Ley PPP Participación Público Privada, el solapado estatuto de Vaca Muerta con la Polución Para el Pueblo y otras Prebendas

Está por aprobarse en el Congreso un polémico proyecto de ley que otorga pautas para las contrataciones públicas en el país. Distintos sectores han denunciado que la normativa propuesta garantiza una plétora de beneficios para las empresas privadas y deja al Estado en un rol pasivo. Pero subrepticiamente también dotaría de una inusitada protección legal […]

Está por aprobarse en el Congreso un polémico proyecto de ley que otorga pautas para las contrataciones públicas en el país. Distintos sectores han denunciado que la normativa propuesta garantiza una plétora de beneficios para las empresas privadas y deja al Estado en un rol pasivo. Pero subrepticiamente también dotaría de una inusitada protección legal a los acuerdos para explotar la reserva hidrocarburífera de Vaca Muerta, trasladándole los riegos ambientales al Estado, garantizando una absoluta estabilidad económica e impositiva similar al de la gran minería, y consagrando la jurisdicción extranjera, a los efectos de poder violar impunemente el ordenamiento jurídico interno, incluido el ambiental.

Se trataría así de un nuevo engaño por parte del Gobierno y de los legisladores hacía el pueblo que representan, similar al que concretaron con la supuesta “reparación histórica” a los jubilados para beneficiar a los cortesanos del poder, y para ocultar el contrato con Chevron. Cuyas prebendas ahora se harían extensivas al resto de los contratos que se firmen al respecto, siendo este el motivo esencial del dictado de esa ley. En consonancia con la alianza energética establecida con EEUU a favor de las multinacionales petroleras, con eje en el petróleo no convencional de Eagle Ford – Vaca Muerta.

Por Lea Ross | @LeandroRoss y Javier LLorens

El presidente Juan Domingo Perón decía que en una empresa mixta o de participación público privada, el Estado ponía la vaca y el privado un pollo, para quedarse luego el Estado con el pollo, y el privado con la vaca. Que este caso sería con la Vaca Muerta, llevándose la carne de ella, y dejando para el Estado y el pueblo argentino, el cuero podrido, su osamenta, y las pestilencias.

Esto es lo que estaría por suceder con el proyecto de ley cuyo tratamiento está a punto de culminarse en el Congreso de la Nación, y cuya aprobación va a marcar duramente el sendero a recorrer por Argentina en las próximas décadas. Se trata del proyecto de Régimen de contratación público privada entre la administración pública nacional, centralizada y descentralizada, y sujetos privados, conocida también como sistema de participación público privada o simplemente PPP. A cuyo régimen se invita a adherirse a las provincias.

La iniciativa fue propuesta e impulsada intensamente por el presidente de la Nación, Mauricio Macri, acompañado por la firma del jefe de gabinete Marcos Peña. A los fines de establecer por ley un marco normativo amplísimo a los efectos de emprender proyectos de distintos rubros, donde participen entidades del estado bajo el rol de “el contratante”, con empresas privadas bajo el título de “el contratista”.

Según el proyecto oficialista, el Banco Mundial define a la participación público-privada o PPP como un “contrato a largo plazo entre una entidad privada y un Gobierno, para proporcionar un bien o servicio público, en el que la parte privada asume un riesgo significativo y una responsabilidad de gestión, y al mismo tiempo la remuneración está vinculada al desempeño”.

La construcción de carreteras, puertos, ferrocarriles, transporte público de pasajeros, hospitales, laboratorios, centros educativos, usinas energéticas, son algunos de los ejemplos que cita el proyecto a la hora de establecer los puntos básicos que debe tener estos PPP, donde los participantes son el Estado y una empresa privada.

La justificación que dan Macri y Peña para avanzar con la ley, apuntan a incentivar la inversión en el país para el crecimiento económico, la generación de empleo, y garantizar la transparencia en las obras públicas. Ante la inexistencia de una ley que regule esto, no obstante el decreto Nº 967 emitido por Néstor Kirchner en 2005.

El que evidentemente no era del agrado del Gobierno actual, al expresar en su título que el mismo estaba “destinado a facilitar la asociación entre el Sector Público y el Sector Privado para el desarrollo de proyectos de infraestructura y servicios, compartiendo los riesgos y mejorando la agilidad de las operaciones.”

