El trasfondo de los ilegales decretazos de Macri (I)

Hacerle la corte a Magnetto, el control de la Justicia, la cuestión con las provincias, y los fondos buitres Según propia confesión, el ilegal decretazo respecto la Corte Suprema fue inspirado por el abogado personal de Mauricio Macri y del grupo CLARIN, de más que dudosos antecedentes, Fabián Rodríguez Simón. De esa manera el grupo […]

Hacerle la corte a Magnetto, el control de la Justicia, la cuestión con las provincias, y los fondos buitres

Según propia confesión, el ilegal decretazo respecto la Corte Suprema fue inspirado por el abogado personal de Mauricio Macri y del grupo CLARIN, de más que dudosos antecedentes, Fabián Rodríguez Simón. De esa manera el grupo CLARIN procuró introducir a su abogado Carlos Rosenkrantz en la Corte, además de los compromisos que puede haber asumido al respecto Horacio Rosatti con su anómala designación.

Asimismo, para cumplir con el pago del botín electoral al grupo CLARIN, que fue un factor clave para la llegada de Macri a la presidencia, y con vistas a garantizarse una coraza mediática durante su gobierno, paralelamente Macri dictó una embrollada maraña de sucesivos decretos, subordinando el AFSCA y AFTIC al ministro Aguad, interviniendo y descabezando luego esos entes, y disolviéndolos posteriormente mediante modificar las leyes que los crearon. Con los que introdujo un premeditado caos en la legislación existente en contra de CLARIN, para al menos hacerla inaplicable hasta que en las elecciones del 2017 se revierta la composición del Congreso.

Motivado por la razón de necesidad y urgencia que enfrenta ese poderoso grupo, en relación con la ley de Medios, al vencérsele en estos días las cautelares que había interpuesto para evitar su división, y ante la imposibilidad de introducirle cambios a esa legislación, por la composición actual del Congreso. Caos que en última instancia será zanjado en la Corte Suprema, pero que difícilmente volverá a la situación  previa que complicaba la existencia del grupo CLARIN. Pero esto es solo parte de un gran plan para empoderar al macrismo, con vistas a ganar las elecciones de medio término, y conseguir la reelección en el 2019.

Por Javier Llorens

Contenido: Pepín, Macri,  y el grupo CLARIN Carlos Rosenkrantz, el abogado del grupo CLARIN El derecho a botín de CLARIN y el triple ataque a la Ley de Medios La subordinación del AFSCA y AFTIC La intervención del AFSCA y AFTIC La disolución del AFSCA y AFTIC El pago al contado contra entrega de los servicios de CLARIN El contenido del decreto escrito para ¿o por? el grupo CLARIN

Pepín, Macri,  y el grupo CLARIN

Diversos diarios publicaron que el mentor del decretazo que designó a Carlos Rosenkrantz y Horacio Rosatti como ministros de la Corte Suprema, que sorprendió  incluso a la cúpula de Cambiemos, fue el abogado Fabián Rodríguez Simón, asesor personal de Macri, alias “Pepín”. Especialista en chicanas y picardías procesales basadas en burlar la ley, llegó incluso a afirmar que el decreto “podría haber sido más prolijo, pero no es antijurídico… Yo no creo en el espíritu de la norma, creo en la letra.

Pero lamentablemente en este caso, la letra de la ley no dice lo que trata de hacerle decir Pepín. Ni el inciso de la constitución que habla de “empleos”, y no de “magistrados”, que quedó claro con la reforma de la Constitución de 1860. Y que además se refiere a  “vacantes producidas durante el receso” del Congreso, y no en cualquier momento, y menos aún si ya existe un trámite para su cubrimiento. Ni tampoco el decreto ley del dictador Aramburu citado inusitadamente por Pepín y Macri, que ominosamente se refiere al receso de facto del Congreso por efecto de un golpe militar, y por ende a otra duración de la designación en comisión.

Y ni hablar de la actual jurisprudencia de la Corte Suprema, que dice que en manera alguna se puede evitar la previa convalidación del Senado, para ejercer como ministro de ella, aunque sea transitoriamente. No obstante como si hubiese descubierto la pólvora, Macri dijo que “era una facultad del presidente que no era muy conocida, pero existe y es constitucional”. Y por ello premió generosamente a Pepín, nombrándolo director de YPF, pese estar procesado penalmente como se detalla más adelante.

Ver La ostensible ilegalidad del decretazo con el que Macri avanzó sobre la Corte Suprema

Pepin fue además el mentor del mamarracho judicial protagonizado por el fiscal Jorge Di Lello y la jueza Maria Romilda Servini de Cubría, quienes evidenciando desconocer la aritmética elemental, impidieron a la presidenta saliente Fernández de Kirchner cumplir con los cuatro años de gobierno que marca la Constitución, restándole doce horas al mismo. Al ordenar en una medida cautelar pedida por Macri y Gabriela Michetti con el patrocinio de Pepín, que su mandato debía cesar a las 24 hs del día anterior al que asumió. Equivalente a decir que uno no cumple años el día en que nació, sino el día anterior. Consagrando así un paréntesis presidencial por algunas horas no previsto por la Constitución, a cargo de un presidente provisorio.

No obstante que tanto el viejo como el nuevo Código Civil, dicen que los plazos de meses o años se computan de fecha a fecha, o sea del 10 al 10 de diciembre. Y si no está determinada, la hora vence a las 24 hs de ese día, teniendo como límite la hora que toma juramento al nuevo presidente. Este notable antecedente producido antes de asumir, seguido por el despido del escribano general de Gobierno Natalio Echegaray, que opinó de esa manera al respecto y ocupaba ese cargo desde 1983, resultó en consecuencia indicativo de lo que inusitadamente vino después.

