El reciente fallo del Juez de Primera Instancia, Civil y Comercial de Reconquista Santa Fe, Fabián Lorenzini, que repuso los doce integrantes del directorio de la cerealera Vicentin en concurso de acreedores, presenta graves contradicciones y falacias. A punto tal que podría tratarse lo que legalmente se conoce como “prevaricato”. Eso es, un “delito que comete un funcionario público o una autoridad judicial dictando, de manera consciente, una resolución que es injusta”.
Si hubiera que hacer una síntesis macondiana, se podría relatar que el presidente de una nación, de profesión abogado, mediante un decreto ordenó la intervención de una empresa paralizada, en concurso de acreedores por una deuda de 1350 millones de dólares, donde el Estado es uno de los principales acreedores.
Y que inmediatamente el directorio de esa empresa (doce en total), algunos de ellos denunciados penalmente ante la justicia, se presentó ante un novato juez del interior, donde la empresa juega de local, y pidieron ser restituidos en sus cargos, señalando que el decreto presidencial violaba la constitución.
Como en una comedia de enredos, por su parte el novato juez, dijo que él no podía decir si el decreto del presidente y abogado era constitucional o no, y se declaró en ese punto incompetente.
Sin embargo, aceptó el pedido de los directivos de la empresa y los restituyó en sus puestos, alegando que eran los que contaban con la “expertice” para poder mantener en marcha a la empresa, que en realidad estaba paralizada. A su vez desplazó a los interventores nombrados por el decreto del presidente, del cual el juez no sabía si era constitucional o no, al cargo de “veedores”.
Todo este enredo disparatado, en el que el juez Lorenzini habría incurrido en prevaricato, al fallar contra las constancias existentes en la causa, tuvo un claro resultado: la no intervención de la empresa y la restitución en el cargo de su viejo directorio. Menesteres donde fue indispensable la pluma del juez Lorenzini, siempre a favor de los Vicentín, el grupo económico más influyente de la zona.
La historia arrancó con el decreto de necesidad y urgencia (DNU 522/20) del 9 de junio pasado el presidente Alberto Fernández ordenó la “intervención transitoria” de la empresa, que actualmente está casi paralizada y en concurso de acreedores, con una deuda de 1350 millones de dólares con productores y bancos. Y nombró a los señores Roberto Gabriel Delgado y Luciano Zarich como interventor y subinterventor respectivamente de la firma.
Cinco días después, el 15 de junio, el directorio completo de la empresa conformado por Daniel Buyatti, Alberto Macua, Roberto Gazze, Sergio Nardelli, Maximo Padoan, Cristian Padoan, Martín Colombo, Sergio Vicentín, Pedro Vicentín, Roberto Vicentín y Yanina Boschi, se presentaron ante el juez Lorenzini en Reconquista, denunciando la inconstitucionalidad del decreto 522/20, y mediante una medida “cautelar genérica” solicitaron su inmediata reposición en el cargo.
Los fundamentos de los directivos de Vicentín
Conforme transcribe el juez Lorenzini en su fallo: “Para fundar la verosimilitud del derecho cuya tutela pretende, reitera los argumentos constitucionales ya explicitados a la vez que advierte cuestiones directamente ligadas al funcionamiento de la sociedad concursada y al presente proceso concursal, como ser:
La existencia de un proceso de verificación de créditos en curso, necesidad de resguardar el giro normal de las actividades de la empresa y de atender las obligaciones cuyo vencimiento se produce periódicamente, necesidad de abonar salarios de miles de trabajadores, continuidad de contratos, etc.
Asimismo, enfatiza la magnitud y el volumen agroexportador de la empresa que representan aproximadamente el 9% del total de la oferta exportable de la República Argentina, todo lo cual dice que podría verse seriamente afectado por la situación de hecho generada merced al desplazamiento de los directores mencionados, con el consiguiente perjuicio a la concursada y por ende, también a sus acreedores dado que el cobro de sus créditos depende principalmente de la continuidad operativa de la empresa.
Que, los peticionantes refieren el peligro ínsito y palmario que según refieren, puede advertirse a consecuencia de la situación imperante, aseverando que cualquier dilación procesal podría provocar, el colapso total de la administración. En sustento del escenario crítico que avizoran, señalan que la concursada es una empresa gigantesca que, de manera diaria procesa incontables contratos, órdenes de pago, liquida salarios, abona impuestos y concreta una compleja variedad de operaciones agrocomerciales.
Sostienen que, el manejo de semejante cantidad de operaciones demanda no solamente conocimiento específico del sector de negocios en que la empresa desarrolla sus actividades, sino también una cantidad razonable de personas humanas que puedan articular su accionar en pos de una correcta administración de la sociedad y sus negocios.
Advierten que la irrupción de los interventores en dicha administración preexistente, de manera abrupta e intempestiva, impidió cualquier tipo de transición ordenada dejando a la empresa a la deriva.
La decisión del juez Lorenzini
Sin más trámite, cuatro días después, el 19 de junio, el juez santafesino, ex abogado del Banco Nación, acreedor principal de Vicentin, hijo de una familia de trabajadores de la localidad de Los Laureles, emitió su fallo.