El proyecto fue ingresado en la Cámara de Senadores a fines de junio de este año. La cual el 29 de septiembre le otorgó media sanción, y lo giró a la Cámara de Diputados. Finalmente el 2 de noviembre pasado, tras una inesperada vuelta a comisión, Diputados aprobó el proyecto con modificaciones. Pasó así de nuevo a Senadores, para que preste acuerdo o no, a los cambios introducidos en la Cámara Baja. Todo indica que la ley se aprobaría por mayoría de votos en las próximas semanas, aceptándose o no las modificaciones propuestas.

Distintos bloques y referentes políticos han denunciado que este proyecto, lejos de garantizar la transparencia, recurre a términos vagos y ambiguos, que puedan generar beneficios en favor de las entidades privadas. Entre otros, se teme que el Estado tenga que hacerse cargo de los pasivos financieros y ambientales que se puedan generar en el emprendimiento. Y que en caso de litigio entre ambas partes se tenga que recurrir a un tribunal internacional, que de tratarse de una multinacional de gran influencia global, podría fallar en contra del Estado. Como así tampoco se garantizaba el control de los acuerdos por parte del Poder Legislativo.

Sin embargo, más allá de estas graves inquietudes, detrás de ese artículos se esconden sutiles generalizaciones que irían en beneficio de las mega inversiones más importantes, escandalosas, y ambientalmente cuestionadas que viene recibiendo nuestro país, para la explotación de la reserva hidrocarburífera Vaca Muerta.

Que tiene como pioneros a YPF asociado con Chevron, pero en la que detentan áreas otras notables multinacionales, que esperan obtener las mismas prebendas que se acordaron secretamente a favor de Chevron. Razón por la cual este proyecto de ley procuraría por un lado “legalizar” las prebendas a favor de Chevron. Y por el otro lado hacerlas extensivas a los restantes interesados en explotar Vaca Muerta.

Como se recordará la justicia finalmente obligó a YPF a exhibir su pacto con Chevron. Y ante ello el Gobierno sacó de la galera una ley de supuesta información pública, fijando en las excepciones que no debían cumplir con la ley, el contrato con Chevron. Y simultáneamente para que ello no se hiciera evidente, hizo la pantomima de publicar solo uno de los 26 acuerdos pactados con Chevron al respecto. Y a la par lanzó otro proyecto de ley, el de la PPP, para establecer en forma subrepticia lo que podría denominarse el “Estatuto de Vaca Muerta”.

Ver PRO, K, PJ, FR, UCR, ARI y CC, todos unidos para encubrir el contrato con Chevron

Recordemos que las reservas que cuenta Vaca Muerta alcanzarían un total de 16.200 millones de barriles de petróleo, y 8,72 billones de metros cúbicos de gas natural (308 trillones de pies cúbicos). Por ende, se habla de un negocio formidable que al precio actual del petróleo de u$s 50 el barril, representarían en petróleo 81.000 millones de dólares. Y en gas natural, con la meta de su precio de u$s 7 el Millón de BTU o 25 ctvs de dólar el m3 fijada por el Gobierno, representan 2,26 billones de dólares (u$s 2.260.000.000.000). O sea cinco veces el actual PBI de Argentina. Y además debajo de la formación de Vaca Muerta, se encuentra la formación de Los Molles, que se estima que tiene aún más recursos que Vaca Muerta.

Pasivo ambiental a cargo del Estado

Uno de los puntos más cuestionables del proyecto del PPP es el Artículo 5, donde especifica la cuestión ambiental, en referencia a los posibles impactos que puedan ocurrir en el emprendimiento. En el proyecto original redactado por Macri y Peña, desaprensivamente los riesgos los cargaba enteramente “la contratante”, o sea el Estado, estableciendo que a su cargo estarían las medidas de prevención, mitigación o compensación.

En la Cámara Alta, los senadores realizaron una modificación al artículo, agregándole la palabra “sanción”, pero condicionándola ambiguamente a “la normativa vigente y aplicable a cada proyecto

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Los senadores agregaron así dos particularidades al artículo. Una es que dentro de las medidas que debe tomar el contratante o sea el Estado, a la hora de proteger y cuidar el medio ambiente, es la sanción contra la contratista privada, algo que sugestivamente tanto nuestro Presidente como el jefe de Gabinete olvidaron de incorporar en el proyecto.

Hasta ahí, todo bien. Salvo una pequeña trampa, que es el agregado de “conforme la normativa vigente y aplicable a cada proyecto”. Es decir que ella en definitiva dependerá de lo estipulado en la documentación contractual y en el contrato, firmado en las penumbras de una oficina, lejos de la mirada del legislador y del público.