Pero además de sus furcios, provenientes de que según Juan Bautista Alberdi, “saber leyes no es saber de derecho”, Pepin carga con un curriculum propio de truhán de las leyes. Nada recomendable como para andar aconsejando a presidentes en asuntos de enorme delicadeza. Según informaron profusamente los diarios PERFIL y AMBITO, Pepín fue el mentor de la ex Unidad de Control de Espacios Públicos de la CABA (UCEP) acusada de realizar violentos operativos para “despejar” la calle de indigentes.

http://www.perfil.com/ediciones/2012/4/edicion_664/contenidos/noticia_0097.html

http://www.ambito.com/noticia.asp?id=796603

Y por ello, tras haber demorado largamente la causa ejerciendo su ingenio para las chicanas, Pepín y otros funcionarios de Macri cuando era Jefe de Gobierno de la CABA, quedaron procesados por los “lesiones leves”, “abuso de autoridad”, y “violación de los deberes de funcionario público”. Cargos que también recaían sobre Macri,   de los que fue sobreseído pocos días después de asumir como presidente.

También está procesado por “partícipe necesario del delito de administración fraudulenta” por la quiebra del banco Medefin, habiendo estado además involucrado en las quiebras del Banco de Crédito Provincial (BCP), Patricios, y Mayo. Pese esos antecedentes, durante la gestión de Macri en la CABA tuvo a su cargo la redacción de los pliegos de los contratos de basura (el más importante que tiene la Ciudad) y el de mobiliario urbano, entre otros.

Pero además Pepín fue socio fundador e integrante del Comité Ejecutivo del estudio Llerena & Asociados Abogados, que se autotitula el primero del país, y defendió al grupo CLARIN en el conflicto por la Ley de Medios. Y por ello Pepín fue uno de los artífices de la maraña de medidas cautelares que el grupo CLARÍN impulsó, para frenar a toda costa hasta el día de hoy la aplicación de esa ley.

Además, como muestra de la plena identificación y rima de Pepín con el grupo Clarín, editó un libro de su autoría con título “Clarín y la Ley de Medios”, defendiendo la inconstitucionalidad de esa ley. Al que un mes después tuvo que retirar de las librerías, por la declaración de constitucionalidad de dicha ley por parte de la Corte Suprema. Sin título

Carlos Rosenkrantz, el abogado del grupo CLARIN que oculta que lo fue

Pero lo más grave recién viene ahora, consistente en que uno de los candidatos propuestos por Macri, Carlos Rosenkrantz, es fundador e integrante del estudio Bouzat, Rosenkrantz & Asociados. Entre cuyos principales clientes figura Cablevisión del grupo Clarín, habiendo sido el artífice legal de la fusión de esa empresa con Multicanal.

Sin título2

Al respecto Macri declaro que ni conocía a los candidatos que propuso. Pero Michetti se abstuvo de decir que el estudio de Rosenkrantz tiene como cliente  a 5 a Séc SA, la cadena de tintorerías francesas cuya franquicia detenta su hermana Silvina. Que ha sido acusada por sus competidores de tener una protección especial por parte del gobierno de la CABA, tras el dictado de una ley que afectó a las empresas familiares de esa actividad, nutrida mayormente de la comunidad de origen japonés.

El hecho de que el estudio Bouzat, Rosenkrantz & Asociados haya eliminado a su lista de clientes de su portal, revela una inadmisible actitud de intransparencia y ocultamiento de vínculos. Que se ve reafirmada porque el ministerio de Justicia solo ha publicado los antecedentes académicos de ambos candidatos. Ocultando enteramente su actividad profesional como abogados, y en consecuencia los conflictos de intereses que les podría reportar. Lo cual viola lo dispuesto en el decreto 222/03, que exige a los candidatos a integrar la Corte adjuntar una minuciosa declaración al  respecto

“… en la que se incluirán la nómina de las asociaciones civiles y sociedades comerciales que integren o hayan integrado en los últimos OCHO (8) años, los estudios de abogados a los que pertenecieron o pertenecen, la nómina de clientes o contratistas de por lo menos los últimos OCHO (8) años, en el marco de lo permitido por las normas de ética profesional vigentes, y en general, cualquier tipo de compromiso que pueda afectar la imparcialidad de su criterio por actividades propias, actividades de su cónyuge, de sus ascendientes y de sus descendientes en primer grado, ello con la finalidad de permitir la evaluación objetiva de la existencia de incompatibilidades o conflictos de intereses.”

http://www.jus.gob.ar/media/3125394/C.V.%20Dr.%20ROSENKRANTZ.pdf

http://www.jus.gob.ar/media/3125371/C.V.%20Dr.%20ROSATTI.pdf

Pero lo que es aun más grave, y descalificaría éticamente a Rosenkrantz para el cargo que ha sido propuesto, es que los integrantes de dicho estudio, Carlos Fernando Rosenkrantz, Gabriel Bouzat, Virginia Irene del Aguila y Guillermo Diaz Reynolds, crearon una ONG trucha, ADC Asociación de Defensa del Consumidor. La cual para evitar gastos y costas judiciales, actuando como interpósita persona simulada, presentó cautelares a favor de Cablevisión, respecto los litigios que esta mantenía con el Estado Nacional.

http://tiempo.infonews.com/nota/113347/revelan-vinculo-entre-una-ong-y-clarin

Por su parte el diario CLARIN con motivo del escándalo desatado por esas designaciones, publicó recientemente una nota con la firma de Nicolás Pizzi y el sugestivo título “Dispuesto a corregir todo, menos los nombres” (21/12/15). En la que afirma “en el Gobierno dicen que el primer objetivo está cumplido, instalar los nombres”. Y si la economía ayuda “todo va a ser más fácil”.

Lo cual evidencia que el objetivo más que completar el quinteto de la Corte, era el de introducir esos hombres dentro de ella. Y como si CLARIN estuviese a cargo del coaching del macrismo al respecto, pocos días antes había publicado otra nota (“En la Casa Rosada llegó la hora de la política”, 19/12/15) donde decía que el retiro de los pliegos de 31 jueces y fiscales del Senado, eran la prenda de cambio para tratar de imponer a esos nombres.