Sobre la constitucionalidad del decreto, o sea si este viola o no viola la constitución argentina, punto principal del planteo, dijo que no se podía expedir y se declaró incompetente. “Resuelvo (…) declarar la incompetencia de este Juzgado de 1° Instancia, Civil y Comercial, para entender en la demanda declarativa de inconstitucionalidad”, sentenció textualmente el magistrado.
Aun así, y aquí comienza lo discordante y falso, es que luego de declararse incompetente respecto a lo constitucionalidad del decreto 522/20, es decir el principal planteo de los concursados, el juez decidió reponer a todo el directorio de Vicentín en sus respectivos cargos. Y desplazar a los interventores designados por el Poder Ejecutivo a la función de “veedores controladores”. Un verdadero enredo jurídico, al que se llega no por vía del derecho, sino por vía de los supuestos hechos y circunstancias invocadas por Vicentín.
“RESUELVO: 1) DISPONER, con carácter de medida autosatisfactiva y previa prestación de contracautela, que los administradores naturales de la sociedad concursada, designados conforme a la última Asamblea Ordinaria de Accionistas, continúen ejerciendo las funciones para las cuales fueron designados, conforme al estatuto de la misma. 2) establecer, en el marco de la presente medida autosatisfactiva, que los Sres. Interventores designados en el DNU 522/2020 del PEN, podrán continuar desarrollando su tarea, con el grado de veedores controladores” dice textualmente el fallo de Lorenzini.
Luego de declararse “incompetente” en el aspecto constitucional, para fundamentar su decisión, el juez, que hasta ahora siempre pitó para el lado del poderoso Grupo Vicentìn, tomó como válidos los argumentos vertidos por los directivos del holding, asegurando que su permanencia que llevó casi a la quiebra a la concursada, es lo que garantiza su manejo operativo. Sobre todo teniendo en cuenta el nivel de exportación que ocupa en el mercado argentino de granos, que según el fallo, asciende al 9%.
“Estamos en presencia de una empresa de enormes dimensiones y con un rol preponderante en el mercado nacional e internacional de granos. Por lo tanto, su patrimonio debe ser administrado con el grado de experticia que asegure su adecuada gestión dado que, justamente de ello dependerá su continuidad operativa, la reinserción en el mercado de granos internacional y la exitosa negociación con los acreedores concursales y post concursales” arguyó Lorenzini en su fallo, haciendo suyos los argumentos de los directivos de Vicentín, como si fuera un ejecutivo de la compañía.
Sin embargo, nada de estas afirmaciones del salomónico juez que trató de partir a la criatura en dos mitades son ciertas. No solo hay centenares de artículos periodísticos que dan cuenta del estado de parálisis total que atraviesan las empresas del Grupo Vicentìn. Sino que en el mismo expediente hay elementos que demuestran cómo la otrora mega compañía exportadora y productora de aceites y otros derivados de cereales, hoy casi es un pool de galpones y silos vacíos, que no requieren de una docena directores “experticios” para poder operar, como lo sostuvo Lorenzini en su fallo para rechazar el decreto presidencial 522/2 y reponer los directivos de la empresa.
La cronología de los hechos que figuran en el expediente lo demuestran. El 4 de diciembre, 6 días antes que asumiera el presidente Fernández, la exportadora de granos anunció públicamente que se encontraba en una situación de “estrés financiero”, por lo cual no podía enfrentar sus obligaciones ingresando en cesación de pagos.
A partir de allí, todas las actividades en las planta del Grupo Vicentín, que tiene una capacidad de molienda de 30 mil toneladas diarias, se paralizaron totalmente por una cuestión obvia: ¿que productor o acopiador le daría sus granos una empresa que no paga?
El 24 de enero, en plena campaña, con los galpones vacíos, hecho que mostraban muchos medios, la cerealera hizo una primera y única oferta de pago. Les propuso a sus acreedores abonar sólo 20% de la deuda en efectivo y el saldo en 8 años. Y a cambio, aunque estaba totalmente parada, les pidió un compromiso a los productores, para que le siguieran entregando sus granos.
Como la oferta fue rechazada, y unos acreedores presentaron ante la justicia un pedido de su quiebra, el 10 de febrero del 2020, representada por el renombrado Estudio Alegría, la empresa se presentó ante el Juzgado de Primera Instancia Distrito N° 4 en lo Civil y Comercial de Reconquista Santa Fe y solicitó el concurso preventivo. En ese pedido los Vicentin además reconocieron una deuda total de 99.345 millones de pesos en manos de unos 2.600 acreedores.
Así el expediente cayó en manos del juez Fabián Silvano Lorenzini. Ex abogado del Banco Nación, acreedor principal de Vicentín, que comió arroz para poder estudiar abogacía según su bio, y que hacía menos de un año había asumido como juez de ese tribunal, tras ser nombrado por la legislatura de Santa Fe en manos del socialismo, sin rechazos y solo cuatro abstenciones.