El diputado Rubén Giustiniani, durante la conferencia de prensa en que expuso parte del contrato secreto entre YPF y Chevron, dijo al respecto: “… estamos hablando del fracking, estamos hablando de un método de extracción de gas y petróleo que esta observado en muchos lugares del mundo, problematizado y prohibido por contaminación ambiental. En el mismo Estados Unidos, hay estados que no lo permiten. Y hay un control riguroso por parte de su agencia estatal de qué tipo de productos se usan en este tipo de actividad”.

Al llegar a Diputados, los integrantes del Bloque Justicialista liderado por Diego Bossio (ex kirchneristas que defendieron el acuerdo YPF Chevron y luego votaron la ley para ocultarlo) señalaron que dicho artículo 5, tal como está presentado, “es inconstitucional, incorrecto y subvierte el actual régimen de responsabilidad ambiental establecido por el derecho ambiental”, en referencia las leyes 25.675 y a los articulados del Código Civil y Comercial.

El artículo 5° consagra la responsabilidad ambiental únicamente del ‘contratante’, o sea el sector público nacional, liberando de toda obligación al sector privado. Según la legislación vigente ambos sectores, el público y el privado, se encuentran obligados a la protección ambiental, tanto la prevención, la mitigación o la compensación o reparación”, señalaron Diego Bossio, Javier David, Pablo Kosiner, Guillermo Snopek y Sergio Ziliotto, según consta en el dictamen.

Propusieron que “el artículo debe ser eliminado totalmente, o como alternativa establecer que en la estructuración de proyectos de participación público privada se deberá dar cumplimiento a la totalidad de los requisitos de protección ambiental, conforme la normativa vigente y aplicable”.

No obstante gracias a los votos del Bloque Justicialista conducido por Bossio, y del Frente Renovador, conducido por Sergio Massa, al mencionado artículo se le hizo un agregado que ni fu ni fa, dejó la cuestión en aguas de borrajas.

Al agregar que “en la documentación contractual deberán especificarse las obligaciones a recaer sobre cada una de las partes del contrato”, quedando así la cuestión a discreción de la administración, o a un convenio entre las partes. La cual deberá “contener los mecanismos que aseguren el cumplimiento por parte de la contratista de todas la obligaciones que la legislación aplicable pudiere imponerle en esta materia”. Debiendo intervenir previamente el ministerio de Ambiente y Desarrollo Sustentable.

El verbo potencial empleado “pudiere ponerle”, sumado al hecho de que ello puede ser convenio de partes, hace que se agregado sea solo un adorno. Máxime si en consonancia se tiene en cuenta lo dispuesto en el art. 9 inciso b), que refuerza la interpretación de lo que en realidad vale, es lo dispuesto en el pliego y/o pactado entre las partes:

Art. 9°- Sin perjuicio de lo que se establezca en la reglamentación, en los pliegos y en la documentación contractual, los contratos de participación público privada deberán contener las siguientes previsiones: …. b) El equitativo y eficiente reparto de aportes y riesgos entre las partes del contrato, contemplando al efecto las mejores condiciones para prevenirlos, asumirlos o mitigarlos, de modo tal de minimizar el costo del proyecto y facilitar las condiciones de su financiamiento…”

Ante estos cambios cosméticos, el senador Miguel Angel Picetto, y los diputados Massa y Bossio, podrían ser denominados los emperifolladores de las leyes macristas, en vez del título de restaurador de las leyes que se le atribuía a Juan Manuel de Rozas. Dedicándose a su aliño, como niñas aplicadas que ponen kittys en el cuaderno para agradar a la maestra.

Los emperifolladores de las leyes MACRISTAS
Miguel Pichetto, Sergio Massa, y Diego Bossio, los emperifolladores de las leyes macristas

Y un sarcasmo adicional se podría hacer respecto el término follar, con las distintas acepciones que le dan al mismo los españoles. Siendo públicas las transacciones que estos legisladores mantienen con el Gobierno, para supuestamente dotarlo de gobernabilidad. No obstante que lleva adelante un plan de financierización de la economía, cuyas experiencias previas con Martínez de Hoz y Cavallo han deparado catastróficas consecuencias para el país, y va a contramano con lo que sucede en el mundo.

Otros incisos Vaca Muerta retocados por los emperifolladores de leyes macristas

El mencionado artículo 9 establece además otras previsiones que deben respetar los pliegos y documentos contractuales, a la hora de pactarse los acuerdos entre el Estado y las privadas. Y curiosamente, tanto los incisos redactados por el Poder Ejecutivo, como los cambios que hicieron los legisladores supuestamente opositores, se pueden hallar disposiciones que beneficiarán directamente a las inversiones en Vaca Muerta. Como si los representantes del pueblo estuvieran pensando en ella, sin animarse a decirlo claramente, para no alertar a sus representados.