A esta altura, este notable “abuso de autoridad” en que incurrió Macri, según lo calificó el ex integrante de la Corte Eugenio Zaffaroni, se evidencia como un coup de forcé. Un golpe de fuerza o de mano, para introducir esos candidatos y no otros, sin examen público previo alguno en el máximo tribunal del país. Con el objetivo de mínima, que duraran en el cargo a lo largo del conflictivo año que recién comienza, en el que se perfilan varios conflictivos asuntos, a cual más grave.

El derecho a botín de CLARIN y el triple ataque a la Ley de Medios

Una es la situación del grupo CLARIN, que como consecuencia de su feroz disputa con el gobierno saliente, enfrentaba un curso de desguazamiento por parte del AFSCA. Ante el cual interpuso medidas cautelares que se caen el 16 de enero en curso, al cumplirse dos años de ellas. Ante la decisión de la AFSCA de aplicar la ley de oficio, por haber incumplido CLARIN el plan de partición voluntario en seis empresas independientes, que había presentado previamente.

La subordinación del AFSCA y AFTIC a Aguad

Ese peligro que acechaba al grupo CLARIN, fue provisoriamente disipado por parte de Macri el mismo día en que asumió como presidente, con el dictado del DNU (Decreto de Necesidad y Urgencia 13/15) que reformó la ley de Ministerios. Lo cual indica que era una cuestión previamente masticada por lo que podría denominarse el macriclarinismo. Con el cual entre otros ministerios, se creó el de Comunicaciones a cargo de Oscar Aguad. Un ex director del diario La Voz del Interior perteneciente al grupo CLARIN, conocido en Córdoba como “el milico Aguad”.

Quién se distinguió en su paso por ese diario, por el total ocultamiento que hacia entonces ese medio respecto el tema de los derechos humanos violados durante la dictadura. Y de su paso por la política en Córdoba y Corrientes, lo único concreto que dejó fue su vinculación con el aparato represivo de la dictadura. Y con negociados por el que fue procesado penalmente, y sobreseído no por inocente, sino por prescripción de la acción.

Ver AGUAD Política & Negocios mediáticos ¿Por qué quiere controlar el AFSCA y AFTIC?

Pese esos antecedentes en conflicto, el decreto puso al AFSCA (Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual) y la AFTIC (Autoridad Federal de Tecnologías de la Información y Comunicaciones) bajo la férula de Aguad, sustrayéndola del área de la Presidencia de la Nación. Dotándolo incluso con la facultad de sustituir a esos organismos en cuanto las resoluciones que les caben.

El decreto le atribuye la función de; “Autoridad de Aplicación de las leyes que regulan el ejercicio de las actividades de su competencia… Supervisar los organismos y entes de control de los prestadores de los servicios en el área de su competencia… Entender en la elaboración de normas de regulación de las licencias, autorizaciones, permisos o registros de servicios del área de su competencia… Y “ejercer, en el ámbito de su competencia, facultades de contralor respecto de aquellos entes u organismos de control de los prestadores de servicios en el área de su competencia…”.

Por su parte los responsables de esos organismos, Martín Sabatella y Norberto Berner, que tenían estabilidad en sus mandatos por varios años más, se negaron a renunciar a sus cargos. No obstante que en la semana previa a hacerse cargo el PRO del gobierno, el candidato macrista a presidir el AFSCA, Miguel De Godoy, se había entrevistado con el polémico Sabattella, pidiéndole cortésmente su renuncia, con la excusa que era un funcionario militante. Aunque De Godoy no le va en zaga, ya que era el secretario de Medios de la CABA, e integrante de la mesa chica del PRO, habiendo desempeñado un papel clave en el triunfo electoral logrado por su partido.

Ante la negativa de Sabbatella, como si el flamante Poder Ejecutivo funcionara en sincronía con el Judicial, al día siguiente el polémico “juez de la servilleta” Claudio Bonadio, allanó el AFSCA e incautó el expediente del grupo CLARIN. Como para subir la presión personal sobre Sabbatella, y evitar cualquier decisión súbita respecto dicho grupo. Ante lo cual Sabbatella expresó “la sensación que tenemos es que estamos frente a un Estado mafioso. Hay una suerte de red que funciona con una parte de la Justicia, poderes económicos corporativos concentrados, y una parte del poder político.”

La intervención del AFSCA y AFTIC

La cuestión estuvo lejos de acabar allí, ya que doce días después, el 22 de diciembre en vísperas de la Navidad, con la evidente intención de amortiguar con el ruido de los festejos la resonancia de la medida, el presidente Macri se despachó con un nuevo decreto (236/15). Con el que intervino al AFSCA y la AFTIC, removiendo a todas sus autoridades, y nombrando como interventores por 180 días a Agustín Garzón y Mario Frigerio. Siendo el primero un ex legislador del PRO, y funcionario de la Secretaría General del gobierno de la CABA, cuando estaba a cargo del actual Jefe de Gabinete Peña. Y el segundo un tío del flamante ministro del Interior Rogelio Frigerio. O sea una mezcla de militancia y nepotismo, nada distinta a la que se le reprocha a Sabbatella y sus huestes.

El largo considerando de ese decreto, evidencia haber demandado tiempo para su elaboración, con la sospechosa participación de conocedores profundos del negocio, como si se tratara de una medida planificada previamente. Que hasta último momento evidencia haber tenido retoques, dado que pese estar fechado 22 de diciembre, el Boletín Oficial que lo publicó al día siguiente, inusualmente recién apareció al mediodía, a la espera de la llegada del mismo.

Como preanunciando medidas posteriores, curiosamente en él se hace primero una crítica de la Ley de Medios, reprochando sus deficiencias y desactualización, desde una visión económica empresaria a ultranza. Invocando el derecho del consumidor en relación al receptor de las noticias, y el derecho a la libre expresión por parte del medio que las emite. Pero sin mención alguna del derecho del ciudadano en un régimen democrático, a recibir información veraz y plural de diversas fuentes.

