atribuciones para ello y que su voto sería de abstención.
  5. El Embajador chino, con mucho cordialidad en el trato, evadió de igual forma pronunciarse sobre el requerimiento. Idéntica gestión realizó la Cancillería desde Buenos Aries, sin resultados.
  6. El 03-ABR, a las 17.00 hora argentina, el Consejo de Seguridad aprobó por 9 votos a factor, uno en contra (Panamá) y 4 abstenciones, la moción de Gran Bretaña. Su texto es el siguiente:

“El Consejo de Seguridad, recordando la declaración hecha por el PRESIDENTE DEL CONSEJO DE SEGURIDAD EL 01-ABR-82 A LOS GOBIERNOS DE LA ARGENTINA Y DEL REINO UNIDO PARA QUE EVITEN EL USO DE LA FUERZA en la región de las islas Falkland, profundamente preocupado por los informes sobre la invasión el 02-ABR-82 por fuerzas armadas de la Argentina y declarando que existe un quebramiento de la paz en la región de las Islas Malvinas (Falkland Islands):

  1. Exige un inmediato cese de las hostilidades.
  2. Exige el retiro inmediato de todas las fuerzas argentinas de las Islas Malvinas (Falkland Islands).
  3. Exhorta a los gobiernos de Argentina y el Reino Unido a que procuren hallar una solución diplomática a sus diferencias y que respeten totalmente los propósitos y principios de la Carta de las Naciones Unidas”.

Conclusiones

  1. A fines de Diciembre de 1981, con la designación del General Galtieri en la Presidencia de la Nación, quedó integrada la nueva Junta Militar, como órgano supremo del Estado. En ese mismo mes, existen referencias de que el General Galtieri y el Almirante Anaya ya habían considerado la posibilidad de la ocupación militar de las Islas, como forma de forzar a Gran Bretaña a la realización de negociaciones serias y definitivas. En el mes de Enero de 1981, el Brigadier General Lami Dozo se incorporó a la misma idea.
  2. Es decir, que la nueva Junta asumió su cargo en el momento en que la negociación se encontraba en un “IMPASSE”, como resultado de la última reunión del Doctor Camilión con Lord Carrington en Septiembre de 1981, en la que este último había dado a entender la poca predisposición británica para seguir seriamente las negociaciones.

Debemos recordar que esta falta de vocación fue la constante de los diecisiete años de negociaciones, aspecto que nadie puede dejar de considerar.

  1. La “Propuesta de reactivación” que propuso Costa Méndez en ese momento (27-ENE-82), fue una medida paralela a la planificación militar que se inició aproximadamente en esa fecha.
  2. La velada amenaza que estaba contenida en la parte final del comunicado ampliatorio del 02-MAR, constituyó, desde el punto de vista diplomático, un inconveniente inoportuno, cuyo único resultado fue encrespar la resistencia en los Comunes.
  3. Además, al expresar que el Gobierno Argentino, a partir de ese momento, “puede elegir libremente el procedimiento que mejor consulte a sus intereses”, estaba confirmando las sospechas de una probable acción militar, que desde hacía algún tiempo ya se comentaba en los medios periodísticos y parlamentarios de Gran Bretaña.

Este imprudente comunicado en xxxxx fue una alerta para Gran Bretaña, (Comunicación del Agregado Naval en Londres) (Anexo II/24), pese a que el ex canciller aclaró durante su visita del 03-MAR-82 a Brasil que los medios a que hacía referencia el comunicado eran, por supuesto, los contemplados por la Carta de las Naciones Unidas.

  1. El Canciller Costa Méndez no produjo ningún asesoramiento en el sentido de advertir al Comité Militar acerca de las consecuencias políticas y diplomáticas de la ocupación militar, ni tampoco acerca del momento elegido, en relación a una evaluación estratégica en el marco mundial y americano, la que nunca se realizó formalmente, y que estaba en su alta responsabilidad el hacerlo.
  2. El gobierno británico había resuelto desactivar para el mes de MAY-82 una parte substancial de su fuerza naval de superficie. Esta información fue ampliamente comentada por la prensa. El Canciller, sin embargo, no tomó en consideración este dato. Omitió consultar sobre este asunto con el Embajador Argentino en Londres, quien podía brindarle una información esencial para determinar la fecha más adecuada para la ocupación militar, que obviamente debía realizarse después que la flota británica estuviera desactivada (Declaración de Ortiz de Rozas).
  3. No se justifica la falta total de información en que se mantenía a nuestro Embajador en Londres, quien desconocía los planes argentinos (Operación “Alfa”, contrato “Davidoff”, etc.). Tampoco fue consultado respecto de una posible reacción británica ante la recuperación de los archipiélagos. Resultó, por otra parte, inoportuna la designación del Embajador Ortiz de Rozas para desempeñar otras funciones en Roma, teniendo en cuenta la importancia de ambas funciones y la distancia entre ambas capitales.
  4. Con respecto a la ocupación militar, Costa Méndez no tenía una idea clara de cuál era el límite del objetivo que se había propuesto la Junta y cuál era la alternativa en caso de producirse la respuesta militar por parte de Gran Bretaña. Los testimonios recibidos permitieron aseverar que el Dr. Costa Méndez no clarificó debidamente este esencial aspecto de la decisión.
  5. Hay también un evidente descuido de nuestro frente diplomático en la ONU. No podían ser peores las condiciones para presentar batalla en este foro. No se tuvo en cuenta que:
  6. El Embajador Roca había llegado a las Naciones Unidas en condiciones de salud precarias, una semana antes de la fecha de invasión (24-MAR), y cuando ya estaba en desarrollo la crisis por el asunto Georgias. No se había familiarizado con el ambiente y encontró frialdad entre los miembros del Consejo, de quienes el gobierno argentino espera apoyo.
  7. Existía en numerosos países, parcialmente en los países europeos, un rechazo hacia el gobierno argentino por la cuestión de los derechos humanos.
  8. La situación argentina se encontraba comprometida ante los países del llamado “3er. mundo” por las siguientes causas:

1) Denuncia de Nicaragua ante el Consejo de Seguridad por la presencia de tropas argentinas en Centroamérica.
2) A principios de marzo, el ex canciller había declarado que “no pertenecíamos al 3er. mundo”.
3) Entre los miembros No permanentes del Consejo de Seguridad había seis países “No Alineados”.
4) Nuestras representaciones en Cuba y Nicaragua no estaban cubiertas con personal del rango de embajador.

  1. En estas condiciones, resultó inexplicable la premura por la ocupación. En la obsesión de resguardar la sorpresa estratégica, se eligió el peor momento desde el punto de vista de la política internacional. Lo sensato era superar la crisis de las Georgias y mantener la previsión de ocupación para una fecha posterior, y enderezar, mientras tanto, nuestra política exterior hacia el campo de los “No alineados”, para conquistar su apoyo. Esto debió ser advertido por el ex canciller.
  2. También debe imputársele una errónea evaluación sobre la actitud que asumiría EE.UU. en caso de conflicto, a la luz de los intereses políticos en juego.
  3. La participación de asesores del Ejército Argentino en Centro América y nuestra posible influencia en Bolivia, fueron factores que el Gobierno apreció erróneamente, ya que supuso que tales acciones tendrían tal importancia para los EE.UU., que su gobierno estaría comprometido a mantenerse equidistante en caso de conflicto con Gran Bretaña (Declaración del Almirante Anaya).
  4. Si bien Enders manifestó en su visita a Buenos Aires, que a EE.UU. no le inquietaba el caso Malvinas, esta posición se refería, obviamente, a la disputa en el marco de las negociaciones pacíficas.
  5. Por otra parte, se sabía que Gran Bretaña y EE.UU. tenían fuertes intereses comunes en la OTAN y que, en caso de conflicto, este último país apoyaría en forma ostensible al Reino Unido.
  6. El 01-ABR, en las últimas horas de la tarde, el General Haig convocó al Embajador Takacs en Washington y le manifestó estar en conocimiento de que se llevaba a cabo en esos momentos la invasión; pidió entonces que se detuviera esta operación que iba a encender el conflicto entre los países amigos de EE.UU., ofreció sus buenos oficios para actuar como mediador y advirtió finalmente, que si se desataba la guerra EE.UU. no podía permanecer neutral y necesariamente tendría que apoyar a Gran Bretaña.
  7. Toda esta información Takacs la transmitió telefónicamente en forma inmediata y personal a Costa Méndez, considerando que el señor canciller “le había entendido claramente” y le adelantó, además, que el Presidente Reagan estaba tratando de comunicarse telefónicamente con el Presidente Galtieri, para ratificarle estos mismos conceptos. Al mismo tiempo, los agregados militares hacían lo propio con sus respectivos Comandos.
  8. El Doctor Costa Méndez declaró que recibió la información y, a su vez, le transmitió al Presidente Galtieri la posición de los EE.UU.
  9. El Brigadier Lami Dozo reconoció, también, que había recibido esta información por radiograma del Agregado Aeronáutico en Washington.
  10. Pocas horas después, el Presidente Reagan le expresó al General Galtieri, telefónicamente, su honda preocupación por la gravedad de este hecho, ratificando la disposición de su gobierno para evitar el conflicto bélico.
  11. EL GOBIERNO ARGENTINO TUVO, DESDE EL PRIMER MOMENTO (01-ABR), LA RATIFICACIÓN PRECISA DE QUE EE.UU. APOYARÍA A GRAN BRETAÑA EN EL CASO DE DESATARSE EL CONFLICTO ARMADO.

El hecho de no considerar la manifestación estadounidense en su estricta implicancia entra en el campo de lo subjetivo, puesto que no se tiene una base que vaya más allá de lo especulativo. El aviso de EE.UU. fue interpretado a la luz de los propios conceptos y no de las realidades políticas por parte de las autoridades nacionales.

  1. Los tres ex Comandantes en Jefe y el ex canciller declararon que la crisis de Georgias precipitó la decisión de ocupar Malvinas.

Ello presupone la comisión de un error fundamental en el proceso de la toma de decisiones, ya que se antepuso lo accesorio a lo principal. (Este aspecto será analizado en detalle en el Capítulo III).

  1. El Dr. Costa Méndez pretendió soslayar la responsabilidad cuando afirmó que el COMIL no le pidió asesoramiento en aspectos que eran de su competencia. Obviamente, la excusa resulta inaceptable, pues no conviene en la jerarquía personal y oficial por él ejercida.
  2. Los Artículos 87 y 88 de la Constitución otorgan a los ministros una responsabilidad indelegable y solidaria con la del presidente.

Además, los ministros, en su carácter de consejeros, representan en el gobierno las ideas más influyentes de la sociedad. Por eso, debido a su elevada misión, no pueden aceptar ciegamente la opinión del presidente, sino examinar por sí, como hombres de Estado, como servidores de la República, lo que es justo, legal y útil al bien común. Por otra parte, esta es la doctrina constitucional de la República Argentina.

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