Ya de arranque, el inciso a) establece que se deben pautar los plazos de vigencia del contrato y la posibilidad de su prórroga. Conforme lo que establece la misma ley de PPP en su artículo 4, inciso c). Que en el proyecto del Poder Ejecutivo disponía que en tal caso debian respetarse los derechos de los destinatarios de los servicios, y los involucrados en la PPP. Lo cual no parece tener mucho sentido en relación con la posibilidad de una prorroga:ppp4

Sin embargo, en Senado se modificó el inciso a) del Artículo 9, y en lugar de remitirse al inciso c) lo hace al inciso d) introducido por dicha cámara, fijando un plazo máximo con sus prórrogas en 35 años. Dejando no obstante subsistente el inciso c), quedando en consecuencia redactados así.

Y casualmente el contrato de concesión de YPF con Chevron para explotar la reserva de Vaca Muerta, tiene una duración máxima de 35 años. Y ese mismo plazo máximo con sus prorrogas, es el que prevé el decreto 929/2013 de “Soberanía Hidrocarburífera”, que reglamentó las inversiones para la explotación de hidrocarburos no convencionales en Vaca Muerta. Palabra que el Gobierno y los legisladores soslayan enteramente de mencionar en el texto de la ley PPP y en los fundamentos de ella, pero en la que taimadamente parecen estar pensando al escribirla.

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ppp7Una ansiada aspiración de las petroleras plasmada en el artículo 9

Pero el mencionado inciso b) del artículo 9, que consagra como ley de las partes las bases de la contratación y el contrato, esconde también otra perlita, que cumple con la exigencia efectuada por las multinacionales petroleras para efectuar masivas inversiones en Vaca Muerta. Que no es otra cosa que la absoluta estabilidad impositiva, de igual manera que gozan las inversiones en la gran minería.

La redacción completa de este crucial inciso b), redactado por el Poder Ejecutivo, que no fue alterado ni por los senadores ni diputados, incluye en su parte final claras disposiciones que aseguran ello. El cual por la jerga que emplea, al hablar del hecho del príncipe, caso fortuito, fuerza mayor, y alea económica extraordinaria del contrato”, evidencia estar redactado por abogados administrativistas de las empresas privadas, y no por juristas publicistas. Al ser ella la habitual cantinela que despliegan los contratistas privados, para demandar las renegociaciones de los contratos públicos.ppp8

Al mencionar escuetamente el “hecho del príncipe”, pese que en Argentina estos no existen, el texto de la ley está diciendo que en el caso de aumentarse los impuestos o tasas, estos no correrán para los contratistas privados de la PPP. O en todo caso deberán ser compensados en el precio del bien o servicio, o por parte del Estado. Y lo mismo ante el caso que algún Gobierno se le ocurra fijar precios máximos que no sean de su agrado. Y ya eliminando casi enteramente el riesgo empresario, que es el que justifica la ganancia capitalista, a ello se le agregan el “caso fortuito, la fuerza mayor, el alea económica extraordinaria”, etc.

Marche un “Thomas Griesa” para violar el ordenamiento jurídico interno

Otra cara aspiración de los petroleros para concretar sus inversiones en Vaca Muerta, es la de evitar la jurisdicción local, en el caso de controversias en relación con el contrato, con la intervención de árbitros extranjeros. Cosa que bajo el título “Soluciones de Controversias” el proyecto de ley de PPP en su retorcida versión original, se lo concedía amplia y generosamente.

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Como se puede ver en la imagen, taimadamente el proyecto original de Macri y Peña, acepta que en el contrato se preveea la “posibilidad de establecer mecanismos de arbitraje”. Y al referirse a “los laudos de tribunales con sede en la República Argentina”, acepta implícitamente que puedan existir laudos en el exterior.

Y respecto a los laudos en Argentina, solo acepta que se interpongan los recursos de aclaratoria y nulidad (Art 760 CPCC) excluyendo tajantemente lo previsto en la legislación local respecto la revisión de los laudos arbitrales (art 1656 CC). No obstante que este establece que “en el contrato de arbitraje no se puede renunciar a la impugnación judicial del laudo definitivo que fuera contrario al ordenamiento jurídico.”