A lo que atenta el despótico monopolio informativo establecido por el grupo CLARIN, que signó buena parte el régimen democrático actual. Que por su creciente capacidad de seducción y coerción sobre los gobiernos, pasó a dominar el papel prensa, la agencia de noticias, los principales diarios con avisos clasificados, los principales canales de radio y televisión, y el fútbol y los deportes. Como un árbol de crecimiento desmesurado que por hacer sombra sobre la democracia, resulta indispensable podar profundamente. 

Recién en su segunda parte el decreto enumera las supuestas deficiencias de las autoridades del AFSCA  y AFTIC, con las que justifican su remoción. Ordenando además a los interventores que en el plazo dado a la intervención, elaboren una profusa cantidad de informes respecto el desempeño de esos organismos, con la asistencia de la SIGEN (Sindicatura General de la Nación)

Ante ello Sabbatela interpuso un amparo, pidiendo que se declare la nulidad de los decretos que resolvieron la intervención del organismo y el traspaso al Ministerio de Comunicaciones, solicitando una medida precautelar para que se lo repusiera de inmediato en sus funciones. Al que la jueza contenciosa administrativa Cecilia de Negré, el 30 de diciembre respondió no haciendo lugar, pero requiriendo al Poder Ejecutivo que en el plazo de tres días informe al respecto. Pateando así la cuestión para el mes de febrero, después de la feria judicial.

La disolución del AFSCA y AFTIC y modificación de sus leyes

Como aparente respuesta a esa rebeldía, ese mismo día el jefe de Gabinete Marcos Peña, flanqueado de Aguad y De Godoy, anunció en una conferencia de prensa en la Casa Rosada, que por decisión del presidente Macri se había modificado la ley de medios mediante un DNU (267/15) disolviendo al AFSCA y AFTIC, y  unificándolas en el Ente Nacional de Comunicaciones (ENACOM).

Con una visión absolutamente sesgada de la cuestión, acorde estrictamente con la postura del grupo CLARIN, Peña afirmó “hoy se termina la guerra del Estado contra el periodismo y comienza una política pública de comunicaciones del siglo XXI”. Peña además aseguró que “el periodismo debe ser siempre independiente y crítico del poder. Esa es su tarea y ese es el sentido que tiene dentro de la democracia”. Ignorando así palmariamente como se sucedieron los hechos, al comienzo de los cuales el kirchnerismo tuvo un largo idilio con el grupo CLARIN, a cambio de dádivas y favores que más adelante se detallan, que luego por una cuestión del control de una nueva fase del negocio del negocio, se transformó en odio mutuo.  

Y continuando con una visión exclusivamente economicista de la cuestión, Peña prometió enredadamente que “se van a sacar cepos a la industria para que se pueda modificar y mejorar la necesidad de inversiones para que pueda estar más claro el marco normativo y que haya un contexto de competencia que tiene que haber en el sector”. Fundamentando de esa manera la necesidad de hacer converger el AFSCA y el AFTIC en un solo organismo.

Sin advertir que el macrismo estaba incurriendo así en una treta simétrica a la del kirchnerismo en Santa Cruz, que desdoblaron el cargo de Procurador General, para hacer volar de ese puesto a su molesto titular, Eduardo Sosa. Quien pese a los fallos de la Corte Suprema de Justicia, hasta la fecha no ha sido repuesto al mismo. Y finalmente para sobornar al periodismo, para que diera un blondo tratamiento a esa abrupta noticia, prometió para un futuro “cambios en el sistema de pauta publicitaria”.

Ese DNU emitido el 29 de diciembre, en vísperas de las fiestas de Año Nuevo para amortiguar la resonancia del mismo, estaba precedido con un largo considerando, seguido de minuciosas e intrincadas disposiciones técnicas, llenas de implicitaciones. Lo cual pone en evidencia que no fue preparado en el lapso de siete días que medió respecto el de la intervención de la AFSCA y AFTIC.

Y que intervinieron en su elaboración, profesionales expertos en el negocio de los medios, de los que no se da cuenta alguna en el decreto. Ya que obviamente no contó con el asesoramiento del personal experto del AFSCA y AFTIC, quedando por ende el interrogante de quienes realmente lo confeccionaron. Recayendo la sospecha vehemente, a tenor de su directo contenido a favor del grupo CLARIN, que habrían sido los expertos de este quienes lo confeccionaron, o al menos asesoraron en su redacción.

En los considerandos se insiste en la necesidad imperiosa e inmediata de hacer converger el AFSCA y AFTIC en un solo organismo. Reprochando que a la Ley de Medios no se la hubiese hecho ninguna adecuación conforme la evolución de la tecnología registrada en el último lustro, según estaba prevista en ella. Y por ello la supuesta decisión de esa súbita adecuación, que no obstante va mucho más allá de ello, para transformarse en una ablación de todos y cada uno de los artículos que habían sido cuestionados por inconstitucionales por el grupo CLARIN, más el agregado de otras prebendas a su  favor.

Repite incluso el argumento “filosófico” de ese grupo, que sostiene que debe ser lo más poderoso posible, para supuestamente practicar un periodismo independiente de toda presión, y poder competir mundialmente en el descomunal negocio de los multimedios. Olvidando enteramente el peligro para la democracia y la pluralidad de ideas, de que existan medios que ejerzan una posición dominante en la delicada cuestión de la formación de la opinión pública. Y finalmente, mostrando la pata de la sota de los verdaderos motivos de ese DNU, se refiere tácitamente a la situación del grupo CLARIN al afirmar:

“… existen en la actualidad una gran cantidad de conflictos judiciales que han imposibilitado el reordenamiento del mercado de las comunicaciones que en su espíritu la ley pretendió efectuar. Sobre esto último, en efecto, si bien algunas de sus disposiciones fueron declaradas constitucionales por la Corte Suprema de Justicia, diversos actores afectados (por nombrar algunos: empresas de medios, periodistas y asociaciones de consumidores) han planteado judicialmente la inconstitucionalidad sobreviniente del cuerpo normativo al momento de su aplicación, por ser violatoria de derechos de propiedad, de libre expresión y de acceso a la información.”