Una semana después, el 17 de febrero, un grupo de productores, acopiadores y cooperativas presentaron un pedido revocatorio solicitando que se declare la incompetencia de su tribunal y el expediente se traslade a los Tribunales de Rosario.
“Resultaría arbitrario e irrazonable que un concurso de acreedores de una empresa de la envergadura de Vicentín S.A.I.C se traslade al fuero civil de Reconquista, cuando casi la totalidad de los acreedores, operaciones e intereses vinculados al giro comercial de la empresa concursada se encuentran en Rosario y su región”, argumentaron, en una nota ante la Corte Suprema de Santa Fe, mientras por wsp circulaban mensajes que vaticinaban “en Reconquista (Los Vicentìn) son amo y señor, ahí estamos fritos”.
Este planteo revocatorio fue rechazado por el juez Lorenzini, “in limine” -sin discusión- por “improcedente y manifiestamente infundado”. Con lo cual la causa quedó en Reconquista.
Luego de este primer fallo a favor de Vicentin el proceso de quiebra avanzaba hasta que se decretó la pandemia por CO VID 19. Con lo cual las plantas de Vicentín, ya en plena cosecha, seguían sin procesar ni exportar un solo grano. Y a la par el juez, aprovechando la pandemia, le dio largas al trámite de la convocatoria, dilatando sus distintas instancias hasta fines del año que viene.
Esta situación, agravada sustancialmente porque la Bolsa de Comercio de Rosario la suspendió como operador en la compra venta de granos, hizo que en plena cuarentena, a mediados de marzo, como consta en el expediente, el directorio de la empresa, se presentará ante la justicia solicitando autorización para trabajar a fazón, cediendo sus marcas a Olaginosa San Lorenzo SA de Rosario. Y alquilar a la firma Buyanor SA las instalaciones en la planta de Avellaneda, para elaborar alcohol en gel para el Covid.
Como había feria por la cuarentena, el pedido de los directivos de la cerealera fue aceptado velozmente por la jueza de feria Margarita Cismondi el 13 de abril. “Resuelvo (…) autorizar a Vicentin SAIC a celebrar contratos de cesión de uso de marcas Vicentin, Oleomix y Amarasol con oportuna rendición de cuentas. Autorizar a Vicentin SAIC a celebrar contratos de locación con Buyanor S.A sobre el inmueble descripto en autos.”
En conclusión, esta resolución de la jueza Cismondi que está incorporada en el expediente del concurso, pone en evidencia que el único argumento por el cual el juez Lorenzini decidió anular el decreto 522/20 del presidente Fernández y reincorporar a todo el directorio de Vicentin claramente no es cierto.
Dado que, como lo muestra el propio expediente, la cerealera está parada, laburando a fazón, cediendo sus principales marcas, y alquilando sus instalaciones. Con lo cual, el management para poder llevar adelante operativamente la empresa concursada, se puede colegir que es mínimo.
Los constancias oficiales de la total inactividad de Vicentín
Esta inactividad de Vicentin, que ERA una de las principales exportadoras de granos y sus derivados del país, se puede apreciar en los últimos despachos del mercado exterior de granos, lugumbre, aceites, etc. Donde Vicentín está lejos de figurar con el 9%, como da cuenta textualmente en su fallo el Juez Lorenzini.
Ese volumen corresponde a la campaña pasada 18/19, cuando la compañía no se había declarado aún en concurso. Actualmente, según un informe emitido en marzo por la Bolsa de Comercio de Rosario, elabora en base a las DJVE (Declaraciones Juradas Venta Exterior) presentadas ante el ministerio de Agricultura, Ganadería, y Pesca, en la campaña 19/20 las exportaciones apenas alcanzaron el 0,2% del total.
En cuanto al complejo de la soja, sus exportaciones fueron cero, habiendo figurado en el tercer puesto en el ranking de año anterior.
Lo mismo sucede con el maíz, con exportaciones cero, habiendo figurado 7ma en el ranking del año anterior.
En cuanto al complejo Trigo, nunca operó, Y solo figura con solo 0,05 en el Complejo Giarsol, con solo 0,05 millones de toneladas (50 mil toneladas) pasando así a figurar 7ma en el ranking, tras haber figurado en primer lugar el anterio, con una cifra 12 veces mayor (610 mil toneladas.
Otro dato que omitió abiertamente de consultar el juez que siempre pita a favor del poderoso grupo Vicentìn, que en el conglomerado urbano Avellaneda – Reconquista juega de local, por si o por medio de la sindicatura del concurso, fue el de los Registros de las DJVE, en el ministerio de Agricultura, Ganadería, y Pesca.
Que le habría informado que la última registración hecha por Vicentín SAIC, fue el 9 de diciembre del 2019, para un embarque de 3.000 toneladas de subproductos de soja de la cosecha 18/19, que debía cumplir el 7 de enero del 2020. Después del mismo, ninguna otra actividad “compleja” de exportación concretó Vicentín, no obstante las afirmaciones de sus directivos y del juez.-
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