Y esta es una disposición particularmente perversa, que tiene por objeto que por sobre toda cuestión, sean solamente válidas la documentación contractual y el contrato, por mas que ellos vulneren abiertamente el ordenamiento jurídico local, como podría ser el caso de las leyes ambientales. Y por eso la demanda de un arbitro extranjero, que solo tomara en cuenta esos elementos como ley de las partes, con prescindencia absoluta de las leyes locales. Razón por la que se podría decir que se consagra así una extraterritorialidad de los contratos PPP, pese que Vaca Muerta está en el corazón de la provincia de Neuquén.

Esta tortuosa forma de legislar mediante subterfugios e implicitaciones, previendo incluso la violación de otras leyes, hace recordar el estilo de Tomás Liendo, la eminencia gris que asesoraba a Domingo Cavallo en sus distintas faenas. A cuyo hijo el actual Gobierno designo como director del Banco Central. No obstante dicho texto fue corregido en el Senado por el emperifollador de las leyes Pichetto, y convalidado en diputados por los emperifolladores de las leyes Massa y Bossio.

Suprimiendo por un lado el tortuoso artículo 24, que cumplía esos fines, y agregando un párrafo al artículo 23, que pasó a tener el número 25. En el que se dispone que en caso de optarse por la prórroga de jurisdicción, o sea que el arbitraje se efectúe en un país extranjero, es el Poder Ejecutivo el que debe aprobarla, con comunicación al Congreso. ppp10Al respecto la diputada Alcira Argumedo expresó: “El artículo 25 permite que, en caso de controversias referidas a la ejecución, aplicación e interpretación del contrato, se podrá recurrir al arbitraje, dejando abierta la posibilidad de elección a manos de la propia empresa, en función de quien considere más favorable a sus intereses. Ello implica que la empresa de nacionalidad extranjera pueda recurrir al tribunal del CIADI, con los riesgos ciertos que ello implica, ya que es bien conocido cómo opera ese tribunal y las sentencias condenatorias contra el Estado nacional que son habituales, por las características conocidas del mismo.

Lo cual no obstante no es una novedad para Vaca Muerta, dado que en el contrato entre YPF y Chevron se prevé que el arbitraje será efectuado por un tribunal con sede de París. Es decir que cualquier controversia la resolverá algún “Thomas Griesa” con acento francés.

Otros polémicos incisos del artículo 9 a favor del esquema de Vaca Muerta

En el inciso g) se establece genéricamente que los aportes de la contratante, pueden ser de cualquier naturaleza, estableciendo un marco amplísimo para ello. Previendo que pueden consistir en “derechos de uso y/o explotación de bienes de dominio público y o privado u otros aportes”, que abarcarían las concesiones petroleras en Vaca Muerta.ppp11

Pero la cosa va más allá, dado que el socio bobo del Estado puede concurrir con regalos a favor del privado, consistentes en casi cualquier cosa. Como fondos obtenidos mediante endeudamiento, créditos presupuestarios, fiscales, contractuales o de cualquier otra naturaleza, cesión de derechos, constitución de derechos de superficie sobre bienes del dominio público y/o privado, otorgamiento de avales, beneficios tributarios, subsidios, franquicias, “y cualquier otro tipo de concesión u otros aportes susceptibles de ser realizados por el Estado nacional”.

Al respecto la diputada Argumedo cuestionó que “Tal disposición no es conveniente, debido a que el contratista es el que debe asumir el riesgo de la inversión si se considera que la misma puede ser beneficiosa. Existen suficientes antecedentes de avales de Estado entregados durante la dictadura, que nunca fueron pagados por sus beneficiarios, utilizando los fondos en beneficio exclusivo del patrimonio de los inversionistas; ocurriendo lo mismo con el endeudamiento y con el uso y explotación de bienes del Estado, ya que hay elementos suficientes para poner en evidencia que esas concesiones nunca beneficiaron al país”.

La única modificación que hizo Senadores con la intervención del emperifollador de las leyes Pichetto, convalidada luego en Diputados por los emperifolladores Massa y Bossio, fue agregar que el Estado podrá realizar también “aportes de dinero”. Y “cualquier otro tipo de concesión”, como para reafirmar que la ley también corría para Vaca Muerta.ppp13

Otros incisos del artículo 9 relacionados con el esquema de Vaca Muerta son el r) y el t). En el primero se expresa que en la documentación contractual se deben establecer los requisitos y condiciones para que la contratante autorice la transferencia del control accionario de la contratista, ante el caso que esta enfrente dificultades económicas o financieras. Lo subrayado en la imagen, en relación a los fideicomisos, fue lo agregado por parte del Senado al proyecto original del Poder Ejecutivo, y convalidado en Diputados, sin cambiar la esencia del mismo.ppp14Y en el inciso t) se establecían las condiciones para ceder el contrato a un tercero, en el caso de haberse ejecutado al menos un 20 % del mismo, pudiendo incluso en casos excepcionales cederlo antes de cumplir este requisito. Previa autorización del contratante y los financistas, y liberando al cedente del contrato de toda obligación asumida previamente. ppp16