Erigiéndose así en la práctica el gobierno de Macri, como una instancia superior a la de la Corte Suprema, con capacidad de “indultar” o “permutar” las decisiones de esta. Cuestiones para que solo lo autoriza la Constitución en relación a las penas por delitos, previo informe del tribunal correspondiente, y no para asuntos del big business como botín electoral. Y menos en relación a la delicada cuestión de los instrumentos con los que en una democracia se construye la opinión pública.

A la luz de los considerandos del decreto, se trata entonces no de una situación de necesidad y urgencia, sino de oportunidad y conveniencia, concretamente del grupo CLARIN, razón por la que no cabe en manera alguna un decreto de necesidad y urgencia. Y menos aun cuando ellos están habilitados por la Constitución, “solamente cuando circunstancias excepcionales hicieran imposible seguir los trámites ordinarios previstos por esta Constitución para la sanción de las leyes”. Lo cual resulta imposible de argüir, a la par de que el presidente mantiene cerrado al Congreso, sin convocarlo a sesiones extraordinarias.

Además la doctrina sostiene que debe tratarse “de una necesidad que coloque al gobernante ante la decisión extrema de emitir normas para superar una grave crisis o situación que afecte la subsistencia y continuidad del Estado o de grave riesgo social… la emisión del acto  ha de ser inevitable e imprescindible y su no dictado debe ser susceptible de generar consecuencias de muy difícil, sino imposible, reparación ulterior”. Siempre y cuando “el Congreso en ejercicio de sus atribuciones constitucionales propias no haya adoptado decisiones diferentes en los puntos de política involucrados.

Lo cual es justamente lo inverso en el caso actual, ante la evidente impotencia por  parte del gobierno del PRO de cambiar en el Congreso la actual Ley de Medios. Además la doctrina afirma que la solución ante el estado de necesidad, debe estar encaminada al incremento de una cuota de poder del estado necesitado, y una reducción de los derechos de los particulares. Y debe tener como fin legítimo esencial, el interés general, y no el interés individual.

Por contrario las declaraciones de Peña y De Godoy, manifestando que se “terminó la guerra entre el Estado y los medios”, representa una virtual rendición y desempoderamiento del Estado a favor de los medios, en contra de los sancionado por el Congreso y convalidado por la Corte Suprema. Siendo las extensas y alambicadas modificaciones introducidas a la ley, exclusivamente a favor de las grandes empresas de medios y comunicaciones, al punto de llevar el nombre y apellido del grupo CLARIN.

Razón por la que en realidad el supuesto estado de necesidad y urgencia, es el de este grupo, al que en el curso de este mes se le caen las cautelares que había interpuesto. Y por ende estaría obligado a su división de la forma en que el mismo lo propuso en el año 2013 para encuadrarse con la Ley de Medios. Por esta razón la dirigente de izquierda Mirian Bergman dijo que el DNU era “música para los oídos de CLARIN”.    

En tal sentido resulta elocuente que los únicos que salieron apoyar la media del Poder Ejecutivo, fueron las cámaras del sector representantes del interés sectorial, ATA (Asociación de Teleradiodifusoras Argentina) ARPA (Asociación de Radiodifusroas Privadas Argentinas) y ATC (Asociación Argentina de Televisión por Cable), siendo en todas ellas un miembro conspicuo el grupo CLARIN.

Con petulancia el ministro Aguad declaró al respecto: “nosotros no cambiamos la ley de medios porque creemos que es inconstitucional, sino porque es mala, porque nació vieja”. Sin advertir que hablaba a título de ministro del Poder Ejecutivo, al que por la Constitución le está expresamente prohibida la función legislativa. No existiendo autorización alguna en ella, para que el Ejecutivo cambie las leyes que considere “malas” o “viejas”.  

Por contrario la Defensoría del Público a través de su titular Cynthia Ottaviano, hizo una presentación ante el Relator Especial sobre Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) de la OEA, Edison Lanza, solicitándole una audiencia con carácter urgente, ante la sanción de los decretos emitidos por el Gobierno que afectan a la LSCA (Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual) y a su organismo de aplicación.

Señalando que se trata de “una situación que amenaza el respeto de los principios que desde el sistema interamericano se han defendido” y que vulneran “los estándares internacionales en materia de autonomía, independencia y pluralidad de este tipo de autoridades de medios audiovisuales… Leídas en conjunto, las medidas dictadas por el Gobierno Nacional desarticulan todo el andamiaje institucional que la LSCA había creado para garantizar la autonomía, independencia y pluralismo de la Autoridad de Aplicación y para dar adecuado cumplimiento a los estándares internacionales en la materia”, señala la presentación.

Previamente la Defensoría del Público había efectuado una presentación ante el presidente Macri, pidiéndole que dejara sin efecto las medidas adoptadas en el DNU que puso bajo la órbita del ministro Aguad al AFSCA, y del decreto que dispuso la intervención de esta y remoción de su directorio. Encareciéndole que “ajuste los actos de gobierno a la Constitución Nacional, los Tratados Internacionales a ella incorporados, las leyes vigentes y la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación”.

Por su parte en un reportaje hecho desde Washington, el mencionado Relator Especial para la Libertad de Expresión de la CIDH, el uruguayo Edison Lanza, advirtió las consecuencias que podría tener la alteración de la Ley de Medios,  para la diversidad y la libertad de expresión en el país. Y señaló que el organismo puede intervenir en caso de la presentación de una denuncia, luego que se agoten los recursos judiciales en Argentina.

Estamos siguiendo con preocupación el tema, hemos recibido decenas de cartas, de denuncias desde Argentina de organizaciones de la sociedad civil, distintos sectores sociales y académicos” expresó. Y crítico el mecanismo elegido por Macri para modificar el marco regulatorio sobre radiodifusión y medios, a través de decretos de necesidad y urgencia. El que conforme fallos de la CIDH, debe darse a través de una discusión parlamentaria mediante “leyes en el sentido material y formal”.

Para Lanza la decisión del Gobierno “afecta aspectos sustantivos en el funcionamiento de los medios de comunicación y afectará fuertemente el pluralismo”. Al configurar un nuevo marco “regresivo” en materia de comunicación, en donde la eliminación de límites regulatorios llevaría a la concentración de emisoras en pocas manos.

Uno observa en la decisión de fondo que estos decretos borran cualquier límite a la concentración, establecen que el cable no es ya un medio de comunicación sino un servicio de telecomunicaciones, por tanto se pueden adquirir todas las licencias y puede llegar a haber un solo dueño de todos los cables en Argentina. Se borran todas las restricciones a contenidos, no va a haber transparencia sobre quién es el propietario de medios… Cuando se borran controles y límites regulatorios en medios de comunicación se puede dar hiperconcentración”.

Ver nota complementaria El contenido del decreto escrito para ¿o por? el grupo CLARIN

El pago al contado contra entrega de los servicios de CLARIN y Magnetto

Si uno mira la historia, resulta ser una vieja costumbre de Magnetto y el grupo CLARIN, el cobrar por sus servicios de encumbramiento de candidatos al poder, en forma cada vez más expeditiva. No sea que olviden del pago de esas facturas, por las complicaciones de gobierno que deben enfrentar luego. Con Alfonsín tardo más de año en apropiarse fraudulentamente a través de interpósitas personas de Radio Mitre, contando con el guiño radical, pese estarle prohibido por la ley de radiodifusión.

Pero luego Menem lo primero que hizo, fue privatizar los canales estatales de televisión, haciéndose así CLARIN con Canal 13. Lo cual permitió a su vez gracias a la persuasión que ellos ejercen sobre el homo videns, que seguidamente se llevaran a cabo las ruinosas privatizaciones del Plan Brady. Con de la Rúa, aparte de permitirle la expansión del cable, el objetivo compartido era que sostuviera la convertibilidad, por el notable endeudamiento externo en que había incurrido el grupo CLARIN para copar la industria del cable, y conforme las necesidades de su socio, el banco Goldman Sachs.

Con Duhalde, el pago de contado para abonar la factura de encumbramiento de los Kirschner en 2003, fue la sanción de la ley de protección de las industrias culturales, una semana después de que Néstor ganara las elecciones. Con la que se impidió que acreedores extranjeros se adueñaran de CLARIN y LA NACION. En la elección del 2005, el pago anticipado por parte del kirchnerismo de los servicios de CLARIN para poder ganar esas cruciales elecciones de medio término, fue la prórroga anticipada de las licencias de radio y televisión, que también beneficiaron a otros medios afines entonces al gobierno.

En el 2007, el pago de contado inmediatamente después de las elecciones, fue la compra de las acciones del grupo CLARIN por parte de las AFJP. Cuya cotización cayó luego a una décima parte de su valor, pero de esta forma Goldman Sachs pudo abrirse del grupo llevándose limpiamente su parte. Completado seguidamente con la anómala aprobación de la fusión de  Cablevisión con Multicanal. A la que en solitario como fiscal de la Cámara de Apelaciones, se opuso la actual Procuradora General, Alejandra Gils Carbó, mientras que los K seguían en su dulce connubio con Magnetto. Por eso el grupo CLARIN desde entonces la tiene en la mira.

Por su parte Macri, como pago cash contra culata de camión por la mercadería del triunfo electoral, logrado mediante la feroz campaña anti K concretada a lo largo de dos años por CLARIN, dicto primero un DNU, modificando la ley de ministerios, y poniendo la AFSCA y AFTIC, bajo el zapato de Oscar Aguad. Seguidamente como si fuera parte de esa maniobra, con otro decretazo trató de meter por la ventana en la Corte Suprema, al abogado del grupo CLARIN, Rosenkrantz.

Quién pese su sapiencia estuvo lejos de auto cuestionarse  la anómala forma en la que fue nombrado, a la que solamente había apelado el presidente José Figueroa Alcorta un siglo atrás. Por lo que cabe preguntarse si carece de sapiencia para ejercer el puesto, o carece de escrúpulos como para olvidarse de su sapiencia, descalificándolo ambas casos para ejercer el cargo.

Tampoco la cuestionó el otro candidato, el ex procurador del Tesoro y ex ministro de Justicia kirchnerista, Rosatti, no obstante su reconocida idoneidad técnica. Como si desconociera el caso “Aparicio” con el que se expidió recientemente la Corte, que hace ineludible la previa convalidación del Senado, para desempeñarse incluso temporalmente como ministro de la Corte. Y pese a que en un Tratado de Derecho Constitucional de su autoría, había cuestionado al método de designación de jueces “en comisión”, al que no obstante ahora aceptó en su beneficio.

Afirmando en su tratado que el mismo proviene de la Constitución de 1853, del tiempo de las carretas, ignorando así aparentemente la letra y el espíritu de  la Reforma de 1860. Pero criticando que esa disposición tiene sus complicaciones relacionadas con la “seguridad jurídica”. Contra la que atenta por la “provisoriedad” de la función, al quedar abierta la duda si mientras dura el interinato, el Poder Ejecutivo puede nombrar a otra persona para el mismo cargo. Pasando así olímpicamente por alto el mecanismo de selección establecido expresamente en la Constitución de 1994, a través del Consejo de la Magistratura.