Por su parte los emperifolladores de leyes del Senado, encabezados por Pichetto, solo pasaron el último párrafo, referido a la posibilidad de cesión antes de haberse cumplido el 20 %, a continuación del primero. Y al que era el segundo párrafo le agregaron que la aceptación de la cesión, también deberá ser por parte de fiadores, garantes y avalistas, con la intervención de la Unidad de Participación Público Privada.

A su vez los emperifolladores de leyes de Diputados, conducidos por Massa y Bossio, quitaron el último párrafo transformado en segundo por los senadores. Y en su reemplazo dispusieron que la autorización de la cesión debía fundarse con un dictamen previo respecto el cumplimiento del contrato, y las condiciones del nuevo contratista. Y un dictamen de la Procuración del Tesoro sobre los riesgos que asumiría el Estado, del que debe informarse a la comisión de seguimiento de contratos PPP creada al efecto. ppp17

O sea pura chachara, para adornar lo inadornable, con comisiones de seguimiento que no siguen nada, con solo recordar la Comisión de Seguimiento de las Privatizaciones de Menem y Cavallo, o la Comisión de Seguimiento de los Organismos de Inteligencia actual.

No obstante tantos remilgos ponen en evidencia que esas disposiciones están escritas para la maraña de sociedades offshore que aparecen en el contrato de YPF con Chevron. Que permiten diluir la responsabilidad de los actores principales, endosándoselas a sociedades adhoc. De vida tan efímera como la duración del contrato; y de patrimonios limitados, como para que no respondan ante ninguna eventualidad grave.

Vaca Muerta, un nuevo Potosí con su trágico legado

Si el proyecto del PPP llega a convertirse en ley, la reserva de Vaca Muerta tendrá su solapado estatuto, que además de legitimar los acuerdos secretos entre YPF y Chevron como pioneros, permitirá un ingreso masivo de otras compañías multinacionales dispuestas a explotarla a fondo. Para llevarse la parte del león, y dejar finalmente en Argentina su cribada osamenta y pestilencias, y algún transitorio empleo para quienes trabajen en ella.

Vaca Muerta será así nuevamente, otro cerro Rico de Potosí, ejemplo epónimo de expoliación, explotación humana, y contaminación ambiental en Latinoamérica a lo largo de los siglos. Por ello la ley PPP en realidad debería tener como acrónimo ley TIA, que no es el nombre de una conocida de tienda sino la abreviatura de Traición a los Intereses Argentinos.

El Tio del cerro Potosí
El Tio del cerro Potosí

Habiendo tenido al Congreso argentino, no como el Tio que vigila el cerro Rico, sino como un Tio entregador de esa fabulosa riqueza. Evaluada para el manto geológico de Vaca Muerta en más de dos billones de dólares, y mucho mas de esto para el manto de Los Molles, que se encuentra debajo. Se trata además de una ahistórica “apertura (de gambas) ante el mundo”, como declama el actual Gobierno, mientras este corre hacia un lado opuesto, como lo evidencia el triunfo electoral de Donald Trump, .

Ver El ministro Prat Gay borracho y a contramano en una autopista

No otra cosa se puede decir ante la taimada y engañosa sanción de una solapada ley, que bajo el pretexto de regular algunos módicos contratos de participación publico privada, está evidentemente escrita para entregar esa descomunal riqueza al extranjero. Asegurándole a estos una total indemnidad en la cuestión ambiental, absoluta estabilidad impositiva, y la solución de las controversias que seguramente traerá aparejada esa riesgosísima explotación, lo más alejada posible de nuestro país.

No obstante la notable experiencia existente en la región respecto Chevron, que como continuadora de Texaco, es responsable de la criminal contaminación que se concretó en la amazonia de Ecuador, conocida también como el “Chernóbyl Amazónico”. Por la que ha obtenido sentencias condenatorias de miles de millones de dólares en la justicia de Ecuador, que están siendo rediscutidas en Estados Unidos, sin haber tenido un cuarto de siglo después ninguna efectivización.