Al respecto, estas arbitrarias designaciones de candidatos a desempeñarse en la Corte Suprema por parte del Presidente de la Nación, vienen siempre acompañadas de pactos previos, respecto el tratamiento a dar en determinados casos de gran trascendencia, que interesan a su designador. Tal como sucedió con los candidatos propuestos por Kirchner, en reemplazo de los integrantes de la Corte menemista que se oponían a convalidar la pesificación. Comprometiéndose sus sustitutos según trascendió a través de diversas fuentes, a convalidarla, y convalidar también la derogación de las leyes de punto final y obediencia debida, y la imprescriptibilidad de los crímenes de lesa humanidad.

De tal manera la incorporación de Rosenkrantz, evidenciaría tener por objeto por parte de Macri y el grupo CLARIN, sustituir la pérdida de Carlos Fayt, quién junto con Juan Carlos Maqueda votaron a favor de CLARIN en la candente cuestión de la constitucionalidad de la Ley de Medios. Y si a ellos se suma Rosatti, CLARIN pasaría a detentar la mayoría en la Corte, ante la cual seguramente llegara por partes o en conjunto, el premeditado embrollo armado por Macri con sus decretazos en relación a la Ley de Medios. Que providencialmente procuran salvar al grupo CLARIN, de la más grave crisis existencial que soportó a lo largo de su escabrosa historia.

A esa embestida por copar la Corte, se sumó posteriormente Elisa Carrió, con la denuncia por enriquecimiento ilícito contra su presidente Ricardo Lorenzetti y su entorno. En base a una documentación que obtuvo de la AFIP (Agencia Federal Ingreso Públicos) que casualmente sería la misma que había empleado el kirchnerismo para presionar a Lorenzetti, para que votara a favor de la constitucionalidad de la Ley de Medios.

A la que ahora Carrió, apelando a la extorsión y el chantaje, parece querer emplearla para obligar a Lorenzetti a tomar juramento en febrero, a los candidatos de la Corte Suprema designados en comisión por Macri. Y/o a votar a favor de los decretazos de Macri que demolieron la ley de medios, y otros. Como si la corrupción o el chantaje no fueran los principales instrumentos de la mafia. Salvo que se los empleé para una “buena” acción, como sería la de preservar el imperio mediático de CLARIN y la gobernabilidad de Macri.

Seguidamente como curándose en salud, Carrió también acusó a Lorenzetti de extorsionador, no obstante que conforme informó recientemente PERFIL, el extorsionado había sido este. Al haberse hecho pintadas en el frente de su casa en Rafaela, con alusiones a su enriquecimiento, y luego haber recibido una foto de esa pintada aparentemente enviada desde el teléfono del Jefe de Gabinete Peña, atribuyéndose esto a un hackeo. Quedando no obstante atrapada en el medio Carrió, como la ostensiblemente encargada de hacer las faenas sucias, en la que no pueden ensuciarse las manos los caballeros del PRO, que incluso han superado las que se les atribuye al kirchnerismo. 

Al mismo tiempo como si entre chanta y chantaje no hubiera diferencia, Carrio salió a afirmar que el gobierno nacional no había mentido cuando anunció la simultánea detención de los famosos triple prófugos (Lanattas y Schillachi). Denunciando que el gobierno y la policía santafecina habían escondido por unos días a dos de ellos, para ridiculizar al gobierno nacional.

Por su parte el secretario de Seguridad Eugenio Burzaco anunció en conferencia de prensa que se estaba peritando un video que probaría ello. Bolazo que duró hasta que el automovilista que lo protagonizó salió a aclarar que era él, y no dos de los triples prófugos. Por su parte el ex gobernador de Santa Fe Antonio Bonfatti, dijo que Carrió era una desquiciada a la que denunciaría penalmente.

Desquicio que también había manifestado al presentar un proyecto para modificar un artículo de un decreto ley de la dictadura de Aramburu, que hoy no está vigente, para tratar de disimular la barrabasada legal en que incurrió Macri, al designar en comisión a dos ministros de la Corte.

Estas cuestiones vienen al caso porque se trata aparentemente de una política desquiciada, la que el macrismo pretende llevar adelante en relación a la Corte Suprema y determinados asuntos. Como los decretazos que dictó en relación a la Ley de Medios, la Procuración General, y el 15 % de coparticipación federal retenido a las provincias. Asuntos todos que más temprano que tarde seguramente llegarán a la Corte Suprema. Pero como se verá en la continuación de esta nota, se trata de una audaz aunque dudosa estrategia integral, para tratar de empoderar definitivamente al macrismo, con vistas incluso a la reelección de Macri en el 2019

Sigue en El trasfondo de los ilegales decretazos de Macri – El gran plan de Macri para asegurar su continuidad en el poder

Nota complementaria:

El contenido del decreto escrito para ¿o por? el grupo CLARIN

El DNU que modificó las leyes del AFSCA y AFTIC, dispone en el Título I la creación del ENACOM (Ente Nacional de Comunicaciones) subordinado al ministro de Comunicaciones, en reemplazo del AFSCA y AFTIC. Siendo su cabeza un directorio de siete miembros, cuatro nombrados por el Poder Ejecutivo, y tres por el Poder Legislativo. A titulo figurativo, ya que estos deberán ser propuestos  por el Congreso, y aprobados por  el Poder Ejecutivo.

Tanto para el quórum y para las decisiones se necesitará una mayoría simple,  por lo que en ambos casos la detentarán los representantes del Ejecutivo. Además los directores supuestamente durarán en sus mandatos cuatro años, pero no obstante todos ellos pueden ser removidos por el Poder Ejecutivo cuando a este se le ocurra, sin expresión de causa. Lo cual claramente le quita carácter de ente independiente, para ser un mero títere del Ejecutivo.