En consecuencia esta ley es un engaño mucho más grave que el concretado recientemente por el Congreso, con la supuesta “reparación histórica” a los jubilados. Que hasta el momento solo aceptó un 6 % de ellos, y solo les reporto una mejora promedio del 21 % en sus haberes. Pero con la cual se hizo pasar por el Congreso la autorización de venta de las acciones de la ANSES, a favor del “hermano del alma” del presidente Macri, “Niky” Caputo, dueño de Mirgor, y a favor de otros poderosos empresarios cortesanos del Gobierno. Y se dictó a la par una amnistía súper secreta a favor de estos mismos, que se hallaban imputados ante la justicia penal como consecuencia de las filtraciones de Hernán Arbizu y Herve Falciani, proveniente de los bancos JP Morgan y HSBC.

Ver El engaño de la reparación histórica a los jubilados (I) para ocultar dos gravísimos affaires

El engaño a los jubilados (II) para robar las acciones de la ANSES

El engaño a los jubilados (III) que esconde una amnistía ultra secreta para los súper ricos

El engaño a los jubilados (IV) con el sebo puesto a los gobernadores famélicos

Vaca Muerta y la política petrolera del JP Morgan Chase & Co

Sin embargo esta tortuosa y solapada legislación, no es un hecho aislado, sino responde a tortuosa y solapada política petrolera seguida en relación con Vaca Muerta, desde los orígenes del actual Gobierno. Al ser ella el centro de la alianza ensamblada con EEUU, que tiene como eje a la formación de Eagle Ford, que atraviesa el estado de Texas del Sur al este, e incluso penetra hacia México, y a Vaca Muerta en el centro de la provincia de Neuquén.

La intensa actividad desarrollada en Eagle Ford a partir del 2007, se puede ver en la imagen satelital adjunta, en la cual en el año 2012 aparece la iluminación de las torres instaladas sobre esa formación, que semejan una constelación de estrellas. Por ello el vicepresidente de EEUU Joe Biden dijo que con el actual Gobierno, Argentina y EEUU han pasado a ser “socios estratégicos en energía y seguridad” (CLARIN 8/9/16).

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Una parecida evolución se propone dar a Vaca Muerta, mediante una silente y hermética política llevada adelante por Gobierno desde el inicio de su mandato. Que se ve corporizada en el apoyo prestado por el megabanco JP Morgan para concretar el arreglo con los buitres en marzo pasado, en forma coincidente con el megatarifazo que dispuso el Gobierno para el gas natural.

Sin reparar el grave daño que esto significa para la competitividad de la economía argentina. Al equipararlo con el precio más caro de importación, correspondiente al GNL (Gas Natural Licuado) que demanda un costoso proceso logístico industrial, al ser traído congelado desde los confines del planeta. Lo cual, costeado por sus consumidores argentinos, permitirá poner en explotación ese mega yacimiento, para hacer de Vaca Muerta un hub de producción y distribución de gas natural con alcances a toda la región, especialmente Chile y Uruguay.

Ver El megatarifazo del gas natural es una consecuencia del arreglo con los buitres

JP Morgan es la colocadora mundial de los ADRs las principales productores de gas natural en Argentina después de YPF, Pan American, CNOOC, y TOTAL, que a su vez detentan áreas en Vaca Muerta. Y este es el enorme interés que tiene el JP Morgan en el asunto, con el toma y daca de ayuda por la cuestión con los buitres, a cambio del megatarifazo del gas natural.

Pero a continuación, por las trabas que encontró el mega tarifazo en la sociedad y en la justicia, el JP Morgan paralizó la lluvia de dólares que había prometido. La que recién se reanudó en octubre, tras la formalización de las nuevas tarifas de gas natural por parte del Gobierno, que fijan un senderó de precios, hasta llegar al nivel de 7 dólares el MBTU exigido por el JP Morgan y las multinacionales petroleras.

A partir de allí se reimpulsó también la ley de PPP, que establece solapadamente el estatuto para la explotación de Vaca Muerta. Y se sancionó la supuesta ley de información pública, para ocultar los contratos firmados entre YPF y Chevron con ese motivo.

A la par que, inusitadamente, el presidente Macri en persona, como la dio a conocer la prensa, interviene en las negociaciones entabladas por las compañias petroleras, con el sindicato de Petróleo y Gas Privado de Neuquén, cuyo secretario general es el actual senador Guillermo Pereyra. A los efectos de flexibilizar las condiciones del convenio laboral, acorde con las pretensiones de las multinacionales petroleras, para maximizar así sus ganancias.

Ante esta tortuosa e insincera política petrolera, desplegada engañando permanentemente a los ciudadanos, lo menos que haría un legislador con un mínimo de honestidad, es concretar un agregado que disponga que la ley de PPP, será inaplicable para la explotación de cualquier tipo de hidrocarburos, y menos aún para los no convencionales, con todos los riesgos ambientales que estos acarrean.

De no hacerlo, si en el futuro realmente existiera en Argentina una dirigencia política sería y honesta, ella debería no derogar, sino anular esta ley, por ilegítima e insincera, y obtenida mediante el fraude. Al haber sido tortuosamente sancionada mediante engaños y ocultamientos al ciudadano, escondiéndole su verdadera intención y sentido. Lo cual constituye una burla a la democracia y al mismo Congreso.

En cuyo tratamiento, un mínimo de decoro debería haber llevado al diputado Sergio Massa, líder de la bancada del Frente Renovador, a abstenerse de intervenir en su sanción, en vez de convertirse como lobista en uno de los principales artífices de ella. Al revelar en una solicitada publicada por él y su familia en el diario CLARIN (4/8/16, p. 29) la muy estrecha amistad que lo unía con el fallecido líder del Club del Petróleo, Carlos Bulgheroni, beneficiado directamente con esta ley.

¿Quiere Usted ser diputado?

Ante esa enorme defección de los legisladores, que parecen no ver, o no querer ver más allá de sus narices, resultan muy atinadas las palabras de Roberto Arlt en su obra con ese título, escrita en el año 1933.

Señores: Aspiro a ser diputado, porque aspiro a robar en grande y a “acomodarme” mejor. Mi finalidad no es salvar al país de la ruina en la que lo han hundido las anteriores administraciones de compinches sinvergüenzas; no, señores, no es ese mi elemental propósito, sino que, íntima y ardorosamente, deseo contribuir al trabajo de saqueo con que se vacían las arcas del Estado, aspiración noble que ustedes tienen que comprender es la más intensa y efectiva que guarda el corazón de todo hombre que se presenta a candidato a diputado.

Robar no es fácil, señores. Para robar se necesitan determinadas condiciones que creo no tienen mis rivales. Ante todo, se necesita ser un cínico perfecto, y yo lo soy, no lo duden, señores. En segundo término, se necesita ser un traidor, y yo también lo soy, señores. Saber venderse oportunamente, no desvergonzadamente, sino “evolutivamente”. Me permito el lujo de inventar el término que será un sustitutivo de traición, sobre todo necesario en estos tiempos en que vender el país al mejor postor es un trabajo arduo e ímprobo, porque tengo entendido, caballeros, que nuestra posición, es decir, la posición del país no encuentra postor ni por un plato de lentejas en el actual momento histórico y trascendental. Y créanme, señores, yo seré un ladrón, pero antes de vender el país por un plato de lentejas, créanlo…, prefiero ser honrado. Abarquen la magnitud de mi sacrificio y se darán cuenta de que soy un perfecto candidato a diputado.

Cierto es que quiero robar, pero ¿quién no quiere robar? Díganme ustedes quién es el desfachatado que en estos momentos de confusión no quiere robar. Si ese hombre honrado existe, yo me dejo crucificar. Mis camaradas también quieren robar, es cierto, pero no saben robar. Venderán al país por una bicoca, y eso es injusto. Yo venderé a mi patria, pero bien vendida. Ustedes saben que las arcas del Estado están enjutas, es decir, que no tienen un mal cobre para satisfacer la deuda externa; pues bien, yo remataré al país en cien mensualidades, de Ushuaia hasta el Chaco boliviano, y no sólo traficaré el Estado, sino que me acomodaré con comerciantes, con falsificadores de alimentos, con concesionarios; adquiriré armas inofensivas para el Estado, lo cual es un medio más eficaz de evitar la guerra que teniendo armas de ofensiva efectiva, le regatearé el pienso al caballo del comisario y el bodrio al habitante de la cárcel, y carteles, impuestos a las moscas y a los perros, ladrillos y adoquines…

¡Lo que no robaré yo, señores! ¿Qué es lo que no robaré?, díganme ustedes. Y si ustedes son capaces de enumerarme una sola materia en la cual yo no sea capaz de robar, renuncio “ipso facto” a mi candidatura…verán ustedes que yo soy el único entre todos esos hipócritas que quieren salvar al país, el absolutamente único que puede rematar la última pulgada de tierra argentina… Incluso, me propongo vender el Congreso e instalar un conventillo o casa de departamento en el Palacio de Justicia, porque si yo ando en libertad es que no hay justicia, señores…”-

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