Los títulos II y III modifican las leyes que crearon el AFTIC y AFSCA respectivamente, y el IV enumera otras disposiciones finales y transitorias. En concreto, lo que hace el decreto ley en contra de las leyes que crearon esos organismos, es establecer una casi absoluta desregulación del mercado. Quitando, entre otras cosas que seguramente están escondidas en el dédalo de sus artículos, los topes de cantidad de licencias de distinto tipo que podía detentar un mismo medio, según el art 45 de la ley del AFSCA. Que había sido cuestionado por inconstitucional por parte de CLARIN.

Además extirpa a los cableoperadores de la ley del AFSCA, pasándolos a la de la AFTIC, dejando de correr así el tope que afectaba sustancialmente al grupo CLARIN en relación con Cablevisión, y lo obligaba a su desguace. Siendo este el “core business” de dicho grupo, de donde proviene la parte sustancial de sus ganancias.

Con vistas a comprar voluntades en el sector para que apoyen ese abrupto y sorpresivo cambio total de régimen, la ley establece la prorroga anticipada de las licencias, de la misma manera que hizo el kirchnerismo con vistas a ganar las elecciones de medio término del 2005. Las que además serán prorrogables automáticamente en forma indefinida, eliminando la exigencia de las audiencias públicas previas que debían convalidarlas. Lo cual muestra el espíritu absolutamente pro empresario que guía a ese DNU, con total desconsideración respecto las audiencias..

El gobierno además aclaró que los medios que propusieron adecuarse o se adecuaron a la Ley de Medios, podían retrotraerse  a la situación anterior, como si esa ley nunca hubiese existido. Permitiéndole así al grupo CLARIN retroceder elegantemente en la propuesta de adecuación voluntaria, que hizo tras el fallo de la Corte Suprema que declaró constitucional a la Ley de Medios. También quitó la prohibición de trasmisión en cadena, que afectaba a Cadena 3, y levantó la prohibición de las transferencias de licencias, que afectaba al grupo Prisa. Quien parece haber retribuido inmediatamente ese favor gubernamental, despidiendo  de radio Continental a los periodista K Víctor Hugo Morales y Cinthia García.

Eliminó también el tope del 35 % del mercado que regía para Direct TV y el grupo CLARIN. Y dejando directamente la marca en el orillo de este grupo, evidenciando así el verdadero motivo del DNU, dispuso que las telefónicas recién dentro de dos o tres años podrán brindar servicios de televisión, a la par que con ese mismo decreto quedó legalizada la compra de la telefónica Nextel por parte de CLARIN, dándole así tiempo a CLARIN a desarrollar sus redes telefónicas.

En sustitución del “core business” del grupo que actualmente es Cablevisión, y no está en condiciones de soportar la competencia de las telefónicas, habiendo sido esta la esencia de la pelea entre Magnetto y el gobierno K. Macriavélicamente de esta manera se concreto la conocida  treta hacer pasar desapercibido un elefante blanco en la Plaza de Mayo –el grupo CLARIN- mediante rodearlo de una manada de elefantes de otro pelo y menor porte y distinción.

EL DNU dispone también la creación de una comisión en el seno del ministerio de Comunicaciones, que sin plazo por delante debe elaborar una nueva ley en sustitución de las leyes del AFSCA y AFTIC. Y en sustitución de los consejos federales que preveían esas leyes, con representación de todas las provincias y organismos afines a la materia,  crea un Consejo Federal de Comunicaciones. Previendo que en 60 días el Poder Ejecutivo a propuesta del ministerio de Comunicaciones “determinará las funciones y composición del nuevo Consejo Federal de Comunicaciones”. Auto delegándose así en sí mismo determinar lo que antes estaba determinado por la ley, previendo que ínterin  las funciones de ese consejo la efectuara el ministro de Comunicaciones.

A ese decreto le siguió otro (nº 268/15) estableciendo el organigrama del ministerio de Comunicaciones para atender esos y otros asuntos. Dado que también a ese ministerio se traspasó el Correo Nacional y AR-SAT (Empresa Argentina de Soluciones Satelitales), designando Macri al frente de ella a Rodrigo De Loredo, el yerno de Aguad. El decreto en cuestión es un decreto simple, pese que la Constitución dice que el Jefe de Gabinete debe elaborar la Ley de Ministerios, para enviarla para su aprobación por el Congreso.

Y seguidamente con otro decreto (5/16) Macri designó a Miguel de Godoy presidente del ENACOM, y como directores a Agustín Garzón, Alejandro Pereyra, y Heber Damián Martínez.  Los dos primeros pertenecientes a la prosapia del PRO, según ya se señaló, y los dos segundos vinculados íntimamente con la industria de la comunicación.

Pereyra es un abogado especialista en comunicación, que había sido propuesto en 2012 por Margarita Stolbizer para integrar el directorio de la AFSCA en representación de la oposición. Pero fue impugnado por un grupo de instituciones y ONG, por haber falseado datos de su currículum, e incurrir en incompatibilidad de intereses, ya que se desempeñaba como abogado de medios audiovisuales. Y por el comportamiento que tuvo en el COMFER (antecesor del AFSCA) durante las crisis del 2001. Por su parte Martínez ocupó las gerencias de Relaciones Institucionales y Asuntos Corporativos de Telefé, y fue vicepresidente de ATA (Asociación de Telerradiodifusoras Argentinas.

Lo cual contradice lo dispuesto en el decreto que modificó las leyes de la AFSCA y AFTIC, prohibiendo a sus miembros “tener intereses o vínculos con los asuntos bajo su órbita”  en las condiciones de la Ley de Etica Pública de 1999 (N° 25.188). Soslayando el hecho de que esta fue arbitrariamente modificada por Domingo Cavallo y Fernando De la Rua en el 2001, por un seudo DNU (decreto delegado para mejorar la competitividad). Con el que se eliminó la exigencia del periodo de carencia de vínculos con intereses privados, durante un año previo a asumir el cargo público. Sin el cual una parte sustancial del gabinete de Macri y sus elencos estaría obligado a renunciar.-

